Fundamentos del Contrato de Trabajo y Derechos Laborales en España

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El Contrato de Trabajo y la Capacidad Legal

Para celebrar un contrato de trabajo, el trabajador debe tener al menos 16 años de edad. Los jóvenes de entre 16 y 18 años necesitan el permiso de sus padres o tutores para poder trabajar, salvo que vivan de forma independiente o estén legalmente emancipados.

Restricciones Laborales para Menores de 18 Años

  • Los menores de 18 años nunca pueden trabajar por la noche.
  • No pueden realizar horas extras.
  • No pueden trabajar más de ocho horas al día.

Actividades Excluidas del Estatuto de los Trabajadores

No todas las tareas en las que se prestan servicios se consideran actividades regidas por la legislación laboral (Estatuto de los Trabajadores). Están excluidas de su regulación:

  • La relación de servicios de los funcionarios públicos.
  • Las prestaciones personales obligatorias.
  • Los trabajos realizados por amistad, benevolencia o buena vecindad.
  • Los trabajos familiares (salvo prueba de la condición de asalariados).

Relaciones Laborales Especiales

Ciertos colectivos, como los comerciales o representantes, pueden estar sujetos a una relación laboral común, una relación laboral especial o, incluso, una relación mercantil, dependiendo de la naturaleza de su vínculo con la empresa.

Derechos y Deberes Laborales Fundamentales

Derechos Laborales Básicos

  • Trabajo y libre elección de profesión u oficio.
  • Libre sindicación.
  • Negociación colectiva.
  • Adopción de medidas de conflicto colectivo (incluida la huelga).
  • Reunión.
  • Participación en la empresa.

Deberes Laborales del Trabajador

El trabajador debe cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, actuando siempre de conformidad con las reglas de la buena fe y la diligencia.

Facultades de Dirección y Control del Empresario

El empresario tiene la facultad de organizar y dirigir la prestación del trabajo convenido. Esto incluye la capacidad de impartir órdenes sobre cómo, cuándo y dónde se ha de realizar el trabajo, así como vigilar y controlar la actividad laboral del empleado.

Límites a las Órdenes Empresariales

Las órdenes del empresario deben respetar los siguientes límites:

  • No pueden ser discriminatorias.
  • No deben atentar contra la dignidad del trabajador.
  • Deben regirse por el principio general de la buena fe.
  • Deben tener en cuenta las capacidades de los trabajadores con discapacidad o disminuidos.

El Salario y la Retribución Laboral

Se considera salario a la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena. El salario retribuye tanto el trabajo efectivo, cualquiera que sea la forma de remuneración, como los periodos de descanso computables como de trabajo.

Modalidades de Pago y Límites

El salario en especie no puede superar el 30% del total salarial, excepto en el caso de las empleadas de hogar.

Los salarios pueden estructurarse por:

  • Unidad de tiempo: Basado en la duración u horario del trabajo.
  • Unidad de obra: Basado en la calidad o cantidad del trabajo realizado.

Conceptos No Salariales

No tienen la consideración de salario las cantidades que reciben los trabajadores para compensar gastos realizados prestando sus servicios laborales, tales como dietas, plus de transporte, kilometraje, etc.

Complementos Salariales (Variables)

Los complementos salariales son diversas cantidades que se suman al salario base en función de circunstancias relativas a:

  • Condiciones personales del trabajador (ej. antigüedad, plus de idiomas).
  • Trabajo realizado (ej. plus de asistencia, plus de peligrosidad, toxicidad y penosidad).
  • Situación y resultados de la empresa (ej. plus de productividad, incentivos).

Liquidación de Haberes y FOGASA

Liquidación de Haberes (Finiquito)

Al finalizar la relación laboral, el trabajador tiene derecho a percibir el importe de las pagas extraordinarias y de las vacaciones devengadas, en proporción al tiempo que ha trabajado.

Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)

El FOGASA actúa como un seguro que garantiza el pago de salarios e indemnizaciones pendientes en caso de insolvencia o concurso de la empresa. Cubre hasta 150 días de salarios y hasta una anualidad (360 días) de las indemnizaciones reconocidas.

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