Fundamentos del Derecho Administrativo: Principios, Potestades y Fuentes Normativas
Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Derecho
Escrito el en
español con un tamaño de 3,72 KB
Principio de Legalidad: Fundamento del Derecho Administrativo
El Principio de Legalidad implica el sometimiento estricto de la Administración Pública al Derecho. Todos los poderes públicos se encuentran sujetos a la ley. España es un Estado de Derecho que asegura el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular.
A partir de este principio fundamental surgen otros principios esenciales:
- Principio de Seguridad Jurídica.
- Principio de Interdicción de la Arbitrariedad de los Poderes Públicos.
- Principio de Publicidad de las Normas.
La Potestad Administrativa
La Potestad Administrativa es el poder jurídico unilateral que el ordenamiento reconoce a la Administración para la satisfacción del interés general.
Toda actuación de la Administración se canaliza mediante el ejercicio de potestades administrativas. Los ciudadanos están sujetos a ellas, y el resultado de su ejercicio es el Acto Administrativo.
Concepto y Características del Derecho Administrativo
El Derecho Administrativo es el derecho común y general de las Administraciones Públicas y de los demás poderes públicos en su actividad de relación con los ciudadanos.
La Administración es una organización que se integra en otra más amplia que denominamos Estado, por lo que el Derecho Administrativo es la expresión jurídica de esa organización.
Principios Inspiradores
El principio inspirador del Derecho Administrativo es el de Legalidad, que significa que la Administración no puede hacer lo que quiere, sino que debe estar sujeta a la ley. Junto a este, destaca el Principio de Ejecutividad de los Actos Administrativos.
Autonomía del Derecho Administrativo
Se caracteriza por su autonomía, debido a que se vale por sí mismo para encontrar la respuesta a problemas que no se encuentran en su normativa, sin necesidad de recurrir a otros derechos.
Fuentes del Ordenamiento Jurídico Administrativo
Las fuentes del ordenamiento jurídico español, aplicables al Derecho Administrativo, son:
- La Ley.
- La Costumbre.
- Los Principios Generales del Derecho (PGD).
Estas fuentes se aplicarán en ese orden, en defecto de la anterior. La Jurisprudencia complementará el ordenamiento jurídico con la doctrina que establezca el Tribunal Supremo al aplicar la ley, la costumbre y los PGD.
La Costumbre
La costumbre tiene un papel muy reducido en nuestro ordenamiento, aunque existen aplicaciones específicas, sobre todo en el régimen local. Más que de costumbre, en el Derecho Administrativo suele hablarse de precedentes (actos sucesivos reiterados en el mismo sentido).
Los Principios Generales del Derecho (PGD)
Los PGD tienen una gran trascendencia en el Derecho Administrativo, creando principios que han terminado por positivarse (incorporarse a la normativa escrita).
La Ley
La Ley es la norma jurídica fundamental. Se distingue entre:
Ley Orgánica
Desarrolla derechos fundamentales y libertades públicas, aprueba los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general. Su aprobación, modificación o derogación exigirá mayoría absoluta. Es importante señalar que las Leyes Orgánicas y Ordinarias no se sitúan a distinto nivel jerárquico, sino que regulan materias distintas (principio de competencia).
Ley Ordinaria
Regula el resto de materias que no están reservadas a las Leyes Orgánicas. Requiere doble lectura (Congreso y Senado) y se aprueba por mayoría simple.