Fundamentos del Derecho Mercantil: Actos, Sujetos y Obligaciones

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Fundamentos del Derecho Mercantil

El derecho mercantil se define como el conjunto de normas jurídicas que regulan los actos de comercio.

Sujetos Mercantiles

Vendedor: Es aquella persona física o moral que oferta un bien.

Comprador: Es aquel que necesita la obtención de un bien o servicio.

Actos Mercantiles

Lícitos: Son todos aquellos que están establecidos por la ley.

Ilícitos: Son los que no están establecidos por la ley.

Fuentes del Derecho Mercantil

Fuentes Históricas

Son todos aquellos antecedentes del acervo diario que sirven como antecedente y han sido aceptados para mejorar el proceso jurídico.

Fuentes Materiales

Es el conjunto de cosas que forman parte de la vida diaria.

Fuentes Formales

Es el conjunto de procedimientos para la creación de una norma.

Ley

Conjunto de normas jurídicas establecidas por el gobierno para regular el comercio.

Características de los Actos de Comercio

  • Voluntad libre y sin vicios del consentimiento (libre de dolo, violencia o temor fundado).
  • Lícito.
  • Crean obligaciones: cuando una persona da y otra recibe.
  • Modificación del acto del comercio.
  • Sección legal de un acreedor y un deudor.
  • Extinción de derechos y obligaciones.

Unidad Económica

Factor humano: Manipula y es conocedor de un servicio de una empresa.

Factor de producción: Son los establecimientos de la actividad económica en cuanto al trabajo del hombre.

Sectores Económicos

  • Primario: Materia prima.
  • Secundario: Transformación.
  • Terciario: Distribución.

Comerciante

Es aquella persona física o moral encargada de realizar transacciones mercantiles.

Tipos de Comerciantes

  • Individual: Es aquella persona que administra su propio capital y tiene capacidad de ejercicio.
  • Colectivo: Es un conjunto de individuos.

Sociedades Mercantiles

Son aquellos conjuntos de personas físicas o morales con un objetivo similar o común.

Tipos de Sociedades

Nombre colectivo, comandita simple, responsabilidad colectiva, anónima, cooperativa, por acciones.

Actos de Comercio (Ejemplos)

Todas las adquisiciones, compras-ventas y especulaciones, contratos relativos o títulos de crédito, las empresas de comisiones, los cheques y letras de cambio.

Prohibiciones para Ejercer el Comercio

  • Corredor: Está investido de fe pública.
  • Quebrados: No tienen capital.
  • Peculados: Cuando te quedas con los ingresos de alguien y se los pagas con servicios.

Obligaciones Mercantiles

Se define como aquel conjunto de actos en la que los individuos están obligados a cumplir ciertos requisitos.

Sujetos

Son aquellas personas físicas o morales que se obligan en materia mercantil.

Relación Jurídica

Es el acuerdo, es decir, contratos por una cosa.

Tipos de Obligaciones

  • Convencional: Consiste en la existencia o acontecimiento a futuro.
  • Plazo: Se realiza durante determinados periodos.
  • Conjuntiva: Un individuo se obliga durante ciertas cosas.
  • Alternativa: Se realiza en uno o más sucesos.
  • Mancomunada: Pluralidad de deudores y acreedores que deben cumplir.
  • Solidarias: Cumplimiento que contraen las partes desproporcionadamente.

Tipos de Prestaciones

  • Dar: Prestar una cosa.
  • Hacer: Ejecutar un acto para beneficiar al acreedor.
  • No hacer: Abstención que realiza el deudor para el cumplimiento.

Otros Conceptos

  • Cesión de derecho: Cuando se cede la obligación a otro.
  • Cesión de deuda: Cuando se sustituye un deudor por otro.
  • Subrogación: Se paga por el deudor.

Extinción de Obligaciones

  • Pago.
  • Razón de pago: Proceso que se realiza al momento de cumplir la obligación.

Clasificación de Sociedades

Mixtas, de capital y personal con el mismo objetivo.

Domicilio

  • Real: Matriz.
  • Fiscal: En el fisco.
  • Legal: Domicilio.
  • Convencional: Donde la empresa cumple sus obligaciones.

Tipos de Sociedades

  • Inexistentes: No ostentan ningún tipo de atributo de personalidad.
  • Irregular: No existen dentro del comercio pero no cumplen con lo legal.

Novación

Es cuando se efectúa un pago.

Tipos de Incumplimiento

  • Doloso: Cuando el deudor tiene la intención de causar un daño.
  • Culposo: Incumplimiento de la obligación.
  • Grave.
  • Leve: Cuando no depende de él.
  • Fuerza mayor: Cuestión accidental.

Mora

Es aquel acto que por medio del deudor es responsable de los daños y perjuicios por no cumplir.

Elementos de la Mora

  • La obligación debe ser exigible.
  • La mora debe ser natural, civil o existir en el mundo jurídico.

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