Fundamentos del Acto y la Norma Jurídica: Conceptos, Características y Teorías Esenciales
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El Acto Jurídico: Conceptos Fundamentales y Declaraciones de Voluntad
En el ámbito del Derecho, se distinguen diversas categorías de actos según su conformidad con el ordenamiento jurídico. El acto lícito es aquel que se ajusta a Derecho, mientras que el acto ilícito es contrario a Derecho y al Ordenamiento jurídico.
Los actos jurídicos pueden ser libres o debidos. Los actos debidos se realizan en cumplimiento de un deber jurídico. Por otro lado, los actos libres son aquellos que la ley no obliga a realizar, como testar, efectuar una donación o celebrar un contrato de compraventa.
Los hechos jurídicos voluntarios se subdividen en actos jurídicos en sentido estricto y declaraciones de voluntad.
Acto Jurídico en Sentido Estricto
Es aquel que, encerrando una conducta humana, produce efectos jurídicos porque el Derecho se los atribuye, independientemente de que el agente los adquiera. Se habla en este caso de efectos ex lege.
Declaración de Voluntad
Es el acto jurídico en el cual la conducta observada por el agente tiene la mira de producir un efecto, es decir, persigue un resultado específico. Este efecto es producido por la realización del acto, precisamente porque el agente lo quiso. Se declara la intención de que se dé un efecto, y el Derecho hace que tenga lugar porque ha sido querido.
En resumen, los efectos de todo acto jurídico son producidos por el acto mismo. Sin embargo, en el acto jurídico en sentido estricto, el efecto se basa en la realización del acto, mientras que en la declaración de voluntad, se basa en el propósito del agente. Allí hay efecto porque se hizo (el acto); aquí, porque se quiso (el efecto).
Concepto de Norma Jurídica
Podemos definir la norma jurídica como aquella proposición normativa que, dotada de un supuesto de hecho y de una consecuencia jurídica, puede contener obligatoriedad o no, pero que en todo caso nace para ser aplicada por los órganos judiciales y administrativos en un sistema democrático.
Notas Características de la Norma Jurídica
Toda norma jurídica se caracteriza por una serie de atributos, que se dividen en notas reales y notas ideales:
- Notas Reales:
- Validez: Para que una norma sea válida, debe cumplir tres requisitos fundamentales:
- Que sea promulgada por los órganos y mediante los procedimientos que indique la norma jurídica máxima.
- Que posea plena vigencia, es decir, que no haya sido derogada ni expresa ni tácitamente.
- Que no presente conflictos con otras normas de rango superior.
- Bilateralidad: La norma jurídica implica, al menos, la relación entre dos sujetos.
- Protección Institucionalizada: Es el Estado el que garantiza su cumplimiento mediante una coercibilidad institucionalizada. El Ordenamiento jurídico prevé los órganos que la ejecutan, en una concepción plural de la norma.
- Validez: Para que una norma sea válida, debe cumplir tres requisitos fundamentales:
- Notas Ideales:
- Legitimidad: Se refiere a la concordancia entre el contenido prescriptivo de la norma y los valores predominantes de la sociedad a la que se aplica.
- Eficacia: Una norma es una pauta de conducta y se promulga para cumplir una finalidad social. No tiene sentido una norma que no sirva para nada. Una de las causas por las que una norma puede perder eficacia es caer en el desuso.
Teorías de la Norma: El Imperativismo
La teoría imperativista se centra en la imperatividad del Derecho. Esta significa la «condición de este de que el contenido de sus disposiciones constituya algo impuesto a los hombres a quienes afecta, y con lo que estos tienen que contar independientemente del asentimiento que puedan prestarle».
Se distingue entre el concepto de imperativo como sustantivo y como adjetivo:
- Imperativo sustantivo: Acto de una voluntad que, en forma de orden o mandato, patentiza la de otra voluntad.
- Imperativo adjetivo: El «sentido» de ciertos actos cuya consistencia está independizada de la voluntad.
La razón filosófica de la imperatividad radica en que existe un valor que «debe ser realizado en una conducta». La conducta humana tiene siempre un sentido «axiológico» (siempre posee un valor intrínseco) como un «deber ser imperativo» que no posee la norma moral.
Un imperativo es un mandato; sin embargo, una autorización o una permisión, que no son mandatos, poseen, sin embargo, «imperatividad». El imperativismo del Derecho va unido a la