Fundamentos del Derecho: Dimensiones, Críticas y Elementos Clave

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Pregunta 1. Consideraciones Generales sobre la Realidad del Derecho

A) Elementos básicos del Derecho

Al hablar del Derecho, encontramos una realidad muy compleja, con diversas implicaciones ideológicas, valorativas, etc. Presenta, sin embargo, unas notas comunes:

  1. El derecho es una realidad cultural, que ha sido construida por el hombre. No es una realidad natural.
  2. Es una realidad práctica. Regula el comportamiento humano y se construye a partir de las conductas humanas.
  3. El derecho es una realidad configurada a lo largo de la historia. Tiene un carácter dinámico porque se va construyendo a lo largo de la historia, adaptándose a las exigencias de la sociedad. No es algo inmutable.
  4. Debemos distinguir entre realidad jurídica y conocimiento de esa realidad. Entre el ser y el conocer. Una cosa es el Derecho en sí y otra el conocimiento de ese derecho.

Pregunta 2. Dimensiones Básicas en una Visión Amplia del Derecho

En la visión del Derecho nos encontramos 3 dimensiones que debemos contemplar:

  1. Dimensión normativa. El derecho son normas.
  2. Dimensión práctica. Se trata de hechos, conductas, operaciones.
  3. Dimensión argumentativa. Se centra en razonamientos.

En la concepción del derecho debemos tener en cuenta este carácter tridimensional, conectando las normas con las prácticas utilizando un razonamiento adecuado.

Pregunta 3. Críticas de Von Kirchmann a la Ciencia del Derecho y Respuesta a sus Críticas

A) Objeciones o críticas a la Tesis de Von Kirchmann en relación con el carácter no científico de la jurisprudencia.

A mediados del XIX, el fiscal prusiano J. von Kirchmann, señala unas críticas para negar el estatus científico de la ciencia jurídica. Estas críticas son:

  1. El objeto del derecho es mudable, contingente, variable. Por tanto no es susceptible de conocimiento ya que si va cambiando es imposible descubrir las leyes que rigen el derecho.
  2. No es una ciencia porque no progresa nada. Prueba de ello es que cada día hay más controversias.
  3. Es inútil. No tiene ninguna función positiva.

A estas críticas podemos responder diciendo que utiliza un concepto inadecuado de ciencia. En efecto, en la ciencia del derecho no se trata de formular leyes derivadas de la observación de los hechos, sino de comprender esas realidades. Utiliza también, un concepto incorrecto de jurisprudencia. Y así podemos rebatir:

  1. El derecho es contingente o cambiante, solo a cierto nivel, ya que en lo realmente importante apenas se producen cambios y si se producen son muy dilatados en el tiempo.
  2. Decir que no progresa es muy discutible. Cada día, los juristas emplean técnicas más sofisticadas para adaptarse a los nuevos problemas.
  3. Decir que la jurisprudencia es inútil es no reconocer que su labor es muy importante, ya que cumple funciones como aportar elementos para la aplicación del derecho.

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