Fundamentos del Contrato Laboral: Elementos Esenciales, Tipos y Derechos Salariales
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Contrato Laboral: Elementos Esenciales
El contrato de trabajo se define por los siguientes elementos:
- Actividad Personal: Solo puede ser realizado por personas físicas.
- Subordinación: Implica que una parte está subordinada a otra. Esta se clasifica en:
- Técnica: El que sabe cómo realizar la tarea.
- Jurídica: El que tiene poder de dirección.
- Económica: El empleado depende del salario.
- Onerosidad: Ningún contrato es gratuito; ambas partes obtienen un beneficio.
- Durabilidad: Está determinada por la duración del tiempo, sin que necesariamente haya una fecha a término.
Clasificación de Contratos de Trabajo
Contratos Típicos
Los contratos típicos poseen las siguientes características:
- Bilateral: Ambas partes tienen obligaciones.
- Oneroso: Los dos se benefician.
- Conmutativo.
- Consensual: Se perfecciona por el simple acuerdo de las partes.
- Principal.
- De Tracto Sucesivo: Se necesita de la realización de la actividad a lo largo del tiempo para que genere efectos jurídicos.
Contratos Atípicos
Los contratos atípicos se caracterizan por:
- Deben ser siempre escritos.
- Son a término (tienen fecha límite).
- Generalmente, no generan derecho a la indemnización por despido.
Tipos Específicos de Contratos Atípicos
- A Prueba: Para comprobar la eficiencia del empleado. Su duración es de 90 días y debe ser escrito.
- Zafral: Tienen relación con los ciclos de la naturaleza o el turismo.
- Suplencia: Es el contrato que se da entre una persona y el empleador hasta que se reintegre el titular del cargo.
- Para Egresados: Dirigido a menores de 29 años. Este contrato no puede durar más de 1 año ni menos de 3 meses.
Derechos Fundamentales del Trabajador: El Salario
Definición de Salario
El salario es la remuneración o ganancia, sea cual fuere su denominación o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en efectivo, fijada por acuerdo o por la legislación, y debida por un empleador a un trabajador en virtud de un contrato de trabajo (escrito o verbal), por la labor o servicios que este último haya efectuado o deba efectuar.
Garantías en Caso de Pago Parcial en Especie
En caso de pago parcial en especie, debe garantizarse:
- Que sean apropiadas al uso personal del trabajador y de su familia, y redunden en beneficio de ellos.
- Que el valor atribuido a esas prestaciones sea justo y razonable.
Formas de Fijación Salarial
- Por Tiempo Trabajado: Mensual, diario o por hora.
- Por Producción Realizada: Comisión, destajo, o a la parte por incentivo, asegurándose, como mínimo, el logro de un salario normal por 8 horas de trabajo.
- Por Sistema Mixto: Un salario básico por tiempo, y después de alcanzar un mínimo de producción, se establece un porcentaje por comisión o producción.
Plazos de Pago del Salario
- Pago Mensual: Dentro de los cinco primeros días hábiles y nunca después de los diez primeros días corridos del mes siguiente al que corresponda abonar. (Nota: Si el 5.º día hábil cayera después del día 10, el límite es el día 10. Si los 5 días hábiles no superan el día 8, el límite para pagar salarios es el 8 y no el 10).
- Pago Quincenal: Dentro de los cinco días hábiles al vencimiento de la quincena que deba abonarse.
- Pago Semanal: Al finalizar la respectiva semana.
Inembargabilidad de Remuneraciones
Los sueldos, dietas, pensiones, jubilaciones, jornales y salarios vencidos serán absolutamente inembargables. Solo podrán enajenarse (cederse o transferirse) hasta la tercera parte de su monto total.