Fundamentos y Corrientes de la Filosofía del Derecho
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Filosofía del Derecho
La Filosofía del Derecho es la filosofía aplicada al derecho; es el conocimiento de la realidad jurídica en sus últimas causas y en su más íntimo ser. En este sentido, la Filosofía del Derecho no estudia este o aquel derecho positivo, como lo tratan de hacer ver las ciencias jurídicas, sino que estudia el derecho en general y en sus momentos universales. Estudia el ser, el concepto y el valor del derecho. Estudia lo que hay de a priori y necesario del derecho.
El Iusnaturalismo
El Iusnaturalismo se define como la doctrina que considera al derecho desde el punto de vista natural. En pocas palabras, es una escuela de pensamiento para la que existe un derecho superior (Derecho Natural), teniéndose como características principales:
- No es creado por el hombre (es anterior a él).
- Es intrínseco a la naturaleza humana misma.
- Es universal, objetivo, eterno e inmutable.
- Está orientado a la convivencia pacífica y segura en la que impere la justicia.
Bajo esta premisa, el ser humano tiene unos derechos pre-estatales, es decir, anteriores a la formación de cualquier comunidad política, los cuales deben ser respetados por el Estado y no pueden ser violados. Es decir, los derechos inalienables y subjetivos de cada ser humano son, en últimas, los dispositivos que permiten la creación del Estado, dado que es cada individuo el que decide racionalmente entregar a un tercero regulador una fracción de su autonomía y soberanía para que este le asegure el disfrute de sus otros derechos y, además, se abstenga de atacarlos arbitrariamente. Esta doctrina nace como respuesta a los abusos de poder cometidos por el poder absolutista frente a los súbditos.
Iuspositivismo: Concepto
El positivismo pretende que no hay más conocimiento que el de los hechos y las relaciones entre estos; niega el conocimiento metafísico (el ser desde sus principios, de sus propiedades y primeras causas) y apriorístico (que va desde la causa hasta el efecto). El positivismo se caracteriza por su hostilidad a toda construcción y deducción no fundamentadas a través de la experiencia, ya que la veía siendo reducida a los resultados de las ciencias y por el naturalismo, que aplica los métodos de las ciencias naturales a través de la observación, comparación e inducción.
El positivismo fue muy bien acogido por todos los campos del saber, tuvo gran éxito en las ciencias naturales y se esperaban grandes resultados de las ciencias sociales, incluso la ciencia jurídica, asumiendo dos grandes grupos:
- Positivismo analítico.
- Positivismo sociológico.
En ambas corrientes, la tendencia era eliminar de la teoría del derecho la especulación metafísica y filosófica, limitando el campo de la investigación científica al mundo de lo empírico.
También nacen como tendencia del positivismo jurídico el materialismo económico, el utilitarismo y el pragmatismo, las cuales se caracterizaban por la antipatía a la metafísica, la repulsión de todo principio superior (formal o ético) al cual tenga que referirse como justificación del derecho, la aceptación unánime del método experimental y la inducción para establecer el concepto y definición de derecho.
Características Generales
- El rechazo de la metafísica y de toda proposición no vinculada con hechos constatados.
- El rechazo de los juicios de valor, en cuanto no se apoyan en certezas y en leyes científicas.
- El empirismo, único medio de llevar a cabo observaciones sistemáticas y ciertas, para deducir conclusiones válidas.
- El fenomenalismo, que sólo acepta la experiencia obtenida por la observación de los fenómenos.
Realismo Jurídico
El realismo jurídico es una doctrina filosófica que identifica al derecho con la eficacia normativa, con la fuerza estatal o con la probabilidad asociada a las decisiones judiciales. Para los realistas jurídicos, el derecho no está formado por enunciados con contenido ideal acerca de lo que es obligatorio, sino por las reglas realmente observadas por la sociedad o impuestas por la autoridad estatal.
Uno quiere pensar que los jueces adoptan decisiones racionales basadas en la aplicación lógica de los preceptos legales. Es tranquilizador pensar que la acción de la justicia obedece a una lógica y que esa lógica es independiente de factores ambientales o de otro tipo. Pero puede que las cosas no sean exactamente así o, mejor dicho, es posible que en el mundo real las decisiones que toman los jueces se alejen demasiado de esa racionalidad legal.