Fundamentos del Derecho Laboral: Conceptos Clave y Tipos de Contrato
Enviado por Chuletator online y clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en español con un tamaño de 402,81 KB
Fundamentos del Derecho Laboral y la Contratación
Etapas del Derecho Laboral
- Prohibición: Posición antagonista.
- Tolerancia: Actitud permisiva.
- Reconocimiento: Establecimiento de límites obligatorios en toda relación laboral.
Definición del Derecho del Trabajo
El Derecho del Trabajo es la rama del derecho privado que se ocupa de las relaciones individuales y colectivas entre los trabajadores dependientes y los empleadores, con el fin de regular sus derechos y obligaciones.
Relaciones Individuales de Trabajo
- Trabajador: Persona física que se obliga o presta servicios.
- Empleador: Persona física que requiere los servicios de un trabajador.
Fuentes del Derecho del Trabajo
- Legisladas: Ley, resolución legislativa, decreto.
- Jurisprudenciales: Precedente judicial.
- Particulares: Convenio colectivo, reglamento interno.
- Internacionales: Tratados internacionales, normas de la OIT.
- Académica: Doctrinas.
Concepto de Principios del Derecho Laboral
Los principios son ideas fundamentales e informadoras de la organización jurídico-laboral.
Funciones de los Principios del Derecho Laboral
- Informativa: Sirven de inspiración al legislador al momento de elaborar normas.
- Normativa: Actúan como fuente supletoria ante los vacíos legales.
- Interpretativa: Proporcionan un criterio para el juez en la aplicación de la ley.
Principios Fundamentales del Derecho Laboral
- Principio Protector: Establece un amparo preferente al trabajador, fundamentado en la necesidad de nivelar desigualdades.
- Principio de Irrenunciabilidad de Derechos: Implica la imposibilidad del trabajador de privarse voluntariamente de sus derechos laborales. Su fundamento radica en la protección del trabajador, considerando las diversas problemáticas asociadas a las renuncias.
- Principio de Igualdad: La igualdad será vulnerada cuando el trato desigual carezca de una justificación asertiva, promoviendo la igualdad en el trabajo.
- Principio de Continuidad: El contrato de trabajo tiene vocación de continuidad en el tiempo, manifestándose en la Ley de Productividad y Competitividad Laboral (LPCL).
- Principio de Primacía de la Realidad: Exige la buena fe y la dignidad humana, estableciendo que la condición del empleado depende de los hechos reales, más allá de las formas o denominaciones.
- Principio de Buena Fe: Según el Art. 1362, los contratos se negocian y ejecutan según las reglas de la buena fe por ambas partes.
- Jurisprudencia y Locador de Servicios: Se refiere a diferentes actividades y la distinción entre un locador de servicios (sin horarios, sin jefes, sin subordinación) y un trabajador dependiente.
Elementos del Contrato de Trabajo
- Generales: (Artículos 140-219 del Código Civil, relacionados con la anulación de actos jurídicos).
- Esenciales:
- Prestación personal de servicio: El trabajador se pone a disposición de otro y respeta un horario.
- Remuneración: Pago por el servicio prestado.
- Subordinación: El empleador tiene facultad de dirección sobre el trabajador.
- Típicos (Indicios de Laboralidad): Jornada laboral, lugar de trabajo, número de empleos.
Nulidad del Contrato de Trabajo
La nulidad puede darse al inicio, durante o al finalizar la relación laboral.
Características del Contrato de Trabajo
- Principal: Es un documento que rige la relación entre empleador y trabajador.
- Consensual: Se formaliza por el acuerdo de ambas partes.
- Bilateral: Genera obligaciones recíprocas para ambas partes.
- De Tracto Sucesivo: La actividad se prolonga en el tiempo y las funciones son constantes.
- Oneroso: Implica una remuneración.
- Conmutativo: Las obligaciones son ciertas y determinadas desde el inicio.
- Sinalagmático: Las partes tienen obligaciones recíprocas, dando algo a cambio.
Modalidades de Contratación
- Civil.
- Laboral: Sujeto a fiscalización laboral y con beneficios sociales.
Poder de Dirección del Empleador
Es la potestad que confiere al empleador el contrato de trabajo para dar órdenes sobre el modo, tiempo y lugar de la prestación de servicios. Se manifiesta en la facultad de dictar reglamentos, órdenes o normas generales. Según la Ley de Productividad y Competitividad Laboral (LPCL), el empleador tiene tres atribuciones principales:
- Dirigir
- Controlar
- Sancionar
Momentos Clave de la Relación Laboral
- Inicio: Contrato de tiempo indeterminado, con periodos de prueba que pueden variar (ej. 6 meses a 1 año).
- Durante: Establecimiento de jornada laboral (ej. 8 horas diarias y 48 horas semanales), trabajo fijo o rotativo, y horarios de entrada y salida.
- Término: Opciones como la jubilación y la recepción de pensión.
El Trabajo Remoto
El trabajo remoto es una figura que el Estado Peruano implementó como medida inmediata para salvaguardar las relaciones laborales durante la etapa de pandemia por COVID-19. Asimismo, cabe precisar que esta guarda estrechas diferencias con el teletrabajo y con el trabajo en plataformas digitales.
Tipos de Contrato de Trabajo
- Contrato Indeterminado: Es de tiempo indefinido. Generalmente, tras un periodo de prueba (ej. 3 meses), el trabajador adquiere el derecho a la estabilidad laboral (protección contra el despido arbitrario).
- Contrato Determinado (Sujeto a Modalidad): Es un contrato que tiene una duración específica, por ejemplo, para el término de la instalación de una máquina o para un proyecto concreto.