Fuentes y Clasificación de las Obligaciones Jurídicas: Contratos y Requisitos
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Fuentes de las Obligaciones Jurídicas
Se consideran fuentes de obligaciones los hechos jurídicos en virtud de los cuales nacen obligaciones, creando un vínculo entre acreedor y deudor. Las obligaciones nacen de la ley, de los contratos, de los cuasicontratos, y de los actos y omisiones ilícitos.
- Ley: Impone obligaciones de carácter diverso y es obligatorio que los ciudadanos las cumplan.
- Contrato: Es una ley privada entre las partes. Manifestaciones de voluntad de los contratantes de las que nacen obligaciones de obligado cumplimiento para ellas.
- Cuasicontratos: Son hechos lícitos (legales) y voluntarios de los que resulta obligado su autor para con un tercero, naciendo a veces obligaciones recíprocas entre ambos.
Tipos de Cuasicontratos
- El cobro de lo indebido: Cuando se recibe algo que no se tenía derecho a cobrar, surge la obligación de devolverlo.
- La gestión de negocio ajeno: El que se encarga voluntariamente de la gestión o administración del negocio de otro queda obligado a continuar la gestión hasta el término del asunto o a requerir al interesado para que lo sustituya en la gestión si no estuviera en estado de poder hacerla.
- Ilícito civil: Conductas en las que no hay dolo (intención de dañar), causamos un daño sin querer, y surge la obligación de indemnizar (ej: te dejas el grifo abierto todo el día).
- Ilícito penal: Conducta ilegal, conducta que el código penal señala como delito.
Clasificación de las Obligaciones
1) Por los sujetos:
De la manera en la que intervienen las partes pasivas de la relación:
- Solidarias: Formada por sujetos pasivos, en la que cualquiera de los sujetos responde con la totalidad de la obligación.
- Mancomunadas: Cada sujeto responde solo de la parte que recibió.
2) Por la prestación:
- De dar: La obligación de dar consiste en transmitir algo. El código civil dice que transmitimos el objeto más los accesorios.
- De hacer: Se distingue entre las obligaciones personalísimas y las obligaciones no personalísimas.
3) Por la determinación de la prestación:
- Obligaciones específicas: Aquellas en las que la actuación debida se determina por la individualidad de la cosa que debe entregarse.
- Obligaciones genéricas: El objeto a entregar viene determinado por su pertenencia a un género.
- Obligaciones alternativas: El obligado puede hacer diversas prestaciones y se extingue la obligación cuando cumple cualquiera de ellas. Si no se dice otra cosa, la elección corresponde al deudor.
- Obligaciones facultativas: El deudor está obligado a realizar una de varias prestaciones.
Los derechos que tenemos se extinguen a través de una renuncia o porque prescriban o por la caducidad.
El Contrato
Es un acuerdo de voluntades entre dos o más personas por el que se crean obligaciones y derechos entre ellas.
Elementos del Contrato
1) Consentimiento:
Para que el consentimiento sea válidamente prestado deberá manifestarse de manera libre, voluntaria y consciente. La ausencia de cualquiera de estos requisitos determina la aparición de los llamados “vicios del consentimiento”, que pueden afectar tanto a la declaración de voluntad como al proceso de formación de la misma.
2) Objeto:
Lo conforman las cosas o servicios que son materia de las obligaciones de dar o hacer. La validez del objeto del contrato depende del cumplimiento por parte del mismo de tres condiciones, ya que debe ser lícito, posible y determinado o determinable.
3) Causa:
Es definida como la función económico-social pretendida por las partes, así en el intercambio de cosa por un precio cierto la causa será la compraventa. La causa del contrato es independiente de los motivos que las partes tengan para su otorgamiento.
Apertura de un Hotel: Documentación Necesaria
- Documentación acreditativa de la persona física (DNI) o jurídica (CIF) del titular.
- Título que acredite la disponibilidad del inmueble.
- Proyecto técnico (planos).
- Relación de habitaciones y características.
- Documento acreditativo del cumplimiento de requisitos mínimos en materia de infraestructura.
- Documento acreditativo del cumplimiento de medidas de seguridad.
- Memoria en la que se explica la estructura del personal y medios públicos con los que se explotará el hotel.