Fundamentos del Derecho Laboral: Derechos y Deberes de Trabajadores y Empresarios

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Derecho del Trabajador: Definición y Origen

Derechos del Trabajador: Conjunto de normas que regulan las relaciones entre el empresario y el trabajador, que se originan con ocasión de una relación laboral.

Origen Histórico del Derecho del Trabajo

  1. Revolución Industrial.
  2. Protestas sociales.
  3. Intervención legisladora de estados liberales.

Estructura y Fuentes del Derecho Laboral

Orden Jerárquico de las Fuentes del Derecho del Trabajo

  1. Normativa comunitaria.
  2. Constitución Española.
  3. Tratados y convenios internacionales.
  4. Leyes orgánicas y ordinarias.
  5. Normas que emana el Gobierno.
  6. Reglamentos.
  7. Convenios colectivos.
  8. Contratos de trabajo.
  9. Costumbres.

Organismos Jurisdiccionales

  • Tribunal Constitucional.
  • Tribunal Supremo.
  • Audiencia Nacional.
  • Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) de la Comunidad Autónoma.
  • Juzgados de lo Social.

Organismos Internacionales

  • Naciones Unidas (Consejo Económico y Social).
  • Organización Internacional del Trabajo (OIT).
  • Unión Europea (Comité Económico y Social).
  • Comité Social del Consejo de Europa.

Funciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social

  • Asesorar a trabajadores y empresarios.
  • Mediar en conflictos.
  • Investigar infracciones (en contratos, migración y extranjeros).
  • Prevención de riesgos laborales y salud laboral.

Deberes y Derechos del Empresario

Deberes del Empresario

El empresario debe cumplir con diversas obligaciones clasificadas en:

Deberes Profesionales

  • Garantizar la igualdad de trato.
  • Promoción profesional y respeto a la profesionalidad.
  • Proporcionar al trabajador los datos de los elementos esenciales del contrato y las condiciones de ejecución.

Deberes Éticos

  • Respeto a la intimidad y dignidad del trabajador.

Deberes Físicos

  • Mantener una adecuada política de seguridad e higiene.

Deberes Económicos y de Seguridad Social

  • Pago puntual de la remuneración.
  • Afiliar y dar de alta al trabajador en la Seguridad Social (SS).
  • Comunicar al INEM (Servicio Público de Empleo Estatal) todos los contratos.
  • Pago de la cuota del trabajador a la Seguridad Social.

Derechos del Empresario

El empresario posee facultades esenciales para la gestión de la actividad laboral:

  • Poder de Dirección: Facultad para dictar órdenes sobre el modo, tiempo y lugar del trabajo.
  • Poder de Variación: Facultad del empresario para transformar la ejecución del trabajo.

Deberes y Derechos del Trabajador

Deberes del Trabajador

  • Cumplir con las obligaciones de su puesto de trabajo.
  • Observar las medidas de seguridad e higiene.
  • Cumplir las órdenes e instrucciones legítimas.
  • No concurrir con la actividad de la empresa en los términos fijados (no competencia).
  • Contribuir a la mejora de la productividad.

Derechos Fundamentales del Trabajador

  • Derecho al trabajo y a la libre elección de profesión.
  • Derecho a la libre sindicación.
  • Derecho a la negociación colectiva.
  • Derecho a la adopción de medidas de conflicto colectivo.
  • Derecho a la huelga.
  • Derecho de reunión.
  • Derecho a la información, consulta y participación en la empresa.

Derechos del Trabajador en el Puesto de Trabajo

  • Derecho a la ocupación efectiva.
  • Derecho a la promoción y formación profesional.
  • Derecho a no ser discriminado directa o indirectamente.
  • Derecho a su integridad física, seguridad e higiene.
  • Derecho al respeto de su intimidad y consideración de su dignidad.
  • Derecho a la percepción puntual de la remuneración pactada o establecida.
  • Derecho al ejercicio individual de las acciones legales.
  • Derecho a otros derechos que se pacten en el contrato.

Conceptos Clave en la Representación Laboral

El Sindicato

Es la asociación permanente de personas que ejercen una determinada actividad profesional para la mejora de sus intereses y condiciones de vida de los trabajadores.

La representación de los trabajadores se canaliza a través de dos vías:

  • Órganos Unitarios de Representación: Canalizan la participación de todos los trabajadores, estén afiliados o no a un sindicato (ej. Comités de Empresa).
  • Representación Sindical Propiamente Dicha: Representación específica de los afiliados a un sindicato determinado (ej. Secciones Sindicales).

Huelga

Es la suspensión de la prestación de trabajo llevada a cabo de forma colectiva y concertada por los trabajadores.

Convenio Colectivo

Es un acuerdo suscrito por los representantes de los trabajadores y empresarios para fijar las condiciones de trabajo y productividad aplicables en un sector o empresa.

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