Funciones Ejecutiva y Legislativa en Chile: Atribuciones y Composición

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Función Ejecutiva en Chile

La Función Ejecutiva se centra en la toma de decisiones para la dirección del Estado, su administración y la ejecución o cumplimiento de las leyes. Se subdivide en dos funciones principales:

Función Política

Consiste en la dirección superior del Estado, conforme a sus fines. El Presidente de la República (Presidente) es el responsable de planificar y coordinar, considerando criterios de eficacia y equidad. El objetivo es integrar decisiones y acciones con una visión de conjunto y perspectiva a largo plazo. El Presidente debe lograr resultados concretos, haciendo avanzar al Estado en una dirección determinada.

Función Administrativa

Se refiere a la realización de actos cotidianos y sistemáticos, aplicando las leyes dictadas por el gobierno en un territorio específico. Esta función también implica la emisión de decretos. A través de la ley, se otorga a una autoridad gubernamental la capacidad de establecer procedimientos para la entrega de permisos, por ejemplo.

Atribuciones del Presidente de la República

Atribuciones Legislativas

  • Formación de Leyes: El Presidente presenta proyectos de ley al Congreso Nacional. Si son aprobados, el Presidente tiene la obligación de sancionarlos, promulgarlos y publicarlos en el Diario Oficial.
  • El Presidente tiene iniciativa legal exclusiva en ciertas materias.
  • Decretos con Fuerza de Ley (DFL): El Presidente puede dictar decretos con fuerza de ley, previa delegación de facultades legislativas por parte del Congreso.

Atribuciones Político-Administrativas

  • Convocar a plebiscito.
  • Nombrar y remover libremente a los Ministros de Estado.
  • Conducir las relaciones políticas con potencias extranjeras y organismos internacionales.
  • Designar y remover a los Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas y al General Director de Carabineros.
  • Otorgar indultos.
  • Declarar los estados de excepción constitucional.

Función Legislativa en Chile

La Función Legislativa consiste en dictar, suprimir o modificar normas generales y de aplicación. En Chile, esta función está compartida entre el Congreso Nacional y el Presidente de la República, quien actúa como colegislador.

Congreso Nacional

El Congreso Nacional es el órgano representativo del país. A diferencia de otros sistemas, en Chile la función legislativa está distribuida. El Congreso es bicameral, compuesto por:

  • Cámara Baja o de Diputados
  • Cámara Alta o Senado

La formación de leyes requiere la participación de ambas cámaras y del Presidente. El Congreso tiene, entre otras, las siguientes atribuciones:

  • Aprobar o desechar los tratados internacionales.
  • Pronunciarse sobre ciertos asuntos que la Constitución establece.

Composición del Congreso Nacional

Cámara de Diputados

Está conformada por 120 miembros, elegidos cada 4 años. Los parlamentarios pueden ser reelegidos. Sus atribuciones principales son:

  • Fiscalizar los actos del gobierno.
  • Declarar si ha o no lugar a las acusaciones constitucionales formuladas por sus miembros en contra de determinadas autoridades del Estado.

Senado

Está conformado por 38 miembros (actualmente 50, pero el texto original indica 38), que duran 8 años en sus cargos y se renuevan parcialmente cada 4 años. Son elegidos en votación directa por circunscripciones senatoriales. Sus atribuciones exclusivas son:

  • Conocer de las acusaciones que la Cámara de Diputados entable en contra de autoridades del Estado.
  • Decidir si ha o no lugar a las acciones judiciales que cualquier persona pretenda iniciar en contra de algún Ministro de Estado.
  • Conocer de las contiendas de competencia que se susciten entre las autoridades de gobierno y los tribunales superiores de justicia.
  • Otorgar su acuerdo para que el Presidente pueda salir del país.
  • Aprobar la declaración de inconstitucionalidad que haga el Tribunal Constitucional respecto del Presidente de la República (se requieren dos tercios de los senadores en ejercicio).
  • Dar dictamen al Presidente de la República en los casos que este lo solicite.

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