Fuentes del Derecho y Estructura del Ordenamiento Jurídico
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Reglamentos y potestad reglamentaria
Son normas inferiores a la ley, dictadas por el Ejecutivo para desarrollar o aplicar las leyes.
- Tipos: Reales Decretos, Órdenes Ministeriales, Acuerdos del Consejo de Ministros.
- Jerarquía: Reales Decretos > Órdenes Ministeriales.
- Principio: El reglamento concreta el cómo, pero no puede contradecir la ley (si lo hace, es nulo).
Derecho Internacional y Derecho de la Unión Europea
Derecho Internacional
- Fuentes: Tratados, costumbre, actos unilaterales, principios generales.
- Entra en vigor tras su publicación en el BOE y no puede contradecir la Constitución.
Derecho de la UE
Se define como un orden jurídico supranacional con normas originarias (tratados) y derivadas (reglamentos, directivas, decisiones).
Principios básicos del TJUE:
- Autonomía, Primacía, Efecto directo, Responsabilidad del Estado, Tutela judicial efectiva.
En caso de conflicto, prevalece el Derecho de la UE sobre el nacional.
La costumbre
- Es la práctica repetida y aceptada como obligatoria por la comunidad.
- Aplica solo si no hay ley y no contradice la moral ni el orden público.
- Tipos:
- Secundum legem: complementa la ley.
- Praeter legem: suple vacíos legales.
- Contra legem: contraria a la ley (inválida).
- Debe probarse y alegarse por quien la invoca.
Principios generales del Derecho
- Son ideas básicas que inspiran el orden jurídico (ej. pacta sunt servanda).
- Sirven para interpretar, orientar o suplir vacíos legales.
- Pueden ser generales (para todo el Derecho) o específicos (por rama).
- Deben ser coherentes con la Constitución y los valores jurídicos.
Jurisprudencia
Conjunto de sentencias que interpretan la ley. En España, no es formalmente vinculante, pero la doctrina reiterada del Tribunal Supremo tiene gran autoridad.
Vinculan directamente:
- Tribunal Constitucional: Interpretación suprema de la Constitución.
- TJUE: Sus decisiones obligan a todos los Estados miembros.
- TEDH: Obliga en materia de derechos humanos (CEDH).
Se recomienda citar jurisprudencia relevante y distinguir si es vinculante o persuasiva.
Dificultades del ordenamiento jurídico
Antinomias (conflictos entre normas)
Ocurren cuando dos normas ordenan cosas opuestas. Se resuelven aplicando los siguientes criterios:
- Jerarquía: La norma superior prevalece.
- Especialidad: La norma más específica prevalece.
- Temporalidad: La norma posterior deroga a la anterior.
- Competencia: En el Estado autonómico, según quién tenga potestad (Estado o CCAA).
Lagunas jurídicas (vacíos normativos)
Situaciones no reguladas por la ley. Soluciones:
- Autointegración: Uso de analogía o principios generales.
- Heterointegración: Acudir a otros sistemas o valores (moral, política).
- Analogía (art. 4.1 CC): Debe haber similitud esencial y no estar prohibida (como en Derecho Penal).
✅ Síntesis final
Las fuentes del Derecho conforman el sistema que origina, jerarquiza y aplica las normas. Incluyen leyes, reglamentos, Derecho internacional y europeo, costumbre, principios generales y jurisprudencia. El ordenamiento puede enfrentar antinomias (conflictos) o lagunas (vacíos), que se resuelven mediante criterios jerárquicos o principios jurídicos para mantener la coherencia y efectividad del sistema legal.