Fundamentos del Derecho Laboral: Tipos de Relaciones, Principios de Aplicación y Obligaciones Legales

Enviado por Chuletator online y clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en español con un tamaño de 4,65 KB

Clasificación de las Relaciones Laborales

A) Relaciones Laborales Ordinarias

Reguladas por el Estatuto de los Trabajadores (ET).

  • Personal: Es el trabajador quien solo puede realizar el trabajo; nadie puede hacerlo en su lugar.
  • Voluntaria: No puede ser obligado a realizar una actividad laboral (si acepta el trabajo, tendrá la obligación de trabajar).
  • Por Cuenta Ajena.
  • Retribuida: El trabajador recibe un salario por su trabajo.
  • Dependiente: El trabajador debe cumplir las normas del empresario (siempre que sean lícitas y no abusivas).

B) Relaciones Laborales Especiales

Cumplen las características de las relaciones ordinarias, pero tienen normas específicas debido a sus particularidades.

  • Personal de Alta Dirección.
  • Empleados de Hogar.
  • Deportistas Profesionales y Artistas de Espectáculos Públicos (toreros, cantantes, etc.).
  • Agentes Comerciales (comisionistas).
  • Personas con Discapacidad.
  • Médicos Internos Residentes (MIR).
  • Abogados (en despachos profesionales).

C) Relaciones No Laborales

No se regulan por el ET, bien porque no cumplen alguna característica de las relaciones laborales ordinarias o bien por decisión política.

  • Funcionarios Públicos: Regulados por el Derecho Administrativo.
  • Trabajos Obligatorios: (Mesa electoral, servicio militar, etc.). NO es voluntario.
  • Trabajos por Amistad, Buena Vecindad o Relaciones Familiares: (Hasta 2º grado de consanguinidad). NO hay retribución ni dependencia y tienen naturaleza gratuita.
  • Trabajos por Cuenta Propia (Autónomos): NO hay cuenta ajena. Son particulares que trabajan para sí mismos.
    • El propietario dirige la gestión de la empresa y la controla.
    • Responde personalmente de todas las obligaciones de la empresa.

4. Principios de Aplicación del Derecho Laboral

1. Principio de Norma Mínima

Existen unos contenidos mínimos que deben ser respetados por las normas de rango inferior. La norma inferior puede mejorar, pero nunca empeorar las condiciones establecidas. (Ejemplo: Convenio Colectivo frente a Contrato de Trabajo).

2. Principio de Norma Más Favorable

Si existen para un determinado caso dos o más normas aplicables, se pondrá en práctica la que sea más favorable para el trabajador.

3. Principio In Dubio Pro Operario

Si una norma laboral da lugar a diversas interpretaciones, se aplicará aquella que sea más favorable para el trabajador.

4. Principio de Condición Más Beneficiosa

Protege los derechos adquiridos por el trabajador (por ejemplo, la antigüedad en la empresa). Si cambian las condiciones generales, este derecho adquirido no le afecta.

5. Principio de Irrenunciabilidad de Derechos

Ningún trabajador puede ser obligado a renunciar a los derechos que la Ley establezca como irrenunciables (Ej. Salario mínimo, vacaciones, etc.).

7. Derechos y Deberes en la Relación Laboral

Derechos y Deberes del Trabajador

Derechos Básicos del Trabajador

  • Al trabajo y libre elección de profesión u oficio.
  • A la libertad sindical.
  • A la huelga.
  • De reunión (manifestarse).
  • De información, consulta y participación en la empresa.

Deberes del Trabajador

  • Actuar con diligencia y de buena fe.
  • Seguir medidas de seguridad e higiene.
  • Contribuir a la mejora de la productividad.
  • Cumplir órdenes del empresario (legales y no abusivas).
  • No competir con el empresario.

Derechos y Deberes del Empresario

Derechos del Empresario

  • Poder de dirección: Emitir órdenes sobre la ejecución, calidad y cantidad de trabajo.
  • Poder disciplinario: Controlar las obligaciones del trabajador. Si hay incumplimiento, puede sancionarlo.

Deberes del Empresario

  • Garantizar la igualdad de trato a los trabajadores.
  • Respetar la categoría profesional del trabajador.
  • Informarle de los elementos de su contrato.
  • Respetar la intimidad y dignidad.
  • Garantizar adecuada seguridad e higiene.
  • Pagar el salario.
  • Estar dado de alta y pagar la cuota de la Seguridad Social.

Entradas relacionadas: