Fundamentos del Derecho y Estructura de Poderes del Estado

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Introducción al Derecho

Concepto de Derecho

El Derecho es el conjunto de normas o reglas, escritas o no, que buscan conseguir una convivencia pacífica y armónica en la sociedad.

Fines del Derecho

  • Orden, Seguridad y Paz: El orden y la seguridad en la sociedad suelen prevalecer sobre la justicia.
  • Justicia.
  • Bien Común: Otros autores señalan este como un tercer fin del Derecho.

Divisiones o Ramas del Derecho

Primera División: Según la relación jurídica

  • Derecho Público

    Regula las relaciones del Estado entre sí o del Estado con los particulares cuando el Estado actúa con su poder soberano.

    • Derecho Comunitario (UE)
    • Derecho Administrativo
    • Derecho Fiscal
    • Derecho Político
    • Derecho Internacional Público
    • Derecho Penal
    • Derecho Procesal
    • Parte del Derecho Laboral
  • Derecho Privado

    Regula las relaciones entre particulares, o de los particulares con el Estado cuando este actúa como un ciudadano más.

    • Derecho Civil
    • Derecho Mercantil
    • Derecho Internacional Privado
    • Parte del Derecho Laboral

Segunda División: Según el ámbito de aplicación

  • Derecho Común

    Normas dirigidas a todos los ciudadanos.

    • Derecho Sucesorio
  • Derecho Especial

    Regula normas para personas determinadas y para materias concretas.

    • Derecho Mercantil
    • Derecho Administrativo

Normas Jurídicas

Son órdenes, mandatos o instrucciones. Se clasifican en:

  • Normas Imperativas o Impositivas

    Normas que obligan o prohíben hacer algo, sin posibilidad de alteración, siendo su cumplimiento forzoso.

  • Normas Dispositivas

    Normas que conceden una autorización para hacer algo, no siendo forzoso su cumplimiento. La norma y su contenido están supeditados al principio de autonomía de la voluntad.

Fuentes del Derecho

Constituyen el origen y la manifestación del Derecho. Se dividen en:

  • Fuentes Directas

    • Leyes
    • Costumbres
    • Principios Generales del Derecho
  • Fuentes Indirectas

    • Tratados Internacionales
    • Jurisprudencia

La División de Poderes

El Estado de Derecho nace con la Revolución Francesa, partiendo de una estricta separación entre las funciones de creación de las normas, surgiendo de esta forma tres poderes:

  • Poder Legislativo: Cortes Generales y parlamentos autonómicos.
  • Poder Ejecutivo: Gobierno central y gobiernos autonómicos.
  • Poder Judicial: Jueces y magistrados.

En cada Comunidad Autónoma (CC.AA.) hay parlamento y gobierno, mientras que en el ámbito judicial solo hay un Tribunal Superior de Justicia en cada CC.AA.

Poder Legislativo

El poder legislativo es ejercido por las Cortes Generales, que se dividen en:

  • Congreso de los Diputados
  • Senado

Las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus presupuestos, controlan la acción del Gobierno y poseen otras competencias atribuidas por la Constitución. Son inviolables, lo que significa que no pueden ser objeto de control, represión o limitación por otros poderes.

Los diputados y senadores son elegidos cada 4 años mediante sufragio universal y están protegidos por la inviolabilidad: no pueden ser objeto de control, represión o enjuiciamiento por las opiniones expresadas en sus discursos ante las Cortes; es un privilegio de la función, no de la persona.

Congreso de los Diputados

  • Mínimo de 300 y máximo de 400 diputados (actualmente 350).
  • Elegidos cada 4 años.

Senado

  • Encargado de estudiar, modificar o vetar los proyectos de ley que han sido aprobados por el Congreso.
  • Se vota a la persona.
  • Compuesto por 264 senadores, y cada CC.AA. designa senadores adicionales.

Funciones de las Cortes Generales

  1. Potestad legislativa.
  2. Aprobación de los Presupuestos Generales del Estado.
  3. Control de la acción del Gobierno.
  4. Otras competencias.

Poder Ejecutivo

La Jefatura del Estado recae en el Rey, y la del Gobierno en el Presidente (ejemplo: Rajoy).

Funciones del Poder Ejecutivo

  1. Dirige la política interior y exterior.
  2. Dirige la Administración civil y militar.
  3. Dirige la defensa del Estado.
  4. Ejerce la función ejecutiva.
  5. Ejerce la potestad reglamentaria (de acuerdo con la Constitución y las leyes).
  6. Realiza funciones legislativas (aprobar decretos, reglamentos, etc.).

Cese del Gobierno

El Gobierno deja de serlo por:

  • Celebración de elecciones generales.
  • Pérdida de confianza parlamentaria.
  • Dimisión o muerte de su presidente.

Poder Judicial

El Poder Judicial es independiente del resto de poderes del Estado, y sus órdenes están sometidas únicamente a las leyes.

Clasificación de Tribunales

  • Tribunal Supremo
  • Audiencia Nacional
  • Tribunales Superiores de Justicia (uno por CC.AA.)
  • Audiencias Provinciales
  • Juzgados de Primera Instancia e Instrucción
  • Juzgados de Paz

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