Fundamentos del Derecho: Justicia, Ontología Jurídica e Infracción Penal

Enviado por Chuletator online y clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 3,08 KB

Introducción a los Fundamentos Jurídicos

La norma justa, por el hecho de serlo, es también legítima. El Derecho expresa un punto de vista sobre la justicia y es un sistema normativo que establece pautas de conducta según unos criterios centrados en valores superiores o fines. A diferencia de los juicios sobre la validez y la eficacia, que son juicios de hecho, los juicios de valor son subjetivos y por ello no cabe obtener de los mismos una constancia empírica.

La Ontología Jurídica

1. La Ontología Jurídica

La ontología es la investigación del ser. Representa el esfuerzo intelectual de los estudiosos por poseer una definición o concepto de qué es el Derecho. Lo primero que tiene que hacer una ciencia o una técnica es definir o al menos señalar cuál es su objeto, para poder profundizar en su conocimiento y adoptar los métodos adecuados.

La Noción Común de Derecho

Todos poseemos una noción de qué es el Derecho. Por ejemplo, cuando decimos:

  • ¡No hay Derecho!: Esta expresión implica la ausencia de orden o justicia.

El término «Derecho» es análogo; sus significados están relacionados entre sí. Afirmar que tenemos derechos es equivalente a afirmar que dicho orden nos los reconoce.

Nuestro conocimiento es parcial, y por ello buscamos claridad a través de las ciencias que se han planteado el problema ontológico y han decidido adoptar métodos específicos para aproximarse a su conocimiento.

El ser humano es histórico, y la vida social también lo es (el aspecto jurídico es importantísimo dentro de la vida social). Por lo tanto, el fenómeno jurídico ha sido extremadamente variable, y los modos de abordar su estudio y los métodos adoptados también han evolucionado.

El Derecho Penal

2. La Infracción Penal

Los hechos que pueden dar lugar a la actuación del Derecho penal son aquellos que, por su gravedad, exceden la tolerancia social normal y suponen un ataque a la convivencia. Debido a la importancia que tienen al quebrantar las normas sociales, no son aptos para ser sancionados por otros órdenes jurisdiccionales y se recogen en el Código Penal como merecedores de un reproche especial.

Clasificación de las Infracciones Penales

Las infracciones penales se dividen principalmente, dependiendo de su gravedad, en delitos y faltas. No existe un criterio general para diferenciarlos, sino que los supuestos que los constituyen están tasados como normas de garantía constitucional en el Código Penal.

Solo respecto a los ilícitos penales patrimoniales se puede señalar, como línea orientativa (aunque no como criterio general), que:

  • Pasan de ser falta a convertirse en delito cuando el valor de los hechos es superior a 400 €.

En el caso de las lesiones (también como criterio orientativo), se convierten en delito cuando se necesita tratamiento médico o quirúrgico. El resto de las faltas establecidas en el Código Penal devienen en delito en función de su gravedad.

Entradas relacionadas: