Funcionamiento y Estructura de la Seguridad Social para Empresas y Autónomos

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1. La Seguridad Social

c) Estructura de la Seguridad Social

La Seguridad Social está formada por dos tipos de regímenes:

  • Un Régimen General: que engloba a casi todos los trabajadores (los trabajadores por cuenta ajena que no estén en ningún régimen especial).
  • Un Régimen Especial: donde están incluidos algunos trabajadores como los autónomos, trabajadores agrarios por cuenta propia, trabajadores del mar, funcionarios y estudiantes menores de 28 años. Cabe destacar que los empleados de hogar y los trabajadores agrícolas por cuenta ajena se han incorporado recientemente al Régimen General.

Están incluidos en el Régimen de Autónomos los trabajadores mayores de 18 años que desarrollen una actividad por cuenta propia, de forma habitual, personal y directa; así como el cónyuge y familiares hasta segundo grado que colaboren en la empresa del autónomo y no sean asalariados con contrato de trabajo.

d) Obligaciones de la empresa con la Seguridad Social

Los empresarios que contraten trabajadores tienen una serie de obligaciones respecto a la Seguridad Social, las cuales son las siguientes:

  • Afiliación, altas y bajas: la afiliación solo se realiza una vez en la vida laboral. Por lo tanto, una vez que el trabajador comienza a trabajar, el empresario que lo contrata debe afiliarlo en la Seguridad Social y se le asigna un número para ello. El alta se debe tramitar siempre antes de que se contrate a un trabajador; si es posterior, el empresario tiene la obligación de pagar igualmente. La baja se tramita cuando termina el contrato; debe darse de baja al trabajador disponiendo de un plazo de 3 días naturales desde el cese en el trabajo.
  • Cotización: el empresario debe cotizar a la Seguridad Social por los trabajadores que tiene contratados, según los porcentajes indicados legalmente. Además, debe ingresar en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) tanto su cuota patronal como la cuota correspondiente a los trabajadores. Este ingreso debe realizarse en el mes natural siguiente al de la nómina que le corresponda.

e) La cotización de los autónomos

Los autónomos tienen un sistema especial de cotización a la Seguridad Social, ya que no cotizan por la cantidad exacta que ganan, sino por una cantidad que ellos mismos deciden, la cual se debe encontrar entre un máximo y un mínimo. A esa cantidad se le aplican unos porcentajes para tener derecho a las prestaciones de la Seguridad Social; algunos son obligatorios y otros voluntarios.

Bases máximas y mínimas

Los autónomos deben elegir una base de cotización (para el ejercicio 2018) comprendida entre 919,80 € y 3.803,70 € al mes, salvo los mayores de 47 años, que tienen un máximo de 2.052 € para evitar elevar de forma intencional la base de jubilación. La base mínima de autónomos que sean administradores de sociedades mercantiles, así como los autónomos que tengan al menos 10 trabajadores contratados, será de 1.199,10 € al mes. Los nuevos autónomos están exentos de esta base durante 12 meses y se les aplican los topes generales.

Tipos de cotización

  • Mínimo (sin derecho a cobrar estando de baja): 26,50%. Solo es posible si el trabajador ya está protegido por estar incluido en otro régimen, por ejemplo, en el Régimen General.
  • Con derecho a cobrar estando de baja: 29,80%.

2. Prestaciones de la Seguridad Social

2.1. Incapacidad Temporal

La incapacidad temporal es la baja laboral que impide temporalmente asistir al trabajo debido a una enfermedad o accidente, así como durante los periodos de observación profesional por la posibilidad de haber contraído una enfermedad profesional.

Contingencias comunes

Son las situaciones que no están relacionadas con el trabajo y son comunes a cualquier persona. Ejemplos:

  • Una enfermedad común (como un resfriado).
  • Un accidente no laboral (como hacerse un esguince el fin de semana realizando deporte).

Contingencias profesionales

Son las situaciones que tienen que ver directamente con el trabajo:

  • Un accidente laboral (como un golpe con una herramienta).
  • Una enfermedad profesional (como el contacto con sustancias químicas nocivas).
  • Los periodos de observación profesional.

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