Fundamentos del Derecho Constitucional Español: Recursos, Organización Territorial y Reforma

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Título IX. Del Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional es el órgano del Estado encargado de velar por el cumplimiento de la Constitución y de ejercer la justicia constitucional. Sus sentencias son inapelables (no pueden ser recurridas, dado que es el órgano supremo de la Constitución) y de obligado cumplimiento.

Recursos ante el Tribunal Constitucional

Ante el Tribunal Constitucional pueden ser interpuestos dos tipos de recursos:

  1. Recurso de Inconstitucionalidad. Tiene por objeto instar al Tribunal Constitucional para que se pronuncie sobre si una ley es contraria o no a lo dispuesto en la Constitución. Están legitimados para interponerlo el Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, cincuenta diputados o cincuenta senadores.

  2. Recurso de Amparo. Lo puede interponer cualquier persona natural o jurídica, así como el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal, cuando los poderes públicos hayan violado los derechos y libertades constitucionales del ciudadano o de cualquier ente.

Principios del Ordenamiento Jurídico

¿Qué significa el principio de jerarquía normativa?

El principio de jerarquía normativa es aquel en virtud del cual una norma de rango inferior no puede ir contra lo dispuesto en otra de rango superior.

Mecanismos Económicos y de Fiscalización

A. Los Presupuestos Generales del Estado (PGE)

Los Presupuestos Generales del Estado son una ley en la que se plasman la totalidad de los ingresos y los gastos del sector público durante un año. Son el desarrollo del programa político del Gobierno de acuerdo con los objetivos políticos y económicos que pretende alcanzar; en ellos se fijan las cantidades destinadas a educación, sanidad, obras públicas, defensa, etc.

El Gobierno deberá elaborar y presentar ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales del Estado tres meses antes de la expiración de los del año anterior. Si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se entenderán automáticamente prorrogados los presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos.

B. El Tribunal de Cuentas

Las cuentas del Estado son objeto de control y censura. Esta labor es llevada a cabo por el Tribunal de Cuentas, órgano supremo fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del Estado y de todo el sector público. Depende directamente de las Cortes Generales y comunicará las infracciones o responsabilidades en que, a su juicio, se hubiese incurrido.

Título VIII. De la Organización Territorial del Estado

El Estado se organizará territorialmente en municipios, provincias y las comunidades autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses. Se distingue entre Administración local y Administración autonómica.

Estructura Territorial

  • La provincia es una entidad formada por la agrupación de municipios y su gobierno corresponde a las Diputaciones, que en los archipiélagos se denominan cabildos y consejos.

  • Las Comunidades Autónomas están formadas por las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes.

Título X. De la Reforma Constitucional

Existe la posibilidad de reforma de la Constitución de acuerdo con el siguiente procedimiento:

  1. Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras.

  2. Si no hubiera acuerdo entre ambas Cámaras, se intentará obtener mediante la creación de una comisión de composición paritaria de diputados y senadores.

  3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, se someterá a referéndum cuando así lo solicite una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.

La Constitución ha sido modificada una vez para posibilitar la integración de España en la Unión Europea.

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