Fundamentos del Derecho: Conceptos Esenciales, Ramas y Aplicación Jurídica
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El Derecho: Conceptos Esenciales y Fundamentos
El Derecho es el conjunto de normas y principios que regulan la convivencia en una sociedad, con el propósito de alcanzar la justicia. Su cumplimiento, si no es voluntario, puede ser impuesto por la fuerza legítima del Estado.
Funciones del Derecho: Coyunturales y Permanentes
Funciones Coyunturales
Las funciones coyunturales del Derecho abordan problemas cotidianos específicos de una sociedad, reaccionando mediante la adopción de medidas para resolverlos. Por ejemplo, ante un aumento de accidentes de tráfico, el Gobierno puede aprobar normas que endurezcan las sanciones.
Funciones Permanentes
Las funciones permanentes son aquellas que el Derecho cumple de manera constante. Se distinguen tres tipos principales:
Resolución de Conflictos de Intereses
La convivencia en grupo inevitablemente genera conflictos, muchos de los cuales suelen tener un origen económico. El Derecho proporciona mecanismos para su resolución.
Encauzamiento de la Vida Social
El Derecho busca garantizar una convivencia pacífica y ordenada a través de:
- Instituciones que garantizan la paz social: policía, tribunales de justicia.
- Normas que organizan nuestras vidas.
Características Fundamentales de las Normas Jurídicas
Imperatividad
Las normas jurídicas son un mandato dirigido a los ciudadanos, obligándonos a realizar o abstenernos de una determinada conducta.
Coactividad
Aunque el ser humano posee libertad para acatar o no las normas, el Derecho reacciona ante su incumplimiento mediante la intervención de los tribunales de justicia, garantizando su aplicación forzosa.
Ramas del Derecho: Público y Privado
Derecho Público
El Derecho Público regula las relaciones en las que interviene el Estado y demás entidades públicas (como Comunidades Autónomas o Ayuntamientos). En esta rama, prevalece la idea de jerarquía y la protección de los intereses generales.
Derecho Constitucional
Es el conjunto de normas de rango superior en un país que establecen las instituciones básicas del Estado, su funcionamiento y relaciones, junto con los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos.
Derecho Administrativo
Regula la organización y el funcionamiento de las Administraciones Públicas, las relaciones entre ellas, sus potestades y privilegios, así como su actividad orientada a satisfacer el interés público.
Derecho Penal
Comprende las normas que facultan al Estado para imponer penas (sanciones por su gravedad y trascendencia social) a quienes cometen delitos. Un principio básico del Derecho Penal es la tipicidad.
Derecho Financiero
Se dirige a la obtención y utilización de recursos económicos destinados a satisfacer las necesidades de una sociedad en cada momento histórico.
Derecho Procesal
Regula la actuación de los órganos jurisdiccionales (tribunales de justicia) y los procedimientos para la aplicación del Derecho.
Derecho Privado
El Derecho Privado regula las relaciones que se producen entre particulares, o entre particulares y el Estado u otros entes públicos cuando estos actúan sin prerrogativas de poder público.
Derecho Civil
Organiza las relaciones entre particulares en un plano de igualdad jurídica.
Derecho Mercantil
Comprende las normas que regulan la actuación de los empresarios y las relaciones derivadas de la actividad comercial.
Derecho del Trabajo
Es el conjunto de normas que regulan las relaciones laborales entre empleadores y trabajadores.
Diferencias Clave entre Derecho Público y Privado
En el Derecho Público predominan las normas de tipo imperativo, mientras que en el Derecho Privado son de carácter dispositivo.
En el Derecho Privado, los sujetos que intervienen en las relaciones actúan en un plano de igualdad jurídica. En contraste, en el Derecho Público, la Administración Pública posee atribuciones y prerrogativas especiales.
Las normas del Derecho Privado buscan favorecer los intereses particulares, mientras que las del Derecho Público están orientadas al interés general.
Normativa Fundamental y Clasificación de Normas Jurídicas
El Código de Comercio
El Código de Comercio es una norma fundamental dentro del Derecho Empresarial. Históricamente, cuando se refiere a 'comerciante', hace alusión al concepto de empresario.
Clasificación de las Normas Jurídicas
- Por Territorio de Aplicación: Se clasifican según el ámbito geográfico donde exigen su cumplimiento: Internacionales, Estatales, Regionales y Locales.
- Por Duración: Pueden ser de vigencia limitada (establecidas para un periodo específico) o de duración indefinida hasta su derogación por una norma posterior.
- Por Procedencia: Se distinguen normas Legales (emanadas del poder legislativo), Jurisprudenciales (derivadas de la interpretación judicial) y Negociables (fruto de acuerdos entre particulares, como contratos).
Tipos de Normas según su Carácter
Normas Imperativas
Las normas imperativas contienen un mandato dirigido al destinatario, de obligado cumplimiento.
- Preceptivas: Aquellas que nos obligan a realizar determinadas conductas.
- Prohibitivas: Aquellas que prohíben realizar determinadas conductas.
Normas Dispositivas
Las normas dispositivas facultan a sus destinatarios a realizar una conducta distinta de la prevista en la norma, permitiendo la autonomía de la voluntad siempre que no contravenga el orden público o la ley imperativa.
El Derecho Mercantil y Empresarial: Conceptos Clave
El Derecho Mercantil, también conocido como Derecho Empresarial, pertenece a la rama del Derecho Privado. Es una disciplina especial que se ocupa del empresario y de la actividad empresarial, regulando los aspectos jurídico-privados y las relaciones entre particulares en el ámbito de los negocios, excluyendo las de carácter laboral.
El Empresario Mercantil Individual
El empresario mercantil individual es la persona física que ejerce en su propio nombre una actividad constitutiva de empresa de forma habitual.
Requisitos para ser Empresario
- Capacidad de Obrar y Capacidad Legal: Se requiere ser mayor de edad y tener la libre disposición de los bienes.
- Prohibiciones:
- Absolutas: Afectan a empresarios declarados en quiebra mientras no hayan sido rehabilitados.
- Relativas: Impiden el ejercicio de la profesión mercantil dentro de los límites de distritos, provincias o localidades donde desempeñen funciones incompatibles.