Fundamentos del Derecho Laboral: Contrato, Salario y Relaciones en la Empresa
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Relaciones Laborales en la Empresa
Las personas que trabajan en las empresas están sujetas a un marco legal. La norma más general es la Constitución Española, que recoge los siguientes derechos fundamentales:
- El derecho al trabajo y el deber de trabajar.
- El derecho a la libre elección de profesión u oficio.
- El derecho a la negociación colectiva.
- El derecho a sindicarse libremente.
- El derecho a huelga.
- El derecho de los trabajadores/as a adoptar medidas de conflicto colectivo.
El Estatuto de los Trabajadores (ET)
Dentro del marco laboral, el Estatuto de los Trabajadores es la principal norma que regula la naturaleza y el funcionamiento de los contratos de trabajo. Esta normativa afecta tanto a los trabajadores como a los empresarios.
La Relación Individual de Trabajo y el Contrato
Para que exista un contrato de trabajo deben concurrir los siguientes requisitos esenciales:
- Realizar un trabajo por cuenta ajena y para una empresa en condiciones de dependencia.
- Recibir una compensación o remuneración salarial por el trabajo prestado.
Elementos esenciales del contrato de trabajo
Los elementos que deben concurrir para la validez de un contrato son:
- Consentimiento: Se produce cuando los contratantes consienten mutuamente, de manera consciente y libre.
- Objeto: El trabajo prestado por cuenta ajena a cambio de una compensación salarial.
- Causa: Es la contraprestación, es decir, el beneficio que obtienen ambas partes (el empresario obtiene el servicio y el trabajador obtiene la remuneración).
Un contrato de trabajo es un acuerdo que se puede formalizar por escrito o de palabra, en el que intervienen el empresario (que debe tener capacidad para contratar) y el empleado (que debe ser mayor de 16 años y prestar servicios por cuenta ajena).
El Salario
El salario es la compensación que el trabajador/a recibe en dinero o en especie por la prestación laboral por cuenta ajena. Su cuantía está en función del puesto de trabajo y la categoría profesional.
Los salarios están protegidos por medio del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA). (Nota: El salario mínimo interprofesional establecido en el año 2006 era de 540€).
La Nómina
La nómina es el documento que justifica el pago salarial. En ella se detallan los conceptos retributivos y las deducciones aplicadas.
Tipos de Contrato de Trabajo
Aunque la legislación laboral tiende a fomentar la estabilidad, no todos los contratos son indefinidos. Existen diversas modalidades contractuales:
Contratos de Duración Determinada (Temporales)
- Contrato en Prácticas: Persigue facilitar la adquisición de práctica profesional. Requiere la posesión de un título y debe realizarse dentro de los cuatro años siguientes a la finalización de los estudios.
- Contrato para la Formación: Pretende proporcionar formación técnica y práctica. (Nota: Históricamente se dirigía a jóvenes entre 16 y 21 años que no podían acceder al contrato en prácticas). Tenía una duración entre 6 meses y 2 años.
- Contrato por Obra o Servicio Determinado: Se formaliza para la realización de obras o servicios específicos de duración incierta.
- Contrato Eventual por Circunstancias de la Producción: Se realiza para atender a las exigencias del mercado o acumulación de tareas de una empresa. Tenía una duración máxima de 6 meses en un periodo de 1 año.
- Contrato de Interinidad: Se utiliza para cubrir temporalmente un puesto de trabajo en sustitución de un trabajador/a que conserva su puesto de trabajo.
- Contrato de Relevo: Sustitución de un trabajador/a que accede a la jubilación parcial.
Otras Modalidades Contractuales
- Contrato a Tiempo Parcial: Se realiza para la prestación de servicios por tiempo indefinido o determinado, donde la compensación salarial es proporcional al tiempo trabajado.
- Contrato Fijo Discontinuo: Es un contrato a tiempo parcial que se utiliza para realizar tareas que se repiten en determinadas épocas del año (ejemplo: recogida de la castaña).
- Contratos de Fomento de la Contratación Indefinida: Incluyen diversas modalidades destinadas a colectivos específicos, como:
- Contratos para mujeres desempleadas de larga duración.
- Contrato indefinido para jóvenes menores de 30 años.
- Contratos para personas con discapacidad.