Funciones y Atribuciones del Gobierno Regional

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Funciones Generales del Gobierno Regional (Art. 16)

El Gobierno Regional tiene las siguientes funciones generales:

  • Elaborar y aprobar las políticas, planes, programas de desarrollo regional y presupuesto.
  • Resolver la inversión de los recursos regionales provenientes del Fondo Nacional de Desarrollo Regional.
  • Decidir la destinación de recursos de programas de inversión sectorial de asignación regional, según la Ley de Presupuestos de la Nación.
  • Dictar normas generales para regular materias de su competencia, sujetas a disposiciones legales y decretos supremos reglamentarios, con toma de razón por parte de la Contraloría.
  • Asesorar a las municipalidades en la formulación de sus planes y programas de desarrollo, cuando lo soliciten.
  • Adoptar medidas para enfrentar emergencias o catástrofes, y desarrollar programas de prevención, sin perjuicio de las atribuciones de autoridades nacionales.
  • Participar en acciones de cooperación internacional, dentro de los marcos legales establecidos.
  • Ejercer competencias transferidas según el artículo 67 de esta ley.
  • Mantener relación permanente con el gobierno nacional para armonizar funciones.
  • Construir, reponer, conservar y administrar obras de pavimentación de aceras y calzadas en áreas urbanas, pudiendo celebrar convenios con municipalidades y otros organismos.

Funciones del Gobierno Regional en Materia de Ordenamiento Territorial (Art. 17)

En materia de ordenamiento territorial, el Gobierno Regional debe:

  • Establecer políticas y objetivos para el desarrollo del sistema de asentamientos humanos de la región.
  • Participar en programas y proyectos de infraestructura y equipamiento, en coordinación con autoridades nacionales y comunales.
  • Fomentar y velar por la protección y conservación del medio ambiente, adoptando medidas adecuadas a la realidad regional.
  • Fomentar y velar por el transporte intercomunal, interprovincial e internacional fronterizo, coordinando el transporte interregional con otros gobiernos regionales, aplicando las políticas nacionales.
  • Fomentar el desarrollo de áreas rurales y localidades aisladas, procurando la dotación de infraestructura económica y social.
  • Proponer la localidad para las secretarías regionales ministeriales y direcciones regionales de servicios públicos.

Funciones del Gobierno Regional en Materia de Fomento de las Actividades Productivas (Art. 18)

En materia de fomento productivo, el Gobierno Regional se encarga de:

  • Contribuir a la formulación de políticas nacionales de fomento productivo, asistencia técnica y capacitación laboral, desde la perspectiva regional.
  • Establecer prioridades de fomento productivo, con especial atención a la explotación racional de los recursos naturales, coordinando entidades públicas y privadas.
  • Promover la investigación científica y tecnológica, y el desarrollo de la educación superior y técnica.
  • Fomentar el turismo a nivel regional y provincial.

Funciones del Gobierno Regional en Materia de Desarrollo Social y Cultural (Art. 19)

En desarrollo social y cultural, el Gobierno Regional debe:

  • Establecer prioridades regionales para la erradicación de la pobreza, en línea con las políticas nacionales.
  • Participar en acciones para facilitar el acceso a beneficios y programas sociales para la población vulnerable.
  • Determinar la pertinencia de proyectos de inversión, considerando evaluaciones de impacto ambiental y social.
  • Distribuir recursos a municipalidades para el financiamiento de programas sociales.
  • Realizar estudios sobre las condiciones de vida de los habitantes de la región.
  • Fomentar las expresiones culturales y cautelar el patrimonio histórico, incluyendo la protección de etnias originarias.

Atribuciones del Gobierno Regional para el Cumplimiento de sus Funciones (Art. 20)

Para cumplir sus funciones, el Gobierno Regional tiene las siguientes atribuciones:

  • Aprobar y modificar normas reglamentarias regionales, sin agregar requisitos adicionales a los de las leyes y reglamentos supremos.
  • Adquirir, administrar y disponer de sus bienes y recursos.
  • Convenir programas de inversiones con impacto regional con los ministerios.
  • Disponer, supervisar y fiscalizar obras ejecutadas con su presupuesto.
  • Aplicar las políticas definidas en la estrategia regional de desarrollo.
  • Aprobar planes de desarrollo urbano (regionales, metropolitanos, intercomunales, comunales y seccionales).
  • Formular y priorizar proyectos de infraestructura social básica y evaluar programas.
  • Proponer criterios para la distribución de subvenciones a programas sociales y distribuirlas cuando corresponda.
  • Aplicar tributos que graven actividades o bienes con identificación regional, destinándolos al desarrollo regional.

Funciones del Consejo Regional (Art. 28 y 36)

El Consejo Regional tiene como finalidad la participación de la comunidad regional, con facultades normativas, resolutivas y fiscalizadoras. Sus principales funciones son:

  • Aprobar reglamentos regionales de funcionamiento.
  • Aprobar su presupuesto y modificaciones.
  • Fiscalizar el desempeño del intendente como presidente y órgano ejecutivo del consejo.
  • Dar concesiones y autorizaciones para enajenar bienes raíces.

Apuntes de Derecho Administrativo José Cisternas - Gustavo Apablaza

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