Fundamentos y Delitos Clave en el Derecho Penal Económico
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Características Distintivas de los Delitos Económicos
- Modalidad de Ejecución:
- Delitos sin violencia o intimidación.
- Múltiples delitos patrimoniales.
- Bien jurídico de contenido patrimonial.
- Dimensión Colectiva:
- Criminalidad global.
- Protege bienes supraindividuales.
- Pluralidad de autores.
- Soporte en la estructura de la empresa.
- Modalidad de Ataque:
- Engaño o abuso de confianza.
- Delitos complejos de difícil prueba.
- Falta de conciencia de la víctima y falta de percepción social del carácter delictivo.
- Aspectos Procesales:
- Escasez de denuncias.
- Complejidad de las operaciones.
- Falta de inmediatez de las conductas.
- Distancia física respecto a los sujetos implicados.
- Tribunales sin conocimientos específicos.
Principio de Culpabilidad
- Causas de Inimputabilidad:
- Menores de edad.
- Enfermos mentales.
- Defectos cognitivos.
- Trastorno mental transitorio.
- Características del Principio:
- Responsabilidad penal por hecho propio.
- No se responde colectivamente.
- Imputación subjetiva.
- No se responde de forma objetiva.
- Presunción de inocencia.
- Pena justa y proporcional.
- Derecho a no declarar.
- Se responde por el hecho.
Características de los Delitos Económicos (Aspectos de Autoría)
- No hay autoría personal, sino colectiva.
- Pluralidad de sujetos activos y pasivos.
- Distancia temporal entre sujetos.
- Sin contacto físico entre víctima y autor.
- Autores no identificados.
- Subordinados ejecutan órdenes directas.
- El delito es la suma de actos individuales.
El sujeto activo opera en el seno de la empresa, dificultando su identificación y la aplicación de figuras clásicas de autoría y participación.
La Ignorancia Deliberada
Concepto creado para resolver problemas de imputación subjetiva, dado que el error de tipo excluye el dolo y, al no haber forma imprudente, la conducta sería impune.
Finalidad de la Ignorancia Deliberada
- Eludir el dolo para obtener una menor pena.
- Justificar moralmente la conducta.
- Dificultar la identificación y trazabilidad.
- No exime nunca de responsabilidad penal.
Requisitos de la Ignorancia Deliberada
- Falta de representación suficiente de los elementos del tipo.
- Decisión personal de permanecer en la ignorancia.
- Motivación de no asumir riesgos.
Críticas a la Ignorancia Deliberada
- Difícil de probar la ignorancia intencional.
- Riesgo de imputación excesiva.
- Cuestionamiento de la presunción de inocencia.
Elementos Subjetivos del Injusto
La mayoría de los delitos requieren un elemento subjetivo adicional del injusto (ánimo, finalidad, propósito específico). Sin este elemento, muchas conductas serían impunes por falta de decisión típica.
Cumplimiento de un Deber
No cabe tratándose de órdenes antijurídicas. Puede apreciarse error invencible, estado de necesidad o miedo insuperable cuando la consecuencia de desobedecer sea el despido. Exige que, aun percibiendo la antijuridicidad, el sujeto se vea obligado a realizar la conducta por miedo a las consecuencias del incumplimiento.
Funciones del Chief Compliance Officer
- Asumir el cargo y las responsabilidades.
- Implementar y ejecutar el programa de cumplimiento.
- Acreditar la existencia documental del programa.
- Recomendar el presupuesto.
- Ofrecer formación sobre riesgos y obligaciones.
- Elaborar y actualizar el código ético.
- Supervisar el cumplimiento del código ético.
- Controlar el canal ético.
- Crear una cultura de cumplimiento.
- Gestionar conflictos de intereses.
- No asumir facultades dentro de la organización administrativa.
Programa de Compliance (Cumplimiento Normativo)
Requisitos del Programa de Compliance
- Identificar las actividades que conllevan riesgos de comisión de delitos.
- Establecer protocolos para la formación de la voluntad y la toma de decisiones.
- Disponer de modelos de gestión de recursos financieros.
