Fundamentos del Derecho Laboral: Contratos, Despidos Colectivos y Jurisdicción Social
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Despido Colectivo
Causas
El empresario puede extinguir los contratos de una parte importante de la plantilla de trabajadores, basándose en que existen causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que lo justifiquen. La extinción puede afectar en un plazo máximo de 90 días al menos a:
- 10 trabajadores en empresas de menos de 100 trabajadores.
- El 10% de la plantilla en las empresas entre 100 y 299 trabajadores.
- 30 trabajadores en empresas que tengan 300 o más trabajadores.
- La totalidad de la plantilla de la empresa, siempre que los afectados sean superiores a 5.
Forma
Los despidos se tramitarán a través de un Expediente de Regulación de Empleo (ERE).
Efectos
Si se aprueba el Expediente de Regulación de Empleo, los trabajadores tendrán derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
Los representantes legales de los trabajadores tendrán prioridad de permanencia.
Elaboración de Finiquitos
Es un documento que la empresa debe presentar al trabajador para que lo firme, cuando se da por finalizada su relación laboral. Puede ser:
Finiquito-Liquidación de Haberes
Recoge todos los conceptos adeudados al trabajador, como días no abonados, parte proporcional de pagas extras, vacaciones no disfrutadas o indemnizaciones.
Finiquito-Extinción
Las partes manifiestan de forma expresa, clara e inequívoca, la extinción de su relación laboral.
El trabajador que esté de acuerdo con la liquidación de los conceptos pendientes, pero no con el despido, no debe firmar el finiquito (o debe firmarlo añadiendo la mención 'No Conforme' para reservar su derecho a impugnación).
Derecho Procesal Social (Juzgados y Tribunales)
Tribunal Supremo (TS)
- Ámbito de actuación: Nacional.
- Sede: Madrid.
- Función: Conoce en vía de recurso contra las resoluciones de los Tribunales Superiores de Justicia y de la Audiencia Nacional.
Audiencia Nacional (AN)
- Ámbito de actuación: Nacional.
- Sede: Madrid.
- Función: Conoce de los conflictos colectivos de ámbito superior al de comunidad autónoma.
Tribunales Superiores de Justicia (TSJ)
- Ámbito de actuación: La comunidad autónoma.
- Función: Conocen de los recursos de suplicación que se interponen contra las sentencias en los juzgados y de los conflictos colectivos de ámbito superior al provincial, pero inferior al de comunidad autónoma.
Juzgados de lo Social
- Ámbito de actuación: La provincia.
- Función: Conocen de los conflictos laborales individuales y colectivos de ámbito provincial o inferior.
Complementos del Puesto de Trabajo
- Plus de Nocturnidad: Gratifica la actividad en horario nocturno.
- Plus de Turnicidad: Retribuye la realización del trabajo a turnos rotativos.
- Plus de Responsabilidad: Al desempeñar un puesto con mayor carga.
Complementos Personales
- Antigüedad: Retribuye la duración de la relación laboral.
- Conocimientos Específicos: Del trabajador, como idiomas o títulos.
Tipos de Contrato
Contratos Indefinidos
Los trabajadores se incorporan a la empresa como fijos, sin límite de tiempo.
- Contrato ordinario.
- Contrato de fomento de la contratación indefinida.
Contratos Temporales
La vinculación del trabajador con la empresa es de duración limitada.
- Contratos Formativos: Contrato para la formación y contrato en prácticas.
- Por el tipo de trabajo a realizar: Contrato de obra o servicio determinado, de interinidad, eventual por circunstancias de la producción.
Contrato de Relevo y Contrato a Tiempo Parcial
Pueden ser indefinidos o temporales.
Contrato para la Formación
- Requisito de edad: Tener entre 16 y 21 años.
- Duración: Como mínimo debe durar 6 meses y como máximo 2 años.
- Ampliación: Por convenio colectivo se puede ampliar la duración máxima hasta 3 años, o incluso a 4 años en una persona con discapacidad.
- Jornada: Es a tiempo completo. Como mínimo un 15% de la jornada debe dedicarse a la formación teórica.
Contrato en Prácticas
- Requisito de titulación: Tener título oficialmente reconocido como equivalente o un certificado profesional.
- Plazo: Que no hayan transcurrido más de 5 años desde la terminación de los estudios (6 años si es un trabajador discapacitado).
- Formalización: Debe hacerse por escrito y constar la titulación del trabajador, la duración del contrato y el puesto de trabajo.
- Duración: El mínimo es de 6 meses y el máximo de 2 años.
- Jornada: Puede ser a tiempo completo o parcial.