Fundamentos del Contrato de Trabajo: Elementos, Tipos y Límites del Jus Variandi
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El Contrato de Trabajo: Conceptos Fundamentales
Concepto
El contrato es un acuerdo de voluntades entre dos o más partes, que requiere para su formación ciertos elementos esenciales que determina la ley.
Contrato Típico
El ingreso voluntario a una relación de trabajo es lo que se denomina contrato de trabajo, con independencia de que sea escrito o verbal.
Elementos Esenciales del Contrato de Trabajo
Los elementos son las características que debe tener la relación jurídica para que se tipifique el contrato de trabajo. Estos son:
- Actividad personal: Se refiere a la actividad que desarrolla el trabajador. El trabajo es estrictamente personal; la persona del trabajador no puede ser sustituida por otra.
- Subordinación: No equivale a sujeción o sumisión, sino que implica estar bajo la orden de otro.
- Onerosidad: Oneroso se opone a gratuito. Por lo tanto, todo lo que se realiza por solidaridad, militancia o caridad sin obtener una ganancia no constituye un contrato de trabajo.
- Durabilidad: Es la voluntad del empleador y del empleado de vincularse uno con otro de una manera estable.
Caracteres del Contrato de Trabajo
El contrato de trabajo se caracteriza por ser: bilateral, oneroso, conmutativo, principal, consensual y de tracto sucesivo.
Contrato Atípico
Es aquel que no reúne las características del trabajo típico.
Tipos de Contratos en Función del Tiempo
En relación con el tiempo de duración, se distinguen:
Contrato de Prueba
- Plazo de 90 días.
- Debe celebrarse por escrito a los efectos probatorios.
- Carece de marco regulatorio propio.
- Se celebra al inicio de la relación laboral.
- Se puede rescindir antes de los 90 días.
Contrato de Suplencia
- Se trata de una tarea transitoria.
- Se debe determinar expresamente la causa de la suplencia.
- La necesidad debe ser estricta.
- Debe desempeñarse en tareas similares y en el mismo lugar.
Contrato de Zafra
Se relaciona con los ciclos de la naturaleza o actividades turísticas. Solo se desempeñan en determinados momentos del año y se celebran en sucesivas zafras.
(Nota: Existen dos posiciones sobre si las sucesivas zafras generan o no efectividad: quienes sostienen que no cambian de naturaleza y quienes entienden que se transforman en trabajadores efectivos).
La Tercerización y la Responsabilidad Laboral
Definición de Tercerización
La tercerización (o subcontratación) es el proceso en el que una empresa transfiere a otra tercera parte de su actividad, ya sean propias del giro o accesorias (como limpieza o vigilancia).
Consecuencias de la Tercerización
- Desintegra la actividad.
- Genera menores costos para la empresa principal.
- El trabajador comparte los riesgos de la empresa.
- No siempre se generan beneficios laborales directos.
Responsabilidad Laboral Solidaria
Se determina la responsabilidad solidaria de la empresa principal con las subcontratadas en relación con las obligaciones laborales.
El Jus Variandi (Potestad de Modificación Unilateral)
Concepto y Fundamento
El Jus Variandi es la potestad del empleador de introducir unilateralmente variaciones en el contenido del contrato de trabajo, siempre que no altere de manera sustancial las condiciones de existencia.
Esta potestad responde al poder de dirección del empleador y a la potestad disciplinaria.
Límites del Jus Variandi
La aplicación de esta potestad está sujeta a límites estrictos:
- No puede ser utilizado en forma arbitraria.
- Debe responder a una necesidad vinculada a un interés objetivo de la empresa.
- No puede provocar daños materiales o morales al trabajador.
En su aplicación, siempre rige el principio de razonabilidad.
Situaciones de Variación Contractual
Las variaciones que pueden ocurrir en el contrato incluyen:
- Modificación del salario.
- Cambios de categoría, tareas o funciones.
- Modificación de horarios.
- Traslados.
Si la modificación traspasa los límites legales, el trabajador puede solicitar un despido indirecto. Si el trabajador acepta la variación, se genera una novación del contrato.