- Obligación de informar sobre riesgos e incumplimientos.
- Establecer un sistema disciplinario adecuado.
- Realizar verificación periódica del modelo.
Funciones del Programa de Compliance
- Crear una cultura de cumplimiento.
- Prevenir y evitar la comisión de delitos.
- Evitar la imputación penal de la persona jurídica.
Los 7 Pilares del Compliance
- Código ético.
- Compliance Officer.
- Canal de Denuncias.
- Difusión y formación.
- Verificación periódica.
- Presupuesto económico específico.
- Sistema disciplinario.
Circunstancias Atenuantes en Compliance
- Programa de cumplimiento imperfecto.
- Confesar la infracción.
- Colaborar en la investigación aportando pruebas.
- Reparar o disminuir el daño.
- Establecer un programa de compliance posterior.
Exoneración de Responsabilidad Jurídica en Compliance
- Existencia de un programa de compliance (modelo de prevención y control).
- Designación de un director de cumplimiento.
- Elusión fraudulenta del modelo por parte del autor.
- Que no haya fallado el órgano de cumplimiento.
Penas Aplicables en Compliance
- Multas por cuotas o proporcionales.
- Disolución de la persona jurídica.
- Suspensión de actividades hasta 5 años.
- Clausura de locales hasta 5 años.
- Prohibición temporal o definitiva de actividades.
- Inhabilitación para obtener subvenciones y beneficios públicos.
El Delito de Estafa
Pena Agravada (Art. 250 CP)
- Prisión de 1 a 6 años y multa de 6 a 12 meses.
- Afectación a cosas de primera necesidad, viviendas o bienes de utilidad social.
- Abuso de firma de otro.
- Afectación al patrimonio histórico o cultural.
- Especial gravedad de la situación de la víctima o del perjuicio causado (superior a 50.000 euros).
- Abuso de relaciones personales.
- Estafa profesional.
- Reincidencia.
Características de la Estafa
- Ataca el patrimonio desde fuera.
- Entrega voluntaria del bien por parte de la víctima.
- El autor no arrebata el bien.
- Necesidad de un engaño previo.
Tipos Autónomos de Estafa
- Falsas facultades de dominio inexistentes.
- Ocultar cargas sobre un bien.
- Gravar una cosa posterior a su venta.
- Doble venta de un bien.
- Contrato simulado.
Elementos Subjetivos de la Estafa
- Dolo.
- Ánimo de lucro.
- Dolo sobre cargas gravadas.
Formas de Ejecución de la Estafa
- Consumación.
- Tentativa.
- Actos preparatorios.
El Delito de Falsedad Documental
Conductas Típicas de Falsedad Documental
- Crear un documento falso.
- Manipular un documento verdadero.
- Utilizar un documento falso a sabiendas de su falsedad.
Funciones del Documento
- Permanencia: Perpetúa información o voluntad.
- Probatoria: Acredita voluntad o hechos.
- Garantía: Identifica al autor de la declaración.
Bien Jurídico Protegido en la Falsedad Documental
- Fe pública.
- Seguridad del tráfico jurídico.
- Confianza social en el valor probatorio de los documentos.
Requisitos de Relevancia Penal
- Soporte material capaz de recoger información.
- Incorporación de la información al soporte.
- Información relevante (datos, hechos, imágenes con eficacia probatoria).
Requisitos de Imputación
- Atribución a personas.
- Susceptibilidad de generar efectos en el tráfico jurídico.
- Destinado a uso en el tráfico jurídico.
Clases de Falsificación
1. Documento Público u Oficial
- Elaborados por funcionario público con formalidades legales y efectos administrativos.
- Autores: Funcionarios, autoridades y particulares (ej. documento de registro civil, mercantil).
- Conducta Típica: Alterar documento en elemento esencial, simular documento induciendo a error, suponer intervención de personas inexistentes o faltar a la verdad.
2. Documentos Privados
- Realizados por particulares.
- Es un delito común.
- Mismas conductas que en documento público.
- La finalidad es perjudicar a otro.
