Funciones Ejecutivas y Participación Social en la Conservación y Manejo Forestal

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Competencias del Poder Ejecutivo Estadal

Corresponde a los estados, a través de sus órganos y entes, ejercer las siguientes competencias en su respectivo ámbito geográfico:

  1. Planificar y ejecutar programas, proyectos y obras que tengan como fin el establecimiento y fomento de bosques.
  2. Implementar acciones de recuperación y protección de las especies y ecosistemas forestales y demás formas de vegetación autóctonas de la región.
  3. Cooperar con los órganos y entes del Ejecutivo Nacional en labores de resguardo y vigilancia en áreas forestales.
  4. Apoyar los programas nacionales de formación y difusión de la cultura del bosque en todos los niveles de educación.

Competencias del Poder Ejecutivo Municipal

Conforme al Artículo 12, corresponde a los municipios, a través de sus órganos y entes ejecutivos, ejercer las siguientes competencias en el ámbito de su jurisdicción:

  1. Planificar y ejecutar a nivel local programas, acciones y obras para la protección, conservación, mejoramiento y recuperación del patrimonio forestal municipal.
  2. Velar por la conservación, mantenimiento y resguardo de los árboles fuera del bosque localizados en vías y espacios públicos urbanos.
  3. Otorgar los permisos y autorizaciones de tala y poda, con fines de seguridad y mantenimiento de árboles fuera del bosque, ubicados en jurisdicción urbana del municipio, salvo especies en veda.
  4. Fomentar la arboricultura urbana sustentable con especies forestales aptas para este fin, que contribuyan con la protección del medio ambiente, el ornato de calles, avenidas, plazas, parques, jardines, áreas recreativas y demás espacios públicos del municipio.
  5. Conservar y resguardar los bosques naturales ubicados en ejidos municipales.
  6. Promover y apoyar a nivel local, la conformación de cadenas productivas forestales.

Empresas Forestales del Estado

Son empresas forestales del Estado aquellas creadas o por crearse, cuyo objeto se refiera a la producción sustentable de bienes y beneficios derivados del bosque y demás componentes del patrimonio forestal. En consecuencia, quedan sujetas en sus objetivos y fines a los lineamientos de la Política Nacional Forestal.

Cultura del Bosque y Participación Ciudadana

La cultura del bosque debe contribuir con la conservación y uso sustentable del patrimonio forestal, respetando las costumbres, hábitos y conductas de las comunidades que habitan en zonas boscosas.

Principios Fundamentales

Los principios que rigen la relación con el bosque y sus habitantes son:

  1. Autonomía: Deben asegurarse las condiciones necesarias para que los habitantes del bosque actúen de forma autónoma y responsable.
  2. Igualdad: Los habitantes del bosque tienen derechos y deberes igualitarios, lo cual implica la conservación de todos los componentes del patrimonio forestal en las mismas condiciones.
  3. Equilibrio: Se reconoce la interdependencia fundamental existente entre los habitantes del bosque y el valor intrínseco del equilibrio de los ecosistemas, como una entidad completa.
  4. Ética: La conservación de los bosques es éticamente considerada en virtud de su valor intrínseco para el bienestar de la humanidad.
  5. Diversidad: Se debe valorar la existencia de todas las formas de vida y expresiones culturales de las distintas comunidades en las zonas boscosas.

Participación Social en la Gestión Forestal

La participación social en la gestión forestal se manifiesta a través de diversas acciones, tales como:

  1. La ejecución de proyectos y obras para la conservación, restauración o recuperación del patrimonio forestal de la localidad.
  2. El diseño y ejecución de proyectos comunitarios de reforestación en áreas urbanas o rurales, con fines diversos.
  3. La formulación y ejecución de programas comunitarios orientados al fortalecimiento de capacidades para la gestión, mediante la educación ambiental y difusión de la cultura del bosque en la localidad, la extensión rural y la investigación participativa.
  4. El desarrollo de iniciativas comunitarias para el manejo sustentable del bosque, previa autorización por la autoridad competente.
  5. El control social en la gestión forestal y en la ejecución de actividades capaces de afectar el patrimonio forestal nacional, regional y local.

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