Fundamentos del Derecho Laboral: Principios, Fuentes y Tipos de Excedencias
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Principios Fundamentales del Derecho Laboral
Estos principios rigen la aplicación e interpretación de la normativa laboral, garantizando la protección del trabajador:
- Principio de Jerarquía Normativa: Las normas de rango inferior no pueden contradecir las de rango superior.
- Principio de Norma Mínima: Las normas de rango superior determinan el contenido mínimo de la norma que la sigue (la norma inferior puede mejorar, pero no empeorar, lo establecido).
- Principio de Norma Más Favorable: Cuando existan dos o más normas aplicables, se aplicará la más favorable para el trabajador.
- Principio de Irrenunciabilidad de Derechos: Los trabajadores no podrán renunciar a los derechos que tengan reconocidos en las normas legales o convenios colectivos.
- Principio de Condición Más Beneficiosa: Las condiciones más beneficiosas pactadas entre empresario y trabajador se mantendrán frente a los cambios normativos posteriores.
- Principio In Dubio Pro Operario: En caso de duda en la interpretación de una norma, esta se interpretará de la forma más beneficiosa para el trabajador.
Organización Jurisdiccional del Orden Social
Distribución de competencias de los órganos judiciales en los conflictos de trabajo:
- Tribunal Supremo (Sala de lo Social): Conoce los recursos de casación contra las sentencias de las Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas y la Audiencia Nacional.
- Audiencia Nacional (Sala de lo Social): Conoce los procesos en materia sindical y colectiva cuando su ámbito excede el de una Comunidad Autónoma.
- Tribunales Superiores de Justicia de las CC. AA. (Salas de lo Social): Conocen los recursos de suplicación contra las resoluciones de los Juzgados de lo Social (JS).
- Juzgados de lo Social (JS): Conocen los conflictos de trabajo individuales y colectivos, siempre que el ámbito no supere la provincia.
Fuentes del Derecho Laboral: Normas con Rango de Ley
Normas emanadas de las Cortes Generales
- Leyes Orgánicas: Regulan las materias relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas. Se aprueban con mayoría absoluta del Congreso.
- Leyes Ordinarias: Regulan aquellas materias que no están reservadas a las Leyes Orgánicas. Se aprueban por mayoría simple (mitad más uno de los presentes en el Senado o Congreso).
Normas emanadas del Gobierno
- Decretos-Ley: En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar Decretos-Leyes, que no podrán afectar a materias propias de las Leyes Orgánicas.
- Decretos Legislativos:
- Textos Articulados: Desarrollan unas bases dadas previamente por las Cortes Generales.
- Textos Refundidos: Reúnen en un solo texto leyes dispersas que regulan la misma materia.
Regulación de las Excedencias Laborales
Clasificación y requisitos de las diferentes modalidades de excedencia:
Excedencia Voluntaria
- Motivo: Necesidad del trabajador.
- Duración: Desde 4 meses hasta 5 años.
- Requisitos: Se requiere un año de antigüedad en la empresa.
- Reserva del puesto: No hay reserva del puesto de trabajo, pero sí derecho a reingreso preferente.
- Solicitud: Se podrá volver a solicitar transcurridos 4 años desde el final de la anterior.
Excedencia Forzosa
- Motivo: Elección o designación de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
- Duración: Lo que dure el cargo.
- Antigüedad: El tiempo de duración del cargo computa a efectos de antigüedad.
- Reserva del puesto: Hay reserva del puesto de trabajo.
Excedencia por Cuidado de Hijos
- Motivo: Nacimiento, adopción o acogimiento de un hijo.
- Duración: Hasta 3 años.
- Reserva del puesto: Se reserva el puesto de trabajo el primer año. El segundo y tercer año no hay reserva, pero sí preferencia de reingreso.
Excedencia por Cuidado de un Familiar
- Motivo: Cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que no pueda valerse por sí mismo y que no desempeñe actividad retribuida.
- Duración: Máximo 2 años.
- Reserva del puesto: El primer año se reserva el puesto. El segundo año se tiene preferencia de reingreso.