La Función Social de los Medios de Comunicación y la Ética Periodística

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La Función Social de los Medios de Comunicación

Declaración de Derechos Humanos de 1948. Art. 19

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión.

1.1 La Normativa en el Ámbito Profesional: La Función Social

Existen dos puntos de vista acerca de los medios:

Punto de vista descriptivo: cómo actúan los medios de comunicación.

Los medios de comunicación observan a la sociedad y actúan en función a ella, por ejemplo, en un periódico buscarán poner la publicidad o noticias más importantes en lugares que saben que el lector se fija más (izquierda-arriba).

Los medios abarcan varios campos como economía, sociología, etc., pero hay que especializarse en un tema. Asimismo, la información que ofrezca debe ser real, contada tal y como es. Se usa el KNOW HOW: Saber cómo subir audiencia utilizando técnicas y estrategias, aun no siendo morales y éticas.

Punto de vista normativo: cómo deberían actuar los medios de comunicación.

1.2 Las Funciones Sociales de los Medios

La sociedad actual está formada por sistemas especializados que cumplen funciones. Hay que conocer la función social para la cual existe tu profesión. A estos sistemas o puestos de trabajo no se entra por nacimiento como pasaba con las castas en las sociedades antiguas, sino que se entra por conocimiento.

SON:

  • Propiciar la libertad de las personas: Los medios deben dar información real para que las personas puedan decidir en libertad. Puedes ser libre voluntario si puedes elegir pero no tienes el 100% y libre autónomo si sí tienes la suficiente información.
  • Contribuir a la articulación y el buen funcionamiento de la democracia: Los medios deben vigilar y hacer cumplir lo prometido y no se desvíen de su labor correcta. (Watch dog → perro guardián. Siempre atento y luchando cuando sea necesario) Ej: Watergate.

En democracia es tan fundamental que le otorga una posición preferente. En caso de conflicto con otros bienes o derechos, tiene prioridad esta función. Un ejemplo es la intimidad. La prensa es la única que tiene derecho a entrar en la intimidad de las personas, siempre y cuando tenga fundamento. La ley ampara esta función. La prensa está, en este caso, en una situación de privilegio. Los periodistas pueden hacer ciertas cosas vedadas a otros. Pero se corre el riesgo de extralimitarse y aplicarla mal. Hay que tener cuidado. Pero tiene que ser algo que afecte el aspecto democrático, el aspecto referente al desorden de la vida pública.

Esta función y la 1º (Propiciar la libertad de las personas) son tan importantes que dan lugar a dos derechos humanos: DH A LA INFORMACIÓN / DH A LA LIBERTAD EXPRESIÓN. Se promueven estos derechos dando información y diciendo la verdad luchando contra censuras y monopolios.

  • Derechos Humanos 1948: Artículo 19 “derecho a la libertad de opinión y de expresión”
  • Constitución española: Artículo 20. Se reconocen y protegen los derechos a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante cualquier medio de reproducción.
  • UNESCO: “Una información verídica”. Hay un derecho humano a la información y el periodista lo tiene por obligación debido a que es su oficio.
  • Consejo de Europa: Los medios y la información ayudan a acercarse a los ciudadanos no sólo por el sistema político. Las tvs diariamente violan el derecho de los menores, por ejemplo con telebasura en horario infantil.
  • Código de ética periodística: FAPE: El periodismo está orientado a cumplir una función (responsabilidad) dentro de la sociedad (informar, objetividad, veracidad…).
Función de justicia: Los medios deben promover el bien y la justicia.
  • Sentido mínimo: Obligatorio. Evitar producir daños, violar derechos o bienes fundamentales de personas y sociedad. (Ej: zancadilla periodista húngara).
  • Sentido positivo: No es obligatorio, pero es deseable. Dependerá del compromiso de los medios y de los periodistas.
Promover la creación cultural, el entretenimiento y el ocio: Neil Postmann: “Divertirse hasta morir” - Asociada a medios de comunicación beneficiándose de su posición de privilegio. Hoy en día es dominante. EJEMPLO: Reality. Obsesión con la audiencia.
  • Dificultad para determinar su contenido normativo.
  • Por ser creación y entretenimiento: Menos sujeta a exigencias fundamentales de verdad, imparcialidad, etc.
  • Por ser más tardía: Menos acuerdo acerca de algunos efectos (violencia, consumismo, etc)
  • Por haber generado una mayor dimensión: muchos intereses en juego.

Derecho

Leyes + tribunales. Es lo más efectivo pero también tiene una serie de problemas:

Problemas estructurales

  • Dada la naturaleza del derecho y la libertad en juego. Si el derecho determina su contenido, contradice la propia libertad. Posición preferente de la libertad de expresión y del derecho a la información.
  • Dificultad para determinar lo correcto dada la viabilidad de casos y circunstancias.
  • El derecho es lento, caro y tiene limitación de fronteras.

