Fuentes Sociales y Legislativas de los Contenidos de Educación Física

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La Fuente Social de Contenidos en Educación Física (Apartado 16)

La sociedad expresa, mediante la costumbre y la legislación, la idea que tiene de las cosas. La costumbre se refiere a determinados deportes y juegos tradicionales que deben ser incluidos como contenidos en el currículo de la localidad correspondiente.

Las sociedades desarrolladas expresan sus convicciones sobre la formación física de las personas a través de la legislación. En España, la legislación educativa está separada de la legislación deportiva; en otros países no es así. En nuestro caso, muchos docentes no conceden importancia a la regulación del deporte escolar porque es una normativa que solamente obliga a los que participan.

La legislación del deporte escolar expresa las convicciones de la sociedad respecto al deporte de los escolares. La normativa del deporte escolar expone clara y meridianamente el deporte que la sociedad quiere que hagan los escolares y, por ello, es una fuente de los contenidos de la asignatura de Educación Física.

A) Legislación del Deporte Escolar

El deporte escolar es una competencia transferida a las CCAA (Comunidades Autónomas). En la CARM (Comunidad Autónoma de la Región de Murcia), la Dirección General de Deportes es el organismo responsable de organizar cada curso el Campeonato de Deportes Escolar. En su regulación, refleja de la siguiente forma el tipo de contenidos que considera convenientes para los escolares.

A continuación, se exponen las categorías Benjamín y Alevín, que corresponden con el periodo escolar hasta los 11 años:

a) Categoría Benjamín

  • Deportes de equipo: Multideporte (Fútbol sala 5 x 5, Baloncesto 3 x 3, Mate…)
  • Deportes individuales: Tenis de mesa, Campo a través, Duatlón – Triatlón…

b) Categoría Alevín

  • Deportes de equipo: Baloncesto, Fútbol Sala, Mate, Balonmano…
  • Deportes individuales: Ajedrez, Atletismo, Bádminton, Campo a través, Petanca, Tenis de mesa…

B) Legislación Educativa

La legislación educativa, como fuente social de los contenidos para la asignatura de Educación Física, tiene una ventaja fundamental: es obligatoria. Por tanto, se podría pensar que no hay más que echar mano de los contenidos curriculares para determinar la actuación docente.

Los contenidos curriculares no son tan concretos como para resultar inequívocos y, en ocasiones, no pueden ser utilizados directamente en las actuaciones docentes, necesitando una interpretación por parte del profesional.

Pese al interés de la sociedad por resaltar los deportes para los escolares, estos no merecen el rango de contenidos para la administración educativa. Sin embargo, los encontraremos como actividades recomendadas en el currículo nacional del área de Educación Física, aunque hay que tener en cuenta que en el currículo regional no se mencionan de la misma manera.

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