Fundamentos del Derecho Civil: Conceptos Esenciales y Atributos Jurídicos

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El Derecho Civil: Conceptos Fundamentales

El Derecho Civil regula la mayoría de las figuras jurídicas existentes en el ámbito legal. Sin embargo, es crucial diferenciarlo claramente de otras ramas del derecho.

El Derecho Civil es un conjunto de normas jurídicas que se encarga de regular a las personas como sujetos de derecho, así como sus atributos, los bienes, la propiedad, las obligaciones, los contratos y diversas relaciones entre los particulares.

Las Personas en el Derecho Civil

Se denomina personas físicas o naturales a todos aquellos hombres y mujeres que existen en la naturaleza y que están vivos.

Atributos de las Personas Físicas

  • El nombre: Es un conjunto de palabras que identifican a una persona, permitiéndole tener una personalidad propia y legal.
  • El domicilio: Es el lugar donde reside o vive actualmente una persona.
  • El domicilio legal: Es el lugar donde la autoridad judicial competente o la ley fija la residencia de la persona para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.
  • El domicilio convencional: Es aquel que la persona tiene derecho a designar para el cumplimiento de determinadas obligaciones.
  • El patrimonio: Conjunto de derechos y obligaciones apreciables en dinero.
  • La capacidad de goce: Actitud de ser titular de derechos o de ser sujeto de obligaciones por el solo hecho de ser una persona.
  • La capacidad de ejercicio: Es la facultad de hacer valer sus derechos y contraer y cumplir con sus obligaciones.
  • El estado civil: Es la relación jurídica concreta que guarda la persona con relación a la familia, el Estado y la nación.
  • La nacionalidad: Es el vínculo jurídico que guarda con el Estado.

Atributos de las Personas Jurídicas Colectivas o Morales

  • La razón social o denominación social: Es la identificación que permite a la persona moral establecer relaciones jurídicas con otras personas.
  • El domicilio: Es aquel donde se encuentra establecida su administración.
  • El patrimonio: Todo derecho u obligación susceptible de valorarse en dinero.

Los Bienes en el Derecho Civil

Un bien es todo aquello susceptible de apropiarse y valorarse en dinero.

Tipos de Bienes

  • Los bienes muebles: Son todos aquellos que pueden trasladarse de un lugar a otro.
  • Los bienes inmuebles: Son los que por su naturaleza no pueden trasladarse de un lugar a otro.
  • Los bienes de dominio público: Son todos aquellos que pertenecen a la Federación, los estados y los municipios.
  • Los bienes de dominio de los particulares: Son todas las cosas cuyo dominio legal es de las personas y de las cuales nadie puede aprovecharse sin el consentimiento del dueño o la autorización de la ley.
  • Los bienes mostrencos: Son muebles abandonados y los perdidos cuyo dueño se ignora.
  • Los bienes vacantes: Son inmuebles que no tienen dueño cierto y conocido.

La Propiedad y la Posesión

  • La propiedad: Es la facultad que la ley otorga a una persona para disponer y disfrutar de un bien.
  • La posesión: Constituye el derecho de uso y disfrute sobre un bien.
  • La posesión originaria: La tiene en todo momento el dueño del bien, aun cuando materialmente no lo tenga consigo.
  • La posesión derivada: La tiene la persona a la que le fue concedido el derecho de usar y disfrutar el bien.

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