Fundamentos del Derecho: Conflicto, Poder y Estado
Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Derecho
Escrito el en español con un tamaño de 5,51 KB
El Fenómeno Jurídico: Conflicto y Resolución
FENOM. JURI.- Conflicto. El hombre como ser racional y libre. Formas de resolución: autocompositivas (fuerza, negociación), heterocompositivas (mediación, arbitraje, proceso).
¿Cuándo se produce el fenómeno jurídico?
Necesidad de comunidad.
Elementos del Fenómeno Jurídico
- Grupo de sujetos.
- Cánones de valoración.
- Conjunto de relaciones.
- Autoridad social.
- Tutela del orden.
Análisis de los Elementos
- Principio vital: Justifica la aparición del grupo.
- Base material: Conjunto de intereses y necesidades que se quieren satisfacer.
- Reglas de conflicto: Regulan la convivencia, coherentes con la base material y con el principio vital.
- Distinción entre Derecho Objetivo y Subjetivo:
- Derecho Objetivo: Regla que determina la conducta admisible.
- Derecho Subjetivo: Situación que deriva de la observancia de situaciones jurídicas (derechos).
Poder y Derecho
Poder: Capacidad de imposición de una conducta y exigirla.
Poder Jurídico: Capacidad para producir efectos jurídicos (A, B) creado por la norma, solo verosímil con aparato coactivo.
Relación entre Poder Jurídico, Económico y Político
- Poder Jurídico y Poder Económico: El poder económico define y limita al poder jurídico.
- Poder Político: Objetivo: realización de intereses del grupo mediante aparato coactivo (es una forma de poder jurídico).
Función del Derecho
- Como mediador: Orden social (principio vital) y organización (reglas de comportamiento que fijan bases para la supervivencia del grupo) deben estar legitimadas y gozar de obediencia.
Para la efectividad será necesaria la integración de intereses, que pueden ser: individuales (solo puede resolver por mí mismo), colectivos y generales (son de todo el grupo) que deben resolverse de acuerdo a un principio de orden, a partir del cual se generarán reglas que aseguren la cohesión del grupo. La integración de intereses no deja de ser la propia resolución de los conflictos.
Teoría Jurídica y Naturaleza del Estado
Tª JURI
Naturaleza del Estado
¿Cómo sabemos que estamos ante un Estado?
- Poder pasa de unipersonal a institucional (ej: corona y patrimonio).
- Creación de un aparato burocrático (ejercicio práctico del poder).
- Ejército permanente, centralizado y profesional (superando al feudal).
- Sistema fiscal (que sufraga gastos).
- Diplomacia.
Elemento fundamental: separación de poder político y económico (antes misma persona), que surge por:
- Nuevas formas de producir que ocasionan que parte de lo producido se destine al mercado.
- Se afirma la igualdad política, haciendo que todo individuo quede expropiado del poder político como vía para implantar competencias.
- Se hace necesaria la paz social por la necesidad de grandes mercados y de inversión.
- Confluyen intereses políticos y económicos en la expropiación de potestades públicas.
Resultado
Poder abstracto e independiente (abstracto porque con independencia de la persona física que detenta el poder, tiene una base que lo soporta e impone voluntad por medio de la ley. Es independiente de la economía) y dos actividades sociales diferenciadas (política y economía) y es flexibilidad y adaptación en su organización política.
Relación Estado y sociedad (2 esferas), política (igualdad) y economía (desigualdad), necesaria la diferencia.
Elementos del Estado
No son exclusivos de él (pero como son entendidos sí por soberanía y monopolio del poder), constitutivos puesto que si fueran presupuestos de hecho no habría relación entre ellos, son taxativos (el derecho se halla implícito), son privativos.
- Pueblo: Destinatario del poder (número de personas asentadas en un territorio). Distinto es la nación. Nacionalidad (vínculo jurídico con el que el Estado reconoce al pueblo y lo dota de derechos). Art 2 CE: la soberanía nacional reside en el pueblo.
- Territorio: Ámbito de validez de la norma jurídica. Tiene una limitación y debe ser acotado en un acuerdo entre 2 o más partes. Función: espacio para la atribución de determinados servicios, organización: centralizados o descentralizados.
- Poder: Capacidad para aprobar e imponer normas jurídicas.
- Caracteres: indivisible (sobre un pueblo y territorio solo 1 poder (que no quita que pueda estar organizado)), centralizado (somete a una colectividad), político (objetivo para fines generales) no económico, secular (civil, no se propone más que fines temporales), supremo: construye la organización política más fuerte.