Fundamentos del Contrato Laboral: Elementos Esenciales, Tipos y Derechos Salariales

Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en español con un tamaño de 4,22 KB

Contrato Laboral: Elementos Esenciales

El contrato de trabajo se define por los siguientes elementos:

  • Actividad Personal: Solo puede ser realizado por personas físicas.
  • Subordinación: Implica que una parte está subordinada a otra. Esta se clasifica en:
    • Técnica: El que sabe cómo realizar la tarea.
    • Jurídica: El que tiene poder de dirección.
    • Económica: El empleado depende del salario.
  • Onerosidad: Ningún contrato es gratuito; ambas partes obtienen un beneficio.
  • Durabilidad: Está determinada por la duración del tiempo, sin que necesariamente haya una fecha a término.

Clasificación de Contratos de Trabajo

Contratos Típicos

Los contratos típicos poseen las siguientes características:

  • Bilateral: Ambas partes tienen obligaciones.
  • Oneroso: Los dos se benefician.
  • Conmutativo.
  • Consensual: Se perfecciona por el simple acuerdo de las partes.
  • Principal.
  • De Tracto Sucesivo: Se necesita de la realización de la actividad a lo largo del tiempo para que genere efectos jurídicos.

Contratos Atípicos

Los contratos atípicos se caracterizan por:

  • Deben ser siempre escritos.
  • Son a término (tienen fecha límite).
  • Generalmente, no generan derecho a la indemnización por despido.

Tipos Específicos de Contratos Atípicos

  • A Prueba: Para comprobar la eficiencia del empleado. Su duración es de 90 días y debe ser escrito.
  • Zafral: Tienen relación con los ciclos de la naturaleza o el turismo.
  • Suplencia: Es el contrato que se da entre una persona y el empleador hasta que se reintegre el titular del cargo.
  • Para Egresados: Dirigido a menores de 29 años. Este contrato no puede durar más de 1 año ni menos de 3 meses.

Derechos Fundamentales del Trabajador: El Salario

Definición de Salario

El salario es la remuneración o ganancia, sea cual fuere su denominación o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en efectivo, fijada por acuerdo o por la legislación, y debida por un empleador a un trabajador en virtud de un contrato de trabajo (escrito o verbal), por la labor o servicios que este último haya efectuado o deba efectuar.

Garantías en Caso de Pago Parcial en Especie

En caso de pago parcial en especie, debe garantizarse:

  • Que sean apropiadas al uso personal del trabajador y de su familia, y redunden en beneficio de ellos.
  • Que el valor atribuido a esas prestaciones sea justo y razonable.

Formas de Fijación Salarial

  1. Por Tiempo Trabajado: Mensual, diario o por hora.
  2. Por Producción Realizada: Comisión, destajo, o a la parte por incentivo, asegurándose, como mínimo, el logro de un salario normal por 8 horas de trabajo.
  3. Por Sistema Mixto: Un salario básico por tiempo, y después de alcanzar un mínimo de producción, se establece un porcentaje por comisión o producción.

Plazos de Pago del Salario

  • Pago Mensual: Dentro de los cinco primeros días hábiles y nunca después de los diez primeros días corridos del mes siguiente al que corresponda abonar. (Nota: Si el 5.º día hábil cayera después del día 10, el límite es el día 10. Si los 5 días hábiles no superan el día 8, el límite para pagar salarios es el 8 y no el 10).
  • Pago Quincenal: Dentro de los cinco días hábiles al vencimiento de la quincena que deba abonarse.
  • Pago Semanal: Al finalizar la respectiva semana.

Inembargabilidad de Remuneraciones

Los sueldos, dietas, pensiones, jubilaciones, jornales y salarios vencidos serán absolutamente inembargables. Solo podrán enajenarse (cederse o transferirse) hasta la tercera parte de su monto total.

Entradas relacionadas: