Fuentes del Derecho: Costumbre, Jurisprudencia y Doctrina
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Tema #14: Costumbre Jurídica
Costumbre como Fuente de Derecho
La costumbre es la observancia constante y uniforme de una regla de conducta por los miembros de una comunidad social, con la convicción de que responde a una necesidad jurídica. La costumbre tiene los siguientes elementos:
- Repetición: El hecho debe ser constante, reiterado en la sociedad, y repetirse una y otra vez.
- Convicción: La colectividad que realiza la repetición del acto debe estar convencida de su necesidad, lo que lo convierte en obligatorio.
- Materia u Objeto: El hecho no debe ir en contra de la razón, la moral, ni mucho menos de la Ley.
Clasificación de la Costumbre
1. Por el Ámbito Espacial de Validez
- Costumbre Local: Se aplica solo en un determinado espacio o territorio.
Ejemplo: Táchira - Ferias. - Costumbre General: Se aplica en la mayor parte del territorio o en una parte importante del mismo.
Ejemplo: Venezuela - Colas.
2. Costumbre frente a la Ley
- Costumbre según la Ley: Es conforme con la ley y ratifica su contenido.
- Costumbre al Margen de la Ley: No está incorporada en la ley, pero tampoco está prohibida por ella. Complementa el Derecho sin contrarialo y llena los vacíos de la ley.
- Costumbre en contra de la Ley: Es contraria a lo que dicta la ley.
Diferencias entre Ley y Costumbre
- La ley proviene del Poder Legislativo; la costumbre, de la sociedad.
- La ley es rígida y estricta; la costumbre es más flexible.
- La ley emana de los Órganos del Estado; la costumbre es anónima.
- La ley se encuentra institucionalizada en cuanto a su creación, uso y derogación; la costumbre no cae en desuso.
Ventajas de la Costumbre respecto de la Ley
- La costumbre es más democrática que la ley.
- La costumbre es más flexible por ser producto directo de la sociedad.
- En materia de Derecho Internacional Público, existen materias difíciles de legislar que se regulan a través de la costumbre.
Desventajas de la Costumbre respecto de la Ley
- La costumbre carece de precisión, ya que la ley es escrita y la costumbre no.
- La evolución de la costumbre es mucho más lenta que la de la ley.
Tema #15: La Jurisprudencia
Es el conjunto de sentencias emanadas de los tribunales de la República al aplicar el Derecho.
Funciones
- Función de Interpretación: Al aplicar la ley, el juez debe interpretar su sentido para encontrar los fines que persigue la norma.
- Función Creadora: El juez debe solucionar el caso que se le presente sin salirse del ordenamiento jurídico.
- Función de Adaptación: La norma jurídica, una vez dictada, permanece fija e invariable. Sin embargo, las condiciones sociales para las cuales se dictó cambian constantemente. La jurisprudencia adapta la ley a las nuevas condiciones sociales.
- Función de Uniformidad: Establece el sentido exacto de las leyes, por lo que sus decisiones suelen ser mantenidas por los demás tribunales de la República.
Derecho Anglosajón
Está basado en la jurisprudencia y sus principios se fundamentan en la costumbre. Encontramos tres tipos de Derecho:
- Derecho Escrito: Es un Derecho promulgado por el parlamento o por el órgano encargado de crear leyes.
- Derecho Común (Common Law): Es el conjunto de decisiones de los jueces, dictadas no solo para el caso que las originó, sino también para todos aquellos de la misma clase que se presenten.
- Derecho de Equidad (Equity): Es de origen inglés y es un conjunto de sentencias dictadas por la Corte del Canciller, un tribunal que administra justicia en nombre del Rey.
Tema #16: La Doctrina
Se define como fuente indirecta del Derecho y consiste en las opiniones e investigaciones que los juristas realizan acerca del Derecho con el fin de sistematizarlo, interpretarlo, y proponer nuevas normas.
Funciones
- Función Jurídica: La doctrina analiza, desde el punto de vista filosófico, la convergencia entre la norma jurídica y la justicia. Desde el punto de vista teórico, examina la técnica de aplicación y creación del Derecho.
- Función Creadora: La doctrina propone la creación de nuevas normas jurídicas.
Principios del Derecho
- Libertad: Principio del Derecho penal que establece que todos debemos ser juzgados en libertad e igualdad.
- Igualdad: El Derecho debe ser justo para todos.
- Analogía: Se refiere a casos o materias semejantes que se utilizan por analogía. Es una fuente indirecta del Derecho.
- Aforismos: Son proposiciones que utilizan los abogados como herramientas para dar soluciones. Es una fuente indirecta.
- Equidad: Aplicación de la justicia en un caso concreto. Algunos la definen como la suavización de la justicia.
¿Qué valor tiene la Doctrina como fuente de Derecho en Venezuela?
La doctrina no tiene valor como fuente directa, es una fuente indirecta. Sin embargo, la Ley Orgánica del Trabajo, en su artículo 60, establece que la doctrina y la moral son fuentes supletorias del Derecho.