Fundamentos del Contrato de Trabajo y Relaciones Laborales: Derechos y Obligaciones
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El Contrato de Trabajo y el Derecho Laboral: Conceptos Fundamentales
Este documento aborda los aspectos esenciales del contrato de trabajo y su regulación dentro del Derecho Laboral, así como los sujetos implicados en las relaciones laborales.
Los Sujetos de las Relaciones Laborales
El Trabajador Asalariado
El trabajador asalariado es la persona física que voluntariamente presta sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario.
Notas de la Definición Legal
- Remuneración: El trabajo debe ser retribuido económicamente.
- Voluntariedad: La prestación de servicios se realiza de forma libre y consentida.
- Subordinación o Dependencia: El trabajador se somete a las directrices y organización del empleador.
- Ajenidad: Los frutos del trabajo y los riesgos económicos de la actividad recaen sobre el empleador, no sobre el trabajador.
Presunción de Laboralidad
Se presume la existencia de relación laboral entre quien presta un servicio retribuido y quien lo recibe, salvo prueba en contrario.
El Empleador o Empresario
El empleador o empresario es la persona, física o jurídica, que recibe la prestación de servicios del trabajador, organiza y dirige la actividad laboral, y asume los riesgos económicos de la misma.
Definición Jurídico-Laboral de Empresario
Es la persona que organiza y dirige el trabajo ajeno, asumiendo los riesgos y beneficios de la actividad productiva.
Empresario: Persona Física o Jurídica
El empleador puede ser tanto una persona física (autónomo, profesional) como una persona jurídica (sociedad, asociación, etc.).
Relaciones de Trabajo Triangulares: ETTs y Subcontratas
Existen situaciones donde la relación laboral no es directa entre dos partes, sino que intervienen terceros, como en el caso de las Empresas de Trabajo Temporal (ETTs) o las subcontratas, donde el trabajador presta servicios para una empresa usuaria pero su contrato es con la ETT o la empresa subcontratista.
El Centro de Trabajo: Relevancia Normativa
El centro de trabajo es el lugar donde los trabajadores desarrollan su actividad. Su definición es relevante para la aplicación de normativas específicas en materia de seguridad y salud laboral, representación de los trabajadores, etc.
Los Poderes del Empresario
El empresario ostenta poderes de dirección, organización y control sobre la actividad laboral, así como la facultad de imponer sanciones disciplinarias, siempre dentro de los límites legales y convencionales.
Delimitación del Contrato de Trabajo y Figuras Afines
Es fundamental distinguir el contrato de trabajo de otras relaciones de servicios que, aunque puedan parecer similares, no se rigen por el Derecho Laboral.
Exclusiones del Concepto de Trabajador
Exclusiones Legales Expresas
La legislación laboral excluye expresamente del ámbito de aplicación del Estatuto de los Trabajadores a:
- Funcionarios públicos y personal estatutario al servicio de las Administraciones Públicas.
- Prestaciones personales obligatorias (ej. jurado).
- Administradores, consejeros y asimilados en sociedades mercantiles, cuando su actividad se limite al desempeño de dicho cargo.
- Trabajos amistosos, benévolos o de buena vecindad.
- Trabajos familiares, salvo que se demuestre la condición de asalariados de quienes los realicen.
- Agentes y operadores mercantiles autónomos que asumen el riesgo y ventura de su actividad.
- Transportistas autorizados con vehículo propio que realizan su actividad de forma autónoma.
Otras Relaciones de Servicios No Laborales
Existen otras relaciones que, aunque implican una prestación de servicios, no son consideradas laborales:
- Becarios y estudiantes en prácticas formativas no laborales.
- Trabajos de colaboración social y utilidad pública.
Relaciones Laborales de Carácter Especial
Aunque son relaciones laborales, debido a sus particularidades, se rigen por normativas específicas y no por el régimen común del Estatuto de los Trabajadores. Algunas de ellas son:
- Personal de alta dirección.
- Personal al servicio del hogar familiar.
- Penados en instituciones penitenciarias y menores internados en centros de reforma.
- Deportistas profesionales.
- Artistas en espectáculos públicos.
- Agentes y operadores mercantiles dependientes.
- Discapacitados en centros especiales de empleo.
- Estibadores portuarios.
- Abogados que prestan servicios en despachos jurídicos.
- Cualquier otro trabajo que sea expresamente declarado como relación laboral de carácter especial por una ley.
Elementos y Requisitos del Contrato de Trabajo
Para la validez de un contrato de trabajo, deben concurrir una serie de elementos y requisitos esenciales.
Capacidad para Contratar
Podrán contratar la prestación de su trabajo:
- Quienes tengan plena capacidad de obrar conforme a lo dispuesto en el Código Civil (mayores de 18 años o menores emancipados).
- Los menores de dieciocho y mayores de dieciséis años, que vivan de forma independiente, con consentimiento de sus padres o tutores, o con autorización de la persona o institución que les tenga a su cargo.
- Los extranjeros, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación específica sobre la materia de extranjería.
El Consentimiento
El consentimiento de las partes (trabajador y empleador) es un elemento esencial del contrato, manifestado a través de diversos medios y técnicas de expresión.
La Forma del Contrato de Trabajo
El contrato de trabajo puede celebrarse de forma verbal o escrita, si bien la ley exige la forma escrita para determinadas modalidades.
Necesidad de Forma Escrita
Deberán constar por escrito los contratos cuando así lo exija la ley, y en particular:
- Los contratos en prácticas.
- Los contratos para la formación y el aprendizaje.
- Los contratos a tiempo parcial.
- Los contratos de trabajo de los trabajadores españoles en el extranjero.
- Los contratos de fomento de la contratación indefinida y de relevo.
- Los contratos temporales de obra o servicio con una duración superior a cuatro semanas.
- Cualquier otro que la normativa específica determine.
Consecuencias del Incumplimiento de la Forma Escrita
Si no se observa la forma escrita cuando es obligatoria, el contrato se entenderá hecho por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite su naturaleza temporal o a tiempo parcial. Cualquiera de las partes puede exigir en cualquier momento la formalización por escrito.
Obligaciones del Empresario Respecto a la Forma
- Comunicación a la Oficina de Empleo de los contratos que celebre el empresario en el plazo de 10 días desde su formalización.
- Entrega de una copia básica de los contratos a los representantes legales de los trabajadores y a la oficina de empleo.
Pactos Típicos del Contrato de Trabajo
El Período de Prueba
Es un pacto que permite a las partes (trabajador y empresario) evaluar la idoneidad de la relación laboral durante un tiempo determinado, pudiendo desistir del contrato sin necesidad de preaviso ni indemnización, salvo pacto en contrario y respetando los límites legales.
Modalidades de Contratación
La legislación laboral contempla diversas modalidades de contratación para adaptarse a las necesidades de las empresas y los trabajadores.
Contratos Indefinidos y Temporales
Los contratos indefinidos son la regla general, mientras que los contratos temporales solo pueden celebrarse por causas justificadas y por un tiempo determinado.
Contratos Formativos
Diseñados para la adquisición de experiencia profesional o la obtención de una cualificación, como los contratos en prácticas o para la formación y el aprendizaje.
Contrato a Tiempo Parcial
Aquel en el que se acuerda la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable.