Formas Jurídicas y Tipos de Empresas en España
Enviado por Chuletator online y clasificado en Economía
Escrito el en español con un tamaño de 6,46 KB
Tipos de Empresas por Propiedad
Empresas públicas: Empresas que están bajo el control del gobierno, ya sea central, autonómico o local. La administración es titular de la compañía o de parte de ella.
Empresas privadas: Entidades creadas por individuos particulares con el fin de desarrollar una actividad económica y obtener beneficios. Según el número de personas, el capital social mínimo y la responsabilidad, adquieren una denominación u otra.
Formas Jurídicas Habituales
Según el número de socios y la estructura, las formas más comunes son:
Empresario Individual:
- 1 socio.
- No puede tener socios, pero sí contratar trabajadores.
- Es la forma más sencilla.
Sociedades:
- Empresas constituidas por uno o varios socios (aunque sean unipersonales).
- Sí pueden tener socios y contratar trabajadores.
Franquicias:
- Cesión por parte de un empresario a una tercera persona del derecho de explotación de una propiedad industrial o intelectual propia y la asesoría técnica necesaria.
- A cambio de una compensación económica y de un porcentaje de los beneficios producidos.
- El franquiciado debe abonar unas cuotas periódicas que se denominan cánones o royalties.
- El acuerdo suele durar entre 5 y 30 años, con posibilidad de cancelación anticipada.
Elección de la Forma Jurídica
La elección implica considerar exigencias en cuanto a:
- El número de socios.
- El capital mínimo.
- La protección del patrimonio personal de los socios en caso de deudas.
- Los impuestos a pagar.
- Los trámites para su constitución.
Funcionamiento de la Sociedad
Cada socio aporta una cantidad de dinero y con ello adquiere una parte de la propiedad de la empresa. No todos aportan el mismo capital. Los socios acuerdan cuándo reunirse, si pueden vender su parte a cualquiera, etc. Esto se recoge en los estatutos.
Carga Fiscal
Las principales figuras impositivas para empresas son:
Impuesto de Sociedades (IS):
- Tipo fijo.
- No cambia si la empresa tiene buenos o malos resultados.
- Tipos impositivos: 25% (General), 15% (Dos primeros años de actividad con beneficios).
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF):
- Incrementa cuando el empresario tiene grandes beneficios, pero se reduce cuando no.
- Sin embargo, el tipo suele ser mayor al del Impuesto de Sociedades.
- Tramos IRPF (ejemplo orientativo, pueden variar): 19%, 24%, 30%, 37%, 45%.
Cálculo de Beneficios
Existen dos métodos principales:
Estimación Directa: Suman ingresos y descuentan deducciones para obtener los beneficios.
Estimación por Módulos: Se tienen en cuenta las características de la empresa, como el número de trabajadores, el tamaño del local, etc., para calcular una estimación.
Formas Jurídicas Más Habituales Detalladas
Empresario Individual:
- 1 socio.
- Responsabilidad Ilimitada (responde con todo su patrimonio personal).
- Paga IRPF.
- No hay órgano de gestión formal.
- Tiene más difícil acceso a préstamos grandes.
Empresario de Responsabilidad Limitada (ERL):
- Variante del