Fundamentos del Derecho Laboral Argentino y Estructura Económica: LCT 20744 y Remuneración
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Clasificación de las Actividades Económicas
Las actividades económicas se clasifican según el tipo de proceso productivo que realizan:
Sector Primario
- Definición: Obtención de materias primas (productos básicos que no sufrieron cambios y se utilizan para producir bienes).
- Ejemplos: Alimentos sin procesar en la industria (huevos, carne, frutas), agricultura, ganadería, pesca, minería.
Sector Secundario
- Definición: Procesamiento de la materia prima para la producción de bienes.
- Industria Pesada: Producción de productos semielaborados, que sirven de base para otras industrias (siderurgia, química, energética).
- Industria Liviana: Proceso de materias primas livianas y productos semielaborados para la obtención de bienes de consumo final (electrodomésticos, ropa, harina).
Sector Terciario
- Definición: Distribución de bienes y prestación de servicios a la población.
- Comercios: Comercialización de bienes terminados (verdulerías, almacenes).
- Servicios: Asistencia a la comunidad (hospitales, bomberos, educación).
Sector Cuaternario
- Definición: Servicios complejos de asistencia a la producción y gestión del conocimiento.
- Información: Ofrece servicios para mejorar la producción y el comercio (agencias de publicidad, consultoría tecnológica).
- Ocio y Recreación: Servicios relacionados con el tiempo libre (agencias de turismo, entretenimiento).
Marco Legal del Trabajo: Ley 20.744 (LCT)
La Ley de Contrato de Trabajo (LCT) 20.744 define el trabajo como toda actividad lícita que se preste en favor de quien tiene facultad de dirigirla, mediante una remuneración.
Facultades del Empleador
El empleador posee diversas facultades esenciales para la organización y dirección de la empresa:
1. Facultad de Control
Se ejerce sobre el personal de la empresa, estableciendo pautas a seguir. Ejemplo: Control de ingreso, egreso, uso de máquinas, etc.
2. Facultad de Reglamentar la Actividad (Ius Variandi)
Fijar las reglas internas para el mejor funcionamiento de la empresa. Ejemplo: Ubicación de matafuegos, normas de seguridad, luces de emergencia.
3. Facultad de Modificar las Formas y Modalidades del Trabajo
Introducción de cambios razonables en las condiciones de trabajo para la mayor productividad de la empresa, siempre que no impliquen un perjuicio material o moral al trabajador.
4. Facultad Disciplinaria
Aplicar sanciones, suspender o apercibir por las faltas o incumplimientos del trabajador.
Principios Generales del Derecho del Trabajo
Estos principios buscan equilibrar la relación laboral, protegiendo al trabajador como parte más débil del vínculo:
- Principio Protector: Protege al trabajador de forma individual, reconociendo que constituye la parte más débil de la cadena laboral.
- Principio In Dubio Pro Operario: Cuando una norma o situación admite varias interpretaciones, se debe aplicar aquella que resulte más favorable al trabajador (Art. 9 de la LCT).
- Principio de la Aplicación de la Norma más Favorable.
- Principio de la Condición más Beneficiosa.
- Principio de la Irrenunciabilidad: Será nula y sin valor toda convención de partes que suprima o reduzca los derechos previstos en esta ley (Arts. 12 al 15 de la LCT).
- Principio de Continuidad: Tutela la conservación del contrato de trabajo, favoreciendo su permanencia en el tiempo.
- Principio de la Primacía de la Realidad: Observación concluyente de la conducta de las partes en la ejecución del contrato, sin importar lo que se pacte o se registre por escrito.
- Principio de la Razonabilidad: Se basa en el bien común y la razón, poniendo límites a posibles arbitrariedades en que puedan recaer las partes.
- Principio de la Buena Fe: Implica la confianza entre las partes contratantes y la convicción de que no se engañen, perjudiquen ni dañen entre sí.
La Remuneración
La remuneración es la contraprestación que efectúa el empleador a cambio del trabajo realizado en relación de dependencia. Es el pago que recibe una persona por poner su actividad profesional a disposición de otra en forma continuada.
Características Fundamentales de la Remuneración
- Patrimonial: Representa una ganancia o ingreso al patrimonio del trabajador.
- Alimentaria: Es el medio que dispone el trabajador para su subsistencia y la de su familia.
- Insustituible: No puede reemplazarse por otras formas de pago que no sean dinero o beneficios legalmente aceptados.
- Inalterable: No puede reducirse unilateralmente durante el vínculo laboral.
- Intangible: Es un derecho adquirido del trabajador.
- Irrenunciable: No se puede renunciar a ella, al menos hasta el monto del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM).
- Incesible: No puede cederse ni total ni parcialmente.
- Inembargable: El sueldo no puede ser embargado hasta el monto del SMVM.
- Proporcional: El salario debe guardar relación con la prestación realizada.
- A Igual Trabajo, Igual Salario: Este principio constitucional es una expresión de la regla general de que la remuneración debe ser justa, sin discriminaciones de sexo, religión o raza.
Nota sobre Premios: No puede privarse al empleador de su derecho a premiar por encima de lo estipulado en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT), que es el acuerdo normativo entre un grupo de empleadores y un sindicato que representa a los trabajadores de una misma actividad.
Estructura Básica de un Currículum Vitae (CV)
El CV es una herramienta fundamental para la búsqueda de empleo. Debe incluir los siguientes apartados:
1. Información Personal y de Contacto
- Datos de identificación (nombre completo, fecha de nacimiento, nacionalidad).
- Datos de contacto (dirección, código postal, ciudad, teléfono, correo electrónico).
- Fotografía (opcional, pero recomendada si es profesional).
2. Educación y Formación
- Fechas de inicio y finalización.
- Lugar e institución.
- Detalles relevantes sobre la formación obtenida.
3. Experiencia Profesional
- Fechas de inicio y finalización.
- Nombre de la empresa y puesto ocupado.
- Descripción de funciones y logros (utilizar verbos de acción).
4. Idiomas
- Indicar el idioma y el nivel de competencia (básico, intermedio, avanzado, bilingüe).
5. Información Adicional y Habilidades
- Cursos, certificaciones, habilidades técnicas o informáticas.
- Otros detalles de interés (disponibilidad, carné de conducir, etc.).