Fundamentos del Derecho Comercial: Actos de Empresa, Factoring y Régimen de la Factura

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Actos Ejecutados por Empresas (5-9)

Noción de Empresa

Entidad que **reúne y organiza los factores de producción** para intervenir en el mercado de bienes y servicios con **propósito lucrativo**.

Actos Formales de Comercio (10)

Son aquellos que siempre tienen el **carácter mercantil** para ambas partes, sin importar la naturaleza del acto. La mercantilidad se da por la **forma del acto**, cualquiera sea la causa u objeto, y sin importar las personas que intervengan. Excluye a los **actos mixtos** y a la **teoría de lo accesorio**.

“Las operaciones sobre **letras de cambio**, **pagaré** y **cheque** sobre documentos a la orden, cualquiera que sea la causa y objeto y las personas que en ella intervengan, y las remesas de dinero de una plaza a otra hecha en virtud de un contrato de cambio.”

Letra de Cambio

Título de crédito que contiene la **orden no sujeta a condición** de pagar una cantidad de dinero en la época fijada en ella o a su presentación. Obliga a cumplirla para con el beneficiario designado a su orden, o con el **portador legítimo**, al aceptante librador, a quienes la hayan hecho circular por **endoso traslaticio** y los que garanticen su pago por alguno de los nombrados.

Comerciante

Son comerciantes los que, teniendo **capacidad para contratar**, hacen del comercio su **profesión habitual**.

Requisitos para ser Comerciante:

  • Capacidad.
  • Dedicarse al comercio.
  • Hacer del comercio su profesión habitual.
  • Actuar a nombre propio.

Importancia de ser Comerciante

  1. Obligaciones: Inscripción de ciertos documentos, llevar **contabilidad mercantil**, pagar patente municipal y emitir factura.
  2. Para efectos de quiebra.

Factoring

Es la **actividad financiera y de colaboración** mediante la cual la empresa que se dedica a ella adquiere los **créditos** de que son titulares los comerciantes respecto de sus clientes, garantizando el pago de los mismos a cambio de una **retribución**, anticipando el valor de tales acreencias con devengo de intereses.


La Factura y su Régimen Legal

Contenido de la Factura

  1. Nombre y domicilio de las partes que intervienen en el contrato de CV o prestación de servicios que origina la expedición del título.
  2. RUT de las partes.
  3. Cantidad expresada en **moneda de curso**.
  4. Descripción de la mercadería o el servicio.
  5. Suma global a pagar.

Requisitos Adicionales y Sanciones

Para que sea **transferible** y tenga **mérito ejecutivo**, la copia debe ser idéntica a la original y debe incluir la mención de *cesible*. Si no lo indica, no puede transferirse. Debe haber **constancia del recibo** de las mercaderías o de la prestación de servicios.

Por su incumplimiento, se aplica una multa a beneficio fiscal de hasta un 50% del monto de la factura, con un máximo de **40 UTM**.

Cesión de Factura

Puede ser transferida en **dominio o cobranza**.

Requisitos Formales:

  1. Entrega material de la copia cesible al cesionario.
  2. Firma del cedente.
  3. Nombre e individualización del cesionario.
  4. Notificar al deudor.

Requisitos de Fondo:

  • Debe ser **incondicional**, **irrevocable** y **vinculante**.
  • No existe limitación legal en cuanto al número de cesiones de dominio que puedan efectuarse ni respecto de la calidad de cesiones.

Efectos Jurídicos de la Cesión:

  1. Transferencia de dominio.
  2. El cesionario se **subroga** en los derechos del cedente.
  3. El crédito sale del patrimonio del acreedor y no puede ser embargado.
  4. El cedente queda liberado de responsabilidad.
  5. El deudor debe pagar al cesionario, no al cedente.
  6. Al cesionario le son **inoponibles** las excepciones personales que el deudor tenía para con el cedente.

Mérito Ejecutivo de la Factura

  1. Si está **irrevocablemente aceptada** y consta en el recibo, constituye **título ejecutivo**.
  2. Pago actualmente **exigible**.
  3. No debe encontrarse **prescrita**.

Procedimiento de Notificación e Impugnación

Debe **notificarse al deudor**, quien puede objetarlo hasta dentro de **3 días** por alguna causa legal. La impugnación se tramitará como incidente, y la resolución que lo deniega es susceptible de apelación en el **solo efecto devolutivo**.

Cuando dolosamente se impugna, se condena al pago del saldo insoluto más **indemnización de perjuicios**. Su plazo de prescripción es de **un año** desde su vencimiento.

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