- Es punible usar documento falso o tener materiales para falsificar.
3. Certificados
- Documentos que certifican o acreditan hechos, circunstancias o situaciones.
- Su autor son facultativos médicos, autoridad o funcionario (delito especial).
- La modalidad común es el particular que usa un certificado falso.
4. Tarjetas de Crédito, Débito y Cheques
- Delito común no aplicable a falsificación de moneda.
- Conducta Directa: Alterar, copiar, reproducir, falsificar, tener o usar.
- Conducta Indirecta: Disponer de materiales para falsificar.
- Agravante: Pluralidad de víctimas, organización criminal.
Tipo Objetivo de la Falsedad Documental
Expresar en el documento o incluir datos incompatibles con hechos constatados, afectando a la funcionalidad del documento. Debe ser relevante y esencial; de lo contrario, la conducta es atípica.
Tipo Subjetivo de la Falsedad Documental
Debe haber dolo, conocimiento de la falsedad y voluntad de realizarla. Existen elementos específicos según la modalidad.
El Delito de Corrupción en los Negocios (Corrupción Privada, Art. 286 CP)
Bien Jurídico Protegido
- Competencia justa y honesta.
- Buen funcionamiento del mercado.
- Transparencia económica.
Características
Es un delito de peligro y perseguible de oficio.
Tipo Básico Pasivo
- Conducta: Recibir, solicitar o aceptar beneficios no justificados, buscando favorecer indebidamente a otros en la adquisición/venta de mercancías, contratación de servicios o relaciones comerciales.
- Sujeto Activo: Director, administrador, empleado, colaborador.
Tipo Básico Activo
- Conducta: Prometer, ofrecer o conceder beneficios no justificados.
- Sujeto Activo: Cualquier persona.
- Sujeto Pasivo: Director, administrador, empleado, colaborador.
Tipo Mixto Deportivo
- Sujetos: Deportistas, árbitros, jueces deportivos.
- Finalidad: Predeterminar deliberada y fraudulentamente el resultado.
Tipo Cualificado
- Corrupción de funcionarios públicos.
- Conducta: Ofrecer, prometer, conceder beneficios o atender solicitudes para conseguir o conservar un contrato, negocio o ventaja competitiva en actividades económicas internacionales.
- Pena: 3 a 6 años de prisión.
Tipo Agravado
- Circunstancias de especial gravedad: Beneficio elevado, acción no ocasional, hechos en organización criminal, bienes o servicios humanitarios o de primera necesidad.
- Agravantes para corrupción deportiva: Influir en juegos de azar, apuestas, competiciones profesionales.
El Delito de Blanqueo de Capitales
Objetivo de la Política Criminal
Evitar que el dinero procedente de actividades ilícitas ingrese en la economía legal.
Fases del Blanqueo de Capitales
- Colocación: Entrada del dinero en el sistema financiero.
- Diversificación: Operaciones dirigidas a borrar el rastro del dinero.
- Integración: Retorno de bienes aparentemente legales al sujeto que blanqueó.
Tipos Penales de Blanqueo de Capitales
Tipo Básico (Art. 301 CP)
- Conducta: Adquirir, poseer, utilizar, convertir o transmitir bienes de procedencia ilícita.
- Elemento Subjetivo: Conocimiento del origen ilícito.
- Finalidad: Ocultar la procedencia ilícita o ayudar a eludir las consecuencias legales.
- Pena: 6 meses a 6 años de prisión + multa + inhabilitación.
Tipo Agravado
- Cuando provenga de delitos como tráfico de drogas, organizaciones criminales o delitos graves.
Admite modalidad imprudente.
Bien Jurídico Protegido en el Blanqueo de Capitales
- Transparencia del sistema financiero.
- Legitimidad de la actividad económica.
- Administración de justicia.
- Orden socioeconómico.
Consecuencias del Blanqueo de Capitales
- Ocultar y acumular riqueza ilícita.
- Evitar imputación penal.
- Aumento de ganancias mediante reinversión.
- Financiar actividad delictiva.
- Corromper el sistema legal.