Fundamentos del Derecho Constitucional y la Organización Estatal

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La República: Concepto y Fundamentos

La República, entendida como "cosa pública", es un sistema de gobierno que pertenece a todos. Existe cuando el pueblo organiza el Estado mediante una Constitución que distribuye el poder en distintos órganos.

  1. División de Poderes

    Para proteger el Estado, se crearon los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

  2. Soberanía del Pueblo

    Todo el poder estatal emana de la voluntad del pueblo.

  3. Responsabilidad de los Gobernantes

    Los gobernantes deben rendir cuentas de sus actos de gobierno ante el pueblo.

  4. Igualdad ante la Ley

    Deriva de la unidad de naturaleza del género humano y de la dignidad esencial de cada persona.

  5. Periodicidad en la Función Pública

    Se impide que la autoridad se perpetúe en el poder y se permite la participación de la oposición.

  6. Publicidad de los Actos de Gobierno

    Es necesario que el ciudadano conozca los actos de gobierno, por lo que puede acceder a las páginas web, a los decretos del Poder Ejecutivo y al Boletín Oficial donde se publican las leyes.

Poderes del Estado

Poder Legislativo

Crea las leyes destinadas a regular la conducta de las personas y la organización de los poderes.

Poder Ejecutivo

Aplica las leyes y ordena su publicación en el Boletín Oficial.

Poder Judicial

Resuelve conflictos mediante la aplicación de la ley; es el encargado de administrar justicia.

Principios Constitucionales Fundamentales

Principio de Legalidad (Art. 19)

Todos los habitantes deben hacer lo que la ley manda. El hecho de vivir en comunidad implica que las prohibiciones solo pueden ser establecidas mediante la ley.

Principio de Razonabilidad (Art. 28)

Las leyes, al indicar qué hacer, no pueden establecer algo que desnaturalice los derechos o principios que regulan.

Principio de Igualdad (Art. 16)

Para impedir la discriminación de un grupo considerado inferior a otros, las leyes tratan de la misma forma a todos, siendo generales y obligatorias.

La Constitución Nacional

La Constitución Nacional se sancionó en 1853. Es la norma jurídica suprema que regula la organización y el ejercicio del poder, y es acatada por todos.

  • Es un instrumento de gobierno porque señala los fines que inspiran al Estado y los medios con los que cuenta para cumplir esos objetivos.
  • Es un símbolo de nacionalidad porque expresa las esperanzas, expectativas y valores que predominan en una sociedad y que comparten todos y cada uno de sus habitantes.

Clasificación de Derechos y Normas

Derecho Positivo

Conjunto de normas jurídicas vigentes en un Estado.

Derechos Fundamentales

Son los derechos reconocidos por la Constitución Nacional y se clasifican en:

  • Civiles: Derechos a la vida, integridad física y psíquica, libertades de locomoción, expresión, etc.
  • Patrimoniales: Derecho a la propiedad, a comerciar y a contratar.
  • Sociales: Derechos de los trabajadores, prestaciones de seguridad social destinadas a menores, ancianos, etc.
  • Políticos: Derecho a votar, a elegir a su candidato, a afiliarse a un partido político, etc.

Declaraciones, Derechos y Garantías

Declaraciones

Enunciado de los principios que rigen a nuestro país. (Ej. Art. 1).

Derechos

Reconocimiento de las facultades y libertades de las personas mediante leyes.

Garantías

Aseguran la existencia y el ejercicio de los derechos.

Aspectos Clave del Ordenamiento Jurídico

Supremacía Constitucional

Como garantía de seguridad jurídica, es la norma suprema que genera orden, libertad y justicia.

Derecho Internacional Público

Regula las relaciones entre los Estados. (Ej. ONU, OEA, etc.).

Control Constitucional

Lo realiza el sistema judicial (jueces).

Tipos de control:

  • Difuso: Ejercido por jueces provinciales y nacionales.
  • Reparador: Jueces que controlan la constitucionalidad de las leyes.
  • Decisorio: Declaración judicial de inconstitucionalidad.
  • Efecto Relativo: El juez declara la inconstitucionalidad de una norma para el caso concreto, sin anularla para todos.

Reforma Constitucional

Etapas:

  • Preconstituyente: A cargo del Congreso, que declara la necesidad de la reforma.
  • Constituyente: A cargo de la Convención Reformadora, que redacta las modificaciones.

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