Fundamentos del Derecho Laboral: Conceptos Clave y Derechos del Trabajador
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Conceptos Fundamentales del Derecho Laboral
Requisitos de Ajenidad y Dependencia
- Ajenidad: El fruto del trabajo no pertenece al trabajador, sino al empresario. Esto significa que el trabajador no asume el riesgo empresarial.
- Dependencia: El trabajador está sometido al poder de organización y disciplina del empresario. Trabaja con los medios y materiales de la empresa y recibe órdenes sobre cómo, cuándo y dónde debe realizar su labor.
Principio de Norma Mínima Activa
En las normas generales de jerarquía superior se establecen mínimos de derecho necesario que las normas de rango inferior deberán respetar o mejorar. Este principio garantiza que las condiciones laborales no puedan empeorar por normativas de menor rango.
Derechos del Trabajador
Derechos Básicos:
- Trabajo y libre elección de profesión u oficio.
- Libre sindicación.
- Negociación colectiva.
- Adopción de medidas de conflicto colectivo (incluida la huelga).
- Reunión.
- Información, consulta y participación en la empresa.
- Ocupación efectiva.
Derechos Derivados de la Relación Laboral:
- Promoción y formación profesional en el trabajo.
- Trato igual y no discriminatorio.
- Integridad física y adecuada protección de la salud.
- Respeto de su intimidad y dignidad.
- Descanso necesario y percepción puntual del salario.
- Ejercicio individual de las acciones derivadas de su contrato.
- Otros derechos que se deriven del contrato de trabajo.
Reducciones de Jornada
Las reducciones de jornada son permisos que permiten al trabajador disminuir su tiempo de trabajo por diversas causas, manteniendo una parte proporcional de su salario. Las causas más comunes incluyen:
- Guarda legal de hijos o personas con discapacidad.
- Cuidado de familiares que no puedan valerse por sí mismos.
- Lactancia de un menor.
- Parto prematuro u hospitalización de neonatos.
- Trabajadoras víctimas de violencia de género.
- Por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP) o fuerza mayor.
Trabajo a Turnos y Nocturno
- Trabajo Nocturno: Se efectúa entre las 10 de la noche (22:00h) y las 6 de la mañana (06:00h). Los trabajadores nocturnos suelen tener una retribución específica. Los menores de 18 años no pueden realizar trabajo nocturno. Se considera trabajador nocturno a aquel que realiza un periodo no inferior a tres horas de su jornada diaria en horario nocturno, o que se prevé que realice una parte significativa de su jornada anual en dicho horario.
- Trabajo a Turnos: Se aplica en empresas cuyo proceso productivo dura las 24 horas del día. Implica una organización del trabajo en la que los trabajadores ocupan sucesivamente los mismos puestos de trabajo, según un cierto ritmo, continuo o discontinuo, lo que implica la necesidad de prestar servicios en horas diferentes en un periodo determinado de días o de semanas. Los trabajadores a turnos también pueden tener una retribución específica.
El Salario
El salario es la totalidad de las percepciones económicas que reciben los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de sus servicios laborales por cuenta ajena. Es la contraprestación por el trabajo realizado.
Estructura del Salario:
- Salario Base: Es la retribución fijada por unidad de tiempo o de obra, sin considerar complementos.
- Complementos Salariales: Se añaden al salario base y pueden ser de diversos tipos:
- Personales: Por antigüedad, idiomas, títulos académicos, etc.
- Por el Puesto de Trabajo: Por peligrosidad, toxicidad, nocturnidad, turnicidad, penosidad, etc.
- Por Calidad o Cantidad de Trabajo: Incentivos, primas de producción, horas extraordinarias, etc.
- De Vencimiento Periódico Superior al Mes: Participación en beneficios, gratificaciones extraordinarias (pagas extras).
Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es la retribución mínima que deben percibir los trabajadores, con independencia de su sexo, edad, profesión o categoría profesional. Su cuantía es fijada anualmente por el Gobierno, previa consulta con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas.
El Contrato de Trabajo
El contrato de trabajo es un acuerdo entre dos personas por el que una de ellas, el trabajador, se compromete a prestar determinados servicios bajo la dirección y organización de la otra, el empresario, recibiendo a cambio una retribución garantizada.
Partes Intervinientes en el Contrato:
- Trabajador: Debe cumplir con requisitos como la edad legal para trabajar, la titulación (si es necesaria para el puesto), no estar incapacitado legalmente para el trabajo y, en su caso, cumplir con los requisitos de nacionalidad o permisos de trabajo.
- Empresario: Debe tener capacidad legal para contratar (edad, no estar incapacitado legalmente).
Subcontratación
La subcontratación consiste en la contratación de parte de la actividad productiva de una empresa a otra u otras empresas externas. Este proceso es común en sectores como la construcción y, si no se gestiona adecuadamente, puede incidir en un empeoramiento de las condiciones de seguridad y salud de los trabajadores, así como propiciar la precariedad laboral.