Fundamentos de la Clasificación Arancelaria: Las 6 Reglas de Interpretación del Sistema Armonizado
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Las Reglas Generales de Interpretación (RGI)
Las Reglas Generales de Interpretación son el tercer elemento que integra el Sistema Armonizado (SA). Son fundamentales para efectuar la correcta ubicación de las mercancías en el nomenclador, es decir, para su clasificación arancelaria.
Regla 1: Determinación Legal
La Regla 1 indica cómo clasificar. Establece que los títulos de las secciones y los capítulos tienen un valor meramente indicativo, mientras que los elementos que poseen fuerza legal son los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.
Regla 2: Artículos Incompletos y Materias Mezcladas
2.a) Artículos Incompletos o Desmontados
La Regla 2 amplía el alcance de las partidas que mencionan un artículo específico, incluyendo también el artículo incompleto o desmontado, siempre que este ya presente las características esenciales del artículo completo o montado. Se considera desmontado el artículo cuyos componentes deben ensamblarse, independientemente de la complejidad del método.
2.b) Materias Mezcladas o Asociadas
La segunda parte de esta regla extiende el alcance de las partidas que mencionan una materia determinada (ejemplo: “0503 crin”), de modo que incluyan esas materias mezcladas o asociadas. Sin embargo, dado que esta extensión no puede ir en contra de la Regla 1, las materias mezcladas o asociadas con otras materias deben clasificarse obligatoriamente mediante la Regla 3.
Regla 3: Clasificación de Mercancías Susceptibles de Varias Partidas
La Regla 3 establece tres métodos jerárquicos para clasificar las mercancías que, a primera vista, pueden incluirse en dos o más partidas:
Método 3.a: La Partida Más Específica
La partida que describa el artículo de forma más específica tendrá prioridad sobre las más generales. Una partida que nombre un artículo determinado es más específica que otra que nombre una familia de artículos. Ejemplo: “Alfombras de materiales textiles con pelo insertado, reconocibles como destinadas a vehículos automóviles” es más específico que “Accesorios de vehículos”.
Método 3.b: Carácter Esencial
Este método se aplica a productos mezclados, manufacturas compuestas de materias diferentes o mercancías presentadas en surtidos acondicionados para la venta al por menor. La clasificación se efectuará según la materia o el componente que les confiera el carácter esencial.
Método 3.c: Último Recurso (Mayor Partida)
Si la clasificación no pudo resolverse mediante los métodos 3.a o 3.b, la mercancía se clasificará en la última partida por orden de numeración (la mayor partida) susceptible de tenerse en cuenta entre las posibles.
Regla 4: Clasificación por Analogía
La Regla 4 establece que las mercancías que no puedan clasificarse aplicando las reglas anteriores (1, 2 y 3) se clasificarán en la partida que comprenda aquellas con las que tengan mayor analogía.
Regla 5: Estuches y Envases
La Regla 5 se aplica a los estuches y envases. Estos se clasifican junto con la mercancía que contienen, siempre que cumplan las siguientes condiciones:
- Deben presentarse con los artículos que han de contener.
- Deben ser susceptibles de uso prolongado.
- Deben ser del tipo que normalmente se vendería con dichos artículos.
Esta regla no aplica si los envases o estuches constituyen por sí mismos un artículo esencial (ej. una pieza de arte o si están trabajados con materiales de alto valor).
Regla 6: Aplicación a las Subpartidas
La Regla 6 rige la clasificación a nivel de subpartida. Establece que la clasificación de una mercancía en las subpartidas de una misma partida se determinará legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores. Es crucial respetar la jerarquía: primero se busca en las subpartidas de un guion, y una vez determinada la correcta, se procede a las de dos guiones. No es posible comparar mercancías comprendidas entre subpartidas de diferente nivel jerárquico (uno y dos guiones).