Problemas políticos

  • Las leyes las hacen los gobiernos por lo que podría haber una tentación de intervencionismo, es decir, censura y/o manipulación.
  • Según el Dictum Liberal: “la mejor ley de libertad de expresión es la que no existe”. Pero no se debe aprovechar esa libertad para el negocio o el todo vale sino para complementarla con ética.
  • La fórmula ideal: mínimo de derecho (derechos y leyes básicas) + máximo de ética de la comunicación (máximo de deontología + máximo de autorregulación)
  • Ejemplo: La ley que obliga a dar noticias felices indigna a los espectadores de Rumanía- Los medios tachan de censora la norma que ha aprobado el senado.

Ética de la Comunicación

Conjunto amplio de normas éticas relacionadas con la comunicación social y consideradas desde el punto de vista de toda la sociedad:

  • Clases de información: información pagada (publicidad) / información de fuente (información institucional, comercial, etc.) / información independiente elaborada por profesionales (periodismo)
  • Tipos de información: económica / comercial / política / internacional / salud / cultura / ocio / deportes, etc. = tipos de periodismo especializado.
  • Asuntos o contenidos de la información: catástrofes / terrorismo / discapacidad / sucesos / etc.
  • Contenidos de entretenimiento: ficción (cine, teleseries, etc) / programas de entretenimiento con aspectos reales / programas formativos / etc.
  • Tipos de soporte: radio, televisión, prensa, cine, internet, etc.
  • Tipo de público: adulto o infantil / general o restringido / libre o de pago, etc.
  • Tipo de propiedad del medio: privado (empresarial o social) / público
  • Diferentes empresas y medios: línea y oferta particular de cada medio

Deontología Periodística

Conjunto de deberes de la ética de la comunicación que deben cumplir los profesionales del periodismo, ética del periodismo.

  • Los más fundamentales: respeto derechos humanos, normas básicas del periodismo
  • Referidos en gran medida a la información, elaborada de forma independiente.

Las normas éticas de la comunicación no son ni subjetivas ni particulares. Están establecidas por el conjunto de la profesión (colegios, sindicatos, etc.) o por los medios. Estas normas se encuentran recogidas en los códigos deontológicos del periodismo. La conciencia moral del profesional

¿Qué papel juega la conciencia moral del profesional?

  1. Reconocer e identificarse con los deberes profesionales: Debe conocer esos deberes (profesionalidad, honestidad, independencia, verdad, confidencialidad y respeto) y asumirlos como propios, son parte de la formación y el ejercicio profesional. A su vez, debe sentirse identificado con ellos, es decir, verse obligado a cumplirlos (sentido de vocación).
  2. Juzgar y aplicar los deberes al caso correcto: Aplicar los deberes a cada caso, evaluando lo relevante de las circunstancias y sacando una conclusión. Acción correcta a seguir. Juicio: Esencial en comunicación por la gran variación de circunstancias de cada caso particular. Las circunstancias pueden llevar a valoraciones diferentes, pero no porque las normas sean subjetivas sino porque las circunstancias cambian y el juicio de cada caso también. Clave: Ejercitarse mucho. Estar en forma. Gimnasia ética + experiencia. Aprendizaje en libros, historias, aprendizaje profesional y aprendizaje casos propios. El aprendizaje profesional es igual a órganos de autorregulación (defensores del público, colegios, profesionales, comités de redacción, consejos de prensa, etc). Aprendizaje casos propios.
  3. Poner en práctica la conclusión del juicio moral con el sentimiento correspondiente (La voz de la conciencia): Sentimiento de contento o de disgusto/culpabilidad por una buena o mala actuación profesional. Autoestima por cumplir o decepcionar mis ideales o mis expectativas. Resultado: buena o mala conciencia moral profesional.

Otra cuestión es la conciencia moral personal y profesional:

  • Persona moral en su vida personal suele ser moral en su vida profesional. Muchos contenidos de la moral personal y la profesional coinciden.
  • Si se separan demasiado surgen problemas: profesionales agresivos que van a por todas.

No hay que confundir el principio de moralidad profesional con el de moralidad personal:

  • Ser un buen profesional (cumplir la función social que te corresponde) y ser buena persona (por ejemplo, compasivo, indulgente, tolerante con los fallos ajenos…) no siempre son lo mismo.
  • Si hay deberes profesionales (no confundir con mandatos del superior o exigencias de la empresa) que chocan con nuestra inclinación personal, debemos cumplirlos, tratar de cambiar las normas de la profesión si creemos que está equivocada y/o cambiar de especialidad o de tarea dentro de la profesión o incluso de profesión. Pero no podemos decidir cumplirlos o no según nuestro parecer.
  • Necesario también que conozcan el conjunto más amplio de deberes y recomendaciones de la ética de la comunicación (gran movilidad profesional / medios como soportes de contenidos múltiples).

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