Fundamentos del Derecho: Conceptos Esenciales de la Teoría Jurídica
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Introducción a los Conceptos Jurídicos Fundamentales
A continuación, se presentan definiciones clave para comprender las bases del Derecho:
Hechos Jurídicos
Situaciones que, por acciones de la naturaleza o actividad de las personas, producen consecuencias jurídicas al encuadrarse en los supuestos establecidos por el Derecho.
Hechos de la Naturaleza
Situaciones que se producen fuera de la voluntad de las personas, pero que generan efectos jurídicos.
Hechos de las Personas
Acontecimientos realizados por las personas que, al encuadrarse en los supuestos establecidos en las normas jurídicas, producen consecuencias de Derecho.
Actos Jurídicos
Manifestaciones de voluntad que, al encuadrarse en un supuesto de hecho normativo, producen los efectos jurídicos deseados por las partes.
Objeto del Acto Jurídico
Es el conjunto de derechos y obligaciones que se crean, modifican, transmiten o extinguen mediante el acto jurídico.
Consentimiento
Manifestación de voluntad libre, sin vicios (error, dolo, violencia), por parte del sujeto jurídico.
Actos Jurídicos Conmutativos
Aquellos cuyos efectos son conocidos y determinados desde el momento de su celebración.
Actos Jurídicos Aleatorios
Aquellos cuyos efectos dependen de un acontecimiento futuro e incierto.
Condición Suspensiva
Condición que evita que los efectos del acto jurídico se produzcan hasta que se cumpla.
Negocio Jurídico
Declaración de voluntad que, cumpliendo los requisitos legales, busca la realización de un fin jurídico y produce una relación jurídica con sus consecuencias.
Derechos y Deberes Jurídicos
Derecho Subjetivo
Facultad derivada de la norma jurídica que permite a un sujeto exigir una determinada conducta (acción u omisión) a otro.
Deber Jurídico
Restricción de la libertad exterior de una persona, impuesta por una norma jurídica, que implica una conducta positiva (hacer) o negativa (no hacer).
Voluntad Propia (Autonomía de la Voluntad)
La voluntad personal es determinante para el nacimiento de ciertos deberes y derechos jurídicos.
Voluntad de la Ley
La voluntad de la persona está sujeta, desde su nacimiento, a lo dispuesto por la ley.
Deberes Originarios
Deberes fundamentales que las personas deben guardarse mutuamente (ej. no dañar a otro).
Deberes Derivados
Deberes que se derivan de los originarios y buscan su realización particular o específica.
Deberes Relativos
Deberes que se hacen frente a una persona determinada o a un grupo específico de personas.
La Relación Jurídica y sus Manifestaciones
Relación Jurídica
Vínculo jurídico entre dos o más sujetos, surgido de la realización de un supuesto normativo, que genera derechos y deberes recíprocos.
Relación Jurídica Sustantiva
Determina la forma de conducta que deben observar las personas en el ámbito del Derecho material.
Relación Jurídica Procesal
Conjunto de normas adjetivas que establecen la serie de pasos a seguir para conseguir el cumplimiento de un derecho o la resolución de un conflicto ante los órganos jurisdiccionales.
Mecanismos de Tutela Jurídica
Acción
Poder jurídico que tiene todo sujeto de Derecho para acudir a los órganos jurisdiccionales y solicitar la tutela de un derecho o interés legítimo.
Acción Civil
Derecho para plantear reclamaciones de naturaleza civil ante los órganos judiciales, buscando la protección o reparación de un derecho.
Acción Penal
Poder jurídico de promover la actuación jurisdiccional penal, a fin de que el juzgador investigue, juzgue y, en su caso, sancione una conducta delictiva.
Pretensión
Es la exigencia de la subordinación del interés ajeno al interés propio, formulada ante un órgano jurisdiccional.
Proceso
Serie de actos concatenados que se desenvuelven con el objeto de resolver un conflicto de intereses mediante un juicio de autoridad (sentencia).
Sanción
Consecuencia jurídica desfavorable que se produce por el incumplimiento de un deber jurídico en relación con el obligado.
Las Personas Jurídicas Colectivas
Definiciones y Ejemplos
- Institucionales: El Estado, las municipalidades, las iglesias, la Universidad de San Carlos.
- Fundaciones: Las fundaciones y demás entidades de interés público creadas o reconocidas por la ley.
- Asociaciones: Las asociaciones sin fines lucrativos y las organizaciones similares.
Clasificación de las Personas Jurídicas Colectivas
- Personas jurídicas de Derecho Público.
- Personas jurídicas de Derecho Privado e interés particular.
- Personas jurídicas de Derecho Privado e interés público o general.
Clasificación Legal de Personas Jurídicas
- Instituciones.
- Fundaciones.
- Asociaciones.
- Sociedades Mercantiles.
Elementos de la Persona Jurídica Colectiva
- Pluralidad de sujetos.
- Fin.
- Patrimonio.
- Reconocimiento legal.
Atributos de la Persona Jurídica Colectiva
- Nombre o Razón Social.
- Domicilio.
- Capacidad.
- Nacionalidad.
Principios Adicionales
Hecho o Causa (del Acto Jurídico)
Es el motivo que induce al acto jurídico.
Protección Institucional
El Estado y sus manifestaciones se encuentran protegidos por el Derecho.