Fundamentos del Derecho Laboral: Contratos, Principios y Descansos en España

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Principios Fundamentales y Negociación Colectiva

1. Principios de Norma Mínima y Condición Más Beneficiosa

El principio de norma mínima establece que las normas de rango superior fijan el contenido mínimo de las normas de rango inferior. Estas últimas no pueden empeorar las condiciones de trabajo establecidas en las de mayor rango, pero sí mejorarlas.

El principio de condición más beneficiosa establece que el personal tiene derecho a conservar las mejores condiciones de trabajo, siempre que hayan sido otorgadas por la empresa con una voluntad clara y con continuidad en el tiempo.

2. La Negociación Colectiva y los Convenios Colectivos

La negociación colectiva es un proceso en el que los representantes de los trabajadores y de la empresa se reúnen para discutir y llegar a acuerdos sobre las condiciones laborales y salariales de los trabajadores.

Tipos de Contratos y su Regulación

3. Duración de los Contratos por Circunstancias de la Producción

La duración de los contratos por circunstancias de la producción es de seis meses (ampliable hasta un año), o noventa días por año natural. Estos noventa días no pueden ser continuados en el supuesto de que la causa del contrato sea el incremento ocasional previsible de la actividad.

4. Indemnización en Contratos para Sustitución de Personas Trabajadoras

Los contratos para sustitución de personas trabajadoras no tienen derecho a indemnización a su finalización.

5. El Periodo de Prueba en el Contrato para la Obtención de la Práctica Profesional

El periodo de prueba en un contrato para la obtención de la práctica profesional es un tiempo inicial en el que tanto el estudiante como la empresa evalúan si existe una adaptación adecuada. Durante este tiempo, se observan las habilidades, la actitud y el compromiso del practicante. Sirve para confirmar que el entorno y las tareas asignadas son apropiadas para el aprendizaje profesional. Este periodo puede finalizar sin responsabilidad para ambas partes.

6. La Retribución en el Contrato de Formación en Alternancia

La retribución será fijada por el convenio colectivo. En su defecto, no podrá ser inferior al 60% en el primer año ni al 75% en el segundo año de la retribución fijada para el grupo profesional o nivel correspondiente, sin que pueda ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

7. Duración del Contrato a Tiempo Parcial

La duración de este tipo de contratos puede ser:

  • Temporal: En los supuestos legalmente previstos.
  • Indefinida: Para los siguientes casos:
    • Contrato indefinido ordinario.
    • Trabajos fijo-discontinuos.

8. Definición de Empresa de Trabajo Temporal (ETT) y Contratos Utilizables

Las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) son aquellas cuya actividad consiste en poner a disposición de otra empresa a personas trabajadoras para que sean colocadas con carácter temporal.

Las ETT pueden utilizar los siguientes tipos de contratos:

  • Contratos temporales de duración determinada.
  • Contratos formativos.
  • Contratos de carácter fijo-discontinuo.

Tiempo de Trabajo y Ausencias

9. Los Periodos de Descanso

Los periodos de descanso son los tiempos retribuidos en los que la persona trabajadora no realiza ninguna actividad laboral ni está a disposición de la empresa. El Estatuto de los Trabajadores establece los periodos mínimos de descanso, los cuales son mejorables por medio del convenio colectivo o del contrato de trabajo.

10. Los Permisos Retribuidos y No Retribuidos

Los permisos retribuidos son periodos de tiempo en los que la persona trabajadora, con aviso previo y justificación posterior, puede ausentarse del trabajo con derecho a percibir su retribución.

Los permisos no retribuidos incluyen, por ejemplo, el permiso parental no retribuido para el cuidado de hijos menores o acogidos por tiempo superior a un año, hasta el momento en que el menor cumpla ocho años.

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