Fuentes del Derecho y Derecho de la Unión Europea

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1.- Las fuentes del derecho.

Las fuentes del derecho. Las fuentes del derecho nos permiten conocer dónde han surgido, quién las ha creado, cómo se manifiestan en el exterior y cuál es la norma a aplicar en caso de que existan normas de distinto origen. En cuanto a quién tiene poder para crear las normas, hay que diferenciar entre los poderes públicos que intervienen tanto en la creación como en su aplicación (Legislativo, Ejecutivo y Judicial). Las fuentes del ordenamiento jurídico son:

  • Ley: es una norma escrita que emana de los órganos que tienen la capacidad de legislar. No son obligatorias hasta que se publiquen en el BOE.
  • Costumbre: es una práctica habitual, reiterada y duradera que solo se rige en defecto de una ley y no está escrita.
  • Principios generales del derecho.
  • Tratados internacionales.
  • Jurisprudencia.

2.- El derecho de la Unión Europea.

El derecho de la Unión Europea. Forma un ordenamiento jurídico propio, independiente tanto del orden jurídico internacional como de la normativa estatal de los países miembros. De ahí su primacía, ya que las normas comunitarias prevalecen sobre las normas estatales de los países miembros. Dentro del Derecho de la Unión Europea hay que diferenciar entre el derecho originario y el derecho derivado.

3.- El derecho mercantil.

El derecho mercantil. Es la rama del derecho privado que regula el conjunto de normas relativas a los comerciantes en el ejercicio de su profesión.

6.- ¿Cómo se denomina el órgano de gobierno de jueces y magistrados?

¿Cómo se denomina el órgano de gobierno de jueces y magistrados? El Consejo General del Poder Judicial. Es un tribunal compuesto por 21 miembros.

7.- Derechos fundamentales y libertades públicas.

Derechos fundamentales y libertades públicas. Son los derechos que protegen al individuo frente a los demás y frente a los poderes públicos, garantizando su plena realización como ser humano.

  • Derecho a la vida.
  • Derecho a la educación.
  • Libertad de expresión.
  • Libertad de reunión.

8.- ¿Se elige igual a diputados y a senadores?

¿Se elige igual a diputados y a senadores? No. Los diputados se eligen por la ley D'Hont y mediante sufragio universal. Los senadores son 266, de los cuales 208 son elegidos por los ciudadanos y el resto los designa la Asamblea Legislativa.

9.- Diferencia entre juez y magistrado.

Diferencia entre juez y magistrado. Los jueces son los órganos unipersonales que están al frente del juzgado y los magistrados son jueces que forman parte de un órgano colegiado llamado tribunal.

10.- ¿A través de qué factores se logra la independencia judicial?

¿A través de qué factores se logra la independencia judicial?

  • Inamovilidad: el juez no puede ser sustituido de su puesto a no ser que haya violado sus deberes judiciales.
  • Incompatibilidad y prohibiciones: mientras que los jueces estén en activo, no podrán pertenecer a partidos políticos ni ejercer otros cargos públicos.
  • Autogobierno: cada juez, cuando juzga un caso, es libre e independiente, ningún superior suyo puede influir en su criterio a no ser que se presenten recursos.
  • Sometimiento a la Constitución Española y a la ley.
  • Disponibilidad de la policía judicial.

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