Fundamentos de Trabajo y Ciudadanía: De la Pirámide de Maslow a los Principios del Derecho Laboral
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TRABAJO Y CIUDADANÍA
La Pirámide de Maslow
Abraham Maslow, psicólogo estadounidense y fundador de la psicología humanista, establece que el ser humano posee diversas necesidades, las cuales organiza en una pirámide de cinco niveles.
Niveles de la Pirámide de Maslow
- PRIMERA: Fisiología. Incluye comer, dormir, beber y el descanso.
- SEGUNDA: Seguridad. Incluye empleo, salud y seguridad física.
- TERCERA: Afiliación. Incluye amistad, afecto e intimidad sexual.
- CUARTA: Reconocimiento. Incluye prestigio, honor, confianza y respeto.
- QUINTA: Autorrealización. Incluye moralidad, creatividad y espontaneidad.
Definición y Origen del Trabajo
¿Qué es el Trabajo?
Es la acción que permite alguna transformación de un objeto o alguna situación. En este proceso, el trabajador obtiene un beneficio.
Origen de la Palabra Trabajo
Proviene de la palabra latina “tripalium” (TRES PALOS), que era un instrumento de castigo utilizado para esclavos y prisioneros. Posteriormente, se denominó “trebajo”, debido a que era considerado una tarea penosa. Finalmente, derivaron dos palabras: “labore” y “trabajo”.
Modo de Producción
Es la forma en que se organiza la producción de la sociedad, compuesta por:
Componentes del Modo de Producción
- Fuerzas Productivas: Instrumentos, materias primas y trabajo.
- Relaciones Sociales: Forma de interactuar entre las personas en el trabajo.
- Relaciones de Propiedad: Medios de producción y las relaciones de distribución de poder.
En las relaciones de propiedad, la burguesía es la propietaria de los medios de producción. En las relaciones de distribución, la clase dominante se queda con la ganancia, mientras que el trabajador recibe un sueldo menor al que debería.
Conceptos Clave
PLUSVALÍA: Expresión monetaria del valor que el trabajador asalariado crea por encima del valor de su fuerza de trabajo.
TRABAJO (Ley N° 20.744): Toda actividad lícita que se preste en favor de quien tiene la facultad de dirigirla, mediante una remuneración.
Principios del Derecho Laboral
A continuación, se detallan los principios fundamentales que rigen las relaciones laborales:
Principio Protectorio
Protege los derechos del trabajador y ofrece garantías ante la relación económica desigual que existe con la empresa.
Condición Más Favorable
Las leyes no pueden modificarse para empeorar la situación del trabajador. Este siempre gozará de la ley que más lo beneficie.
Aplicación de la Norma Más Favorable
Cuando se puede aplicar más de una norma, en lugar de examinarlas en orden de preferencia, se aplica la más favorable al trabajador.
Regla Indubio Pro Operario
Es una directiva dada al juez para que, en caso de duda sobre la aplicación de una norma, opte por el sentido más favorable al trabajador.
Principio de Irrenunciabilidad
El trabajador no puede, ni es válido que renuncie a sus derechos laborales.
Continuidad de la Relación Laboral
Defiende la conservación del contrato y de la relación laboral. Todo contrato es celebrado por tiempo indeterminado, excepto el de plazo fijo.
Primacía de la Realidad
Da prevalencia a lo que sucede en los hechos por sobre las formas de registración.
No Discriminación
Obligación del empleador de dar igual trato en iguales ocasiones.
Gratuidad
La ley considera la garantía de la defensa en juicio, requiriendo la posibilidad de recurrir a tribunales regulares. En el caso de los trabajadores, permite hacerlo gratuitamente, incluyendo el intercambio epistolar (telegrama).
Razonabilidad
Las normas del derecho laboral son amplias en su contenido para poder explicar y hacer creíbles las razones que motivan los actos de las partes.
Principio de Buena Fe
Debe existir una lealtad recíproca entre las partes en lo referente a la conducta y al cumplimiento de las obligaciones en la relación laboral.
Relación de Dependencia
Características de la Relación de Dependencia
Económica
El trabajador pone a disposición del empleador su fuerza de trabajo.
Jurídica
El empleador dirige la empresa y el trabajador debe realizar lo pactado, recibiendo y obedeciendo órdenes.
Técnica
El empleador es quien indica cómo realizar las tareas y el trabajador debe obedecer.
Contrato de Trabajo
Definición
“Habrá contrato de trabajo siempre que una persona física se obligue a realizar tareas en favor de otra, mediante una remuneración.”
Características del Contrato de Trabajo
Oneroso
Todo trabajo es pago, no gratuito.
Bilateral
Deben existir al menos dos partes.
No Formal
No exige una forma determinada; en general, no son escritos.
Consensual
Las partes deben dar su consentimiento verbal o por escrito.
De Tracto Sucesivo
Se ejecuta a través del tiempo y no en un solo acto.