Fundamentos Clave del Contrato de Trabajo: Salario, Movilidad y Extinción Laboral
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Retribuciones y Conceptos Salariales
La Nómina y el Salario
Nómina: Recibo justificativo del pago del salario.
Salario: Son las retribuciones que cobra el trabajador por cuenta ajena por los servicios prestados, incluyendo los periodos de descanso.
Conceptos Extrasalariales
Son aquellas percepciones que no tienen naturaleza salarial y que, por lo tanto, no cotizan a la Seguridad Social ni tributan IRPF (hasta ciertos límites legales). Incluyen:
- Plus de transporte urbano.
- Plus de distancia.
- Dietas de viaje.
- Locomoción o kilometraje.
- Ropa de trabajo y desgaste de herramientas.
- Quebranto de moneda.
Cálculo de la Base de Retención IRPF
Al igual que con la Seguridad Social, es necesario calcular una base de IRPF y aplicar un tipo de retención sobre esa base.
La base de retención IRPF se calcula a partir de los devengados mensuales, descontando las cantidades que no tributan a Hacienda, como los gastos de locomoción y las dietas (dentro de los límites exentos).
Modificación del Contrato de Trabajo
El empresario tiene la posibilidad de modificar las condiciones que se establecieron en el contrato, siempre que existan razones objetivas y siguiendo los procedimientos legales. Estas modificaciones pueden ser sustanciales, funcionales o geográficas.
Movilidad Funcional
Es la capacidad que tiene la empresa de cambiar a un trabajador de puesto de trabajo.
- Movilidad dentro del grupo profesional: Se refiere a puestos semejantes.
- Movilidad fuera del grupo profesional:
- Descendente: Conlleva bajar de grupo profesional.
- Ascendente: Supone un acceso temporal.
- Movilidad Extraordinaria: Cambio definitivo fuera del grupo profesional.
Movilidad Geográfica
Es la posibilidad de la empresa de cambiar a un trabajador de un centro de trabajo, lo que conlleva un cambio de residencia, cuando existen razones objetivas.
Traslado (Cambio Definitivo)
El traslado implica un cambio de centro de trabajo de carácter definitivo que exige un cambio de residencia.
- Traslado Individual: El trabajador tiene las siguientes opciones:
- Aceptar el traslado.
- Recurrir el traslado ante el juzgado.
- Extinguir el contrato, con derecho a una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades.
- Traslado Colectivo: Debe afectar a un número determinado de trabajadores según los umbrales legales.
Desplazamiento (Cambio Temporal)
El desplazamiento es un cambio de centro de trabajo de carácter temporal.
Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo (MSCT)
Además del cambio de puesto o de centro de trabajo, la empresa puede modificar otras condiciones esenciales del contrato de trabajo. Las condiciones que pueden ser modificadas sustancialmente son:
- La jornada de trabajo.
- El horario y la distribución del tiempo de trabajo.
- El régimen de trabajo a turnos.
- El sistema de retribución y la cuantía salarial.
- El sistema de trabajo y rendimiento.
- La movilidad extraordinaria.
Ante una MSCT individual, el trabajador tiene las siguientes opciones:
- Aceptar la modificación.
- Recurrir la modificación ante el juzgado.
- Extinguir el contrato con una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, con un máximo de 9 mensualidades (si la modificación perjudica al trabajador).
Suspensión del Contrato de Trabajo
La suspensión del contrato implica que el trabajador deja de prestar sus servicios y tampoco cobra retribución de la empresa, aunque puede percibir prestaciones de la Seguridad Social.
Posibles Causas de Suspensión del Contrato
- Maternidad, paternidad y adopción.
- Riesgo durante el embarazo o durante la lactancia.
- Excedencia.
- Causas objetivas (por ejemplo, causas económicas, técnicas, organizativas o de producción - ETOP).
- Fuerza mayor temporal.
- Huelga legal o cierre legal de la empresa.
- Suspensión de empleo y sueldo (sanción disciplinaria).
- Incapacidad Temporal (baja laboral).
- Ejercicio de cargo público.
- Privación de libertad (mientras no exista sentencia condenatoria).
- Víctima de violencia de género.
- Mutuo acuerdo o un pacto válido en el contrato.
Permisos por Maternidad y Paternidad
- Maternidad: El descanso es de 16 semanas seguidas, ampliables por parto múltiple (2 semanas más por cada hijo a partir del segundo).
- Paternidad: El trabajador tiene derecho a los días que pague la empresa (generalmente 2 días) y al permiso de 13 días seguidos que paga la Seguridad Social al 100%, sumando un total de 15 días (según la legislación mencionada en el documento original). Nota: La legislación actual ha unificado y ampliado estos permisos.
Tipos de Excedencias
Las excedencias son una suspensión del contrato a iniciativa del trabajador:
- Excedencia Forzosa: Por cargo público. Se reserva el puesto de trabajo y computa para la antigüedad.
- Excedencia por Cuidado de Hijos: Durante el primer año se reserva el puesto de trabajo. A partir del segundo año (y hasta un máximo de tres años) se reserva un puesto dentro del mismo grupo profesional. Computa para la antigüedad.
- Excedencia por Cuidados Familiares: Durante el primer año se reserva el puesto de trabajo. Computa para la antigüedad.
- Excedencia Voluntaria: No se reserva el puesto de trabajo ni computa para la antigüedad.
Extinción del Contrato de Trabajo
La extinción del contrato pone fin a la relación laboral. Puede producirse por diversas causas:
- Por voluntad del trabajador: Dimisión, abandono, por incumplimiento grave de la empresa, o por ser víctima de violencia de género.
- Por voluntad de la empresa (Despido): Despido disciplinario, despido por causas objetivas, despido colectivo, despido por fuerza mayor.
El Despido Disciplinario
El despido disciplinario se produce por un incumplimiento grave y culpable del trabajador.
Causas del Despido Disciplinario
- Faltas de asistencia o puntualidad repetidas e injustificadas.
- Desobediencia o indisciplina.
- Ofensas verbales o físicas al empresario, a otros trabajadores o a sus familiares.
- Abuso de confianza y transgresión de la buena fe contractual.
- Disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo.
- Embriaguez o toxicomanía que afecte negativamente al trabajo.
- Acoso por razón racial, étnica, de religión, discapacidad, edad u orientación sexual.
Reclamación y Sentencias Judiciales
El trabajador dispone de 20 días hábiles para reclamar un despido ante el juzgado de lo Social.
Las posibles sentencias del juzgado son:
- Despido Procedente: Se confirman las causas alegadas por la empresa. El contrato se extingue sin derecho a indemnización.
- Despido Improcedente: La empresa no ha justificado la causa o no ha cumplido los requisitos formales. La empresa tiene dos opciones:
- Indemnización de 33 días de salario por año de servicio (con el límite legal).
- Readmitir al trabajador.
- Despido Nulo: Se produce cuando se vulneran derechos fundamentales o en casos de discriminación (ej. embarazo). El empresario deberá siempre readmitir al trabajador y abonar los salarios de tramitación.