Funcionamiento de Avales, Créditos Documentarios, Cheques y Tarjetas Bancarias

Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Economía

Escrito el en español con un tamaño de 5,44 KB

Contrato de Aval

El contrato de aval es aquel mediante el cual una entidad financiera garantiza la obligación contraída por su cliente ante un tercero.

Figuras Intervinientes

  • El avalista o garante: la entidad de crédito que presta el aval.
  • El avalado: persona por la que el avalista responde.
  • El tercero: frente a quien el avalista garantiza la obligación del avalado.

Tipos de Avales

  • Financiero: si la garantía consiste en riesgos dinerarios obtenidos por el avalado.
  • Comercial: su garantía surge por la necesidad de asegurar el cobro de una transacción comercial.
  • Técnico: cuando se responde del incumplimiento de determinados compromisos.

Crédito Documentario

Es una operación bancaria en virtud de la cual una entidad financiera, por orden de su cliente, pone a disposición de una tercera persona una determinada cantidad de dinero, que le será hecha efectiva contra entrega de unos documentos estipulados por el ordenante.

Figuras que intervienen

  • Ordenante: que es el que apertura el crédito documentario. Es el importador o comprador.
  • Banco emisor: que asume el riesgo y la obligación si los documentos son correctos.
  • Banco domiciliatario: que avisa al exportador (o vendedor) de que está abierto el crédito documentario a favor de su cliente.
  • Beneficiario: que es el vendedor o exportador.

Tipos de Créditos Documentarios

Los créditos documentarios pueden ser:

  • Revocables o no: si pueden ser cancelados.
  • Confirmados o no: cuando el banco del exportador garantiza la operación.
  • Revolving: si el importe se renueva periódicamente.
  • Back-to-back credit: que abre un banco, según las condiciones de otro crédito anterior, pero con total independencia en las operaciones.

Cheques

Consiste en una orden que realiza el emisor del cheque (librador) para que el librado (entidad financiera) pague una determinada cantidad a una determinada persona o al portador.

El cheque puede ser expedido para que se pague al portador o a la orden.

Tipos de Cheques

Suele distinguirse entre cheques conformados y no conformados. La conformidad de un cheque implica que la entidad bloqueará la cuenta del cliente por un importe igual al del cheque emitido y hasta que se proceda al pago de aquel.

En el caso del cheque bancario, el banco es quien emite, contra una de sus cuentas y por orden de un cliente, un cheque a favor de un tercero.

Los cheques de ventanilla son para aquellas personas que, habiendo olvidado su chequera, deseen hacer un pago por este medio.

Los cheques de viaje permiten a su portador, y mediante la comprobación de su identidad, pagar por medio de los mismos en cualquier entidad concertada.

El cheque cruzado consiste en “barrar” el cheque para impedir su cobro en efectivo.

Características

  • El emisor no puede alegar con posterioridad que ya no desea efectuar el pago, ya que el cheque se «individualiza» de la causa que lo motivó.
  • El banco está obligado a pagar todo cheque librado contra una cuenta en la que existan fondos, siempre que no existan causas excepcionales.
  • El impago da lugar a un procedimiento sumario y de carácter ejecutivo.

Tarjetas de Crédito y Débito

Son documentos emitidos por una entidad financiera o establecimiento autorizado que permiten a su titular retirar fondos hasta un importe predeterminado.

Tipos de Tarjetas

Existen dos tipos principales:

  • La tarjeta de crédito: que incorpora la financiación en las disposiciones, retrasando el cargo en la cuenta donde están domiciliados los pagos.
  • La tarjeta de débito: donde cualquier transacción que se realiza tiene reflejo inmediato en la cuenta de pasivo del cliente.

Operaciones Destacadas

Las tarjetas permiten multiplicidad de operaciones. Destacan:

  • Retirada de fondos en el territorio nacional o en el extranjero.
  • Obtención de crédito hasta un límite preestablecido en las tarjetas de crédito.

Código Cuenta Cliente (CCC) e IBAN

El número de cuenta de los depósitos bancarios se denomina CCC (Código Cuenta Cliente) y está normalizado, lo que quiere decir que todas las entidades españolas poseen la misma estructura de cuenta.

Estructura del CCC

Se trata de un número formado de la siguiente forma:

  • Código de entidad.
  • Código de oficina.
  • Dígitos de control.
  • Número de cuenta.

Existe también un código internacional de cuenta bancaria (IBAN) con el fin de que los medios de pago sean utilizados fácilmente en otros países y puedan usar sistemas de compensación electrónica que abaratan el coste del tratamiento de los documentos.

Formato del IBAN

  • Código de país.
  • Dígitos de control.
  • Número de cuenta (incluyendo la estructura del CCC en el caso español).

Entradas relacionadas: