Funciones Esenciales en la Organización de un Instituto: Jefatura de Estudios, Secretaría y Equipos Docentes

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Competencias de la Jefatura de Estudios (Artículo 76)

Corresponden a la Jefatura de Estudios las siguientes competencias:

  1. Ejercer, por delegación de la dirección y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico y controlar la asistencia al trabajo del mismo.
  2. Sustituir al director o directora en caso de vacante, ausencia o enfermedad cuando no exista la vicedirección.
  3. Ejercer, por delegación de la dirección, la presidencia de las sesiones del equipo técnico de coordinación pedagógica.
  4. Proponer a la dirección del instituto el nombramiento y cese de los tutores y tutoras de grupo.
  5. Coordinar las actividades de carácter académico y de orientación.
  6. Elaborar, en colaboración con los restantes miembros del equipo directivo, el horario general del instituto.
  7. Elaborar el plan de reuniones de los órganos de coordinación docente.
  8. Coordinar la organización de las distintas pruebas y exámenes.
  9. Elaborar la planificación general de las sesiones de evaluación y el calendario de pruebas de evaluación.
  10. Coordinar las actividades de las jefaturas de departamento.
  11. Garantizar el cumplimiento de las programaciones didácticas.
  12. Organizar los actos académicos.

Competencias de la Secretaría (Artículo 77)

Corresponden a la Secretaría las siguientes competencias:

  1. Ordenar el régimen administrativo del instituto, de conformidad con las directrices de la dirección.
  2. Ejercer la secretaría de los órganos colegiados de gobierno del instituto, establecer el plan de reuniones de dichos órganos.
  3. Custodiar los libros oficiales y archivos del instituto.
  4. Expedir, con el visto bueno de la dirección, las certificaciones que soliciten las autoridades y las personas interesadas.
  5. Realizar el inventario general del instituto y mantenerlo actualizado.
  6. Adquirir el material y el equipamiento del instituto, custodiar y gestionar los recursos materiales.
  7. Ejercer, por delegación de la dirección y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y servicios.
  8. Elaborar, en colaboración con los restantes miembros del equipo directivo, el horario del personal de administración y servicios.
  9. Elaborar el anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos del instituto.
  10. Ordenar el régimen económico del instituto, de conformidad con las directrices establecidas.

Equipos Docentes (Artículo 83)

Los equipos docentes estarán constituidos por todos los profesores y profesoras que imparten docencia a un mismo grupo de alumnos y alumnas. Serán coordinados por el correspondiente tutor o tutora.

Tendrán las siguientes funciones:

  1. Llevar a cabo el seguimiento global del alumnado del grupo.
  2. Realizar de manera colegiada la evaluación del alumnado, de acuerdo con la normativa vigente.
  3. Garantizar que cada profesor o profesora proporcione al alumnado información relativa a la programación de la materia que imparte.
  4. Establecer actuaciones para mejorar el clima de convivencia del grupo.
  5. Tratar coordinadamente los conflictos que surjan en el seno del grupo.
  6. Conocer y participar en la elaboración de la información que, en su caso, se proporcione a los padres, madres o representantes legales del alumnado.
  7. Atender a los padres, madres o representantes legales del alumnado del grupo.
  8. Proponer y elaborar las adaptaciones curriculares no significativas.

Los equipos docentes trabajarán para prevenir los problemas de aprendizaje o de convivencia que puedan presentarse.

La jefatura de estudios incluirá en el horario general del centro la planificación de las reuniones de los equipos docentes.

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