Fundamentos Constitucionales: Artículos Clave de la Carta Magna
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I. Derechos Humanos y Garantías Individuales
Esta sección aborda los derechos fundamentales y las libertades esenciales que protegen a todas las personas.
Artículo 1: Derechos Humanos y No Discriminación
Establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en tratados internacionales. Prohíbe la discriminación.
Artículo 2: Composición Pluricultural y Derechos Indígenas
Reconoce la composición pluricultural de la Nación mexicana y garantiza el derecho de los pueblos indígenas a su cultura, autonomía y formas de organización social, económica y política.
Artículo 3: Derecho a la Educación
Establece el derecho a la educación. El Estado es responsable de impartir la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. Garantiza la laicidad y calidad en la educación.
Artículo 4: Igualdad, Familia y Salud
Reconoce el derecho a la igualdad y a la no discriminación. Establece la protección a la familia, el derecho a decidir el número de hijos y el derecho a la salud.
Artículo 5: Libertad de Trabajo
Establece la libertad de trabajo. Prohíbe la esclavitud y la discriminación laboral.
Artículo 6: Derecho a la Información y Libertad de Expresión
Garantiza el derecho a la información. Se reconoce la libertad de expresión y el acceso a la información pública.
Artículo 7: Libertad de Culto y Separación Iglesia-Estado
Reconoce el derecho a la libertad de culto y establece la separación entre Iglesia y Estado.
Artículo 8: Derecho de Petición
Establece los derechos de petición ante las autoridades.
Artículo 9: Libertad de Asociación
Establece la libertad de asociación.
Artículo 10: Derecho a Poseer Armas
Reconoce el derecho a poseer armas para la legítima defensa y el derecho a la libertad de portarlas en el domicilio.
Artículo 11: Libre Circulación
Garantiza la libre circulación dentro del país.
Artículo 13: No Invasión de Propiedad Privada
Establece la no invasión de la propiedad privada, salvo por causa de utilidad pública.
Artículo 14: Debido Proceso y Derechos Individuales
Garantiza el debido proceso y la protección de los derechos individuales.
Artículo 15: Prohibición de Esclavitud y Trabajo Forzado
Prohíbe la esclavitud y cualquier forma de trabajo forzado.
Artículo 16: Derecho a la Privacidad
Establece el derecho a la privacidad y a no ser molestado en su persona, domicilio, papeles o posesiones.
Artículo 17: Prohibición de Justicia por Mano Propia
Establece que nadie puede hacerse justicia por sí mismo.
Artículo 24: Libertad de Creencias Religiosas
Establece la libertad de creencias religiosas y de culto.
II. Justicia y Proceso Penal
Esta sección detalla aspectos fundamentales del sistema de justicia y los procedimientos penales.
Artículo 18: Ministerio Público y Procuración de Justicia
Define la organización y atribuciones del Ministerio Público, así como la función de procurar la justicia en el país.
Artículo 19: Prisión Preventiva
Establece la prisión preventiva y la facultad del Ministerio Público para solicitarla.
Artículo 20: Proceso Penal Acusatorio y Derechos del Imputado
Define el proceso penal acusatorio y los derechos del imputado.
Artículo 21: Atribuciones del Poder Judicial
Establece las atribuciones del Poder Judicial en materia de delitos federales.
Artículo 22: Prohibición de Penas Crueles
Prohíbe las penas de muerte, mutilación, infamia, marca, azotes, palos, tormento, multas excesivas, confiscación de bienes y cualquier otra pena cruel.
III. Disposiciones sobre Extranjeros
Esta sección aborda los derechos y facultades de los extranjeros en el territorio nacional.
Artículo 12: Libertad de Trabajo para Extranjeros
Establece la libertad de trabajo para extranjeros.
Artículo 23: Adquisición de Bienes Raíces por Extranjeros
Garantiza el derecho de los extranjeros a adquirir bienes raíces en el país.
IV. Soberanía, Recursos Naturales y Desarrollo Nacional
Esta sección se centra en la planificación estatal, la propiedad de los recursos y la regulación económica.
Artículo 25: Planificación del Desarrollo Nacional
Define las facultades del Estado para planificar el desarrollo nacional.
Artículo 26: Propiedad de Recursos Naturales
Define las facultades del Estado en materia de propiedad de recursos naturales.
Artículo 27: Propiedad de la Nación sobre Recursos
Establece la propiedad de la Nación sobre tierras, aguas y recursos naturales dentro del territorio nacional.
Artículo 28: Regulación Económica del Estado
Establece las facultades del Estado para regular el comercio, la industria, la minería y la explotación de energía.