Fundamentos del Derecho: Normas, Jerarquía y Proceso Legislativo

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Es un conjunto de normas jurídicas que regula las conductas de los individuos en la sociedad. Para que estas tengan fuerza, deben ser dictadas por los órganos competentes del Estado.

La finalidad del derecho es lograr la coexistencia pacífica y la seguridad jurídica.

Derecho Natural vs. Derecho Positivo

Derecho Natural: Es el conjunto de principios y normas superiores que se relacionan con los valores. Existe por encima del derecho positivo, y el legislador debe tenerlo presente cuando crea el derecho positivo.

Derecho Positivo: Derecho realizado por los seres humanos siguiendo los procedimientos preestablecidos.

Derecho Vigente y Validez

Derecho Vigente: Son aquellas normas que no han sido derogadas y, por lo tanto, son obligatorias y deben ser acatadas y respetadas por todos.

Derecho Válido: La validez es una cualidad del derecho independientemente de su vigencia. Es la condición que depende de la forma en que fue creado.

Derecho Público vs. Derecho Privado

Derecho Público: Es derecho público cuando interviene la sociedad y el Estado. Hay derecho público cuando el vínculo jurídico se establece entre personas que están en relación de subordinación. El interés protegido es el general.

Derecho Privado: Es derecho privado cuando se desarrolla entre particulares. Es privado también cuando el vínculo relaciona personas jurídicamente iguales. Se trata de guardar los derechos de los particulares.

Orden Jurídico

Conjunto de normas que rigen en un estado en un momento histórico determinado. Dichas normas se ordenan jerárquicamente formando un sistema coherente regido por el principio de NO contradicción.

Estructura Jerárquica de las Normas Jurídicas

  1. Constitución: Es el conjunto de normas que regula la organización jurídico-política del Estado. Su estructura se divide en secciones, capítulos y artículos que pueden estar, a su vez, divididos en párrafos, numerales y literales. Se divide en dos partes: la orgánica y la dogmática.
    • La orgánica es la organización jurídico-política, los poderes del Estado, los órganos y organismos, temas referidos a la ciudadanía.
    • La dogmática son los derechos, deberes y garantías.
    Las características de la constitución son que es escrita, codificada, extensa y rígida.
  2. Actos legislativos (ley, decretos de ley, códigos)
  3. Decretos de las juntas departamentales
  4. Actos parlamentarios (reglamentos, dec. p)
  5. Actos individualizados (sentencias, contratos, actos administrativos)

Principios de Jerarquía Normativa

  1. Jerarquía: Cuando se contradicen dos normas de diferente jerarquía, prevalecerá la de mayor jerarquía.
  2. Cuando se contradicen dos normas de igual jerarquía, dictadas por el mismo órgano, prevalecerá la última dictada en el tiempo. Derogar consiste en dejar sin efecto una norma jurídica.
    • La derogación tácita se produce cuando el texto de la nueva norma contradice el texto de una anterior.
    • La derogación es total cuando la nueva norma deja sin efecto en su totalidad a la anterior.
    • La derogación es parcial cuando la nueva norma deroga una parte de la norma anterior.
  3. Cuando hay contradicción entre dos normas de igual jerarquía dictadas por diferentes órganos, va a prevalecer la norma dictada por el órgano competente.

La Ley: Proceso y Formación

Ley: Es el acto legislativo que se encuentra en el segundo nivel de jerarquía que emana del Poder Legislativo y que es promulgado por el Poder Ejecutivo, de acuerdo al procedimiento establecido en la Constitución.

Etapas de Formación de la Ley

  1. Iniciativa: La iniciativa es la introducción de un proyecto de ley al parlamento o PE para su discusión y eventual aprobación.
  2. Discusión: Se discute entre las cámaras. Se ve en general la oportunidad, viabilidad o conveniencia del proyecto y en particular se discute artículo por artículo, capítulo por capítulo.
  3. Si están conformes con el proyecto, la primera cámara pasa el proyecto a la otra cámara. La segunda cámara tiene como opción:
    1. Aprobar: si aprueba se va a la tercer etapa que es la sanción.
    2. Introducir modificaciones: devuelven el proyecto a la primera cámara. Si se aprueban las modificaciones, pasan a la tercera etapa. Si se quiere realizar modificaciones: se reúne la asamblea general y pueden aprobar el proyecto original; aprobar el proyecto con modificaciones; aprobar un nuevo proyecto; rechazar el proyecto y se archiva.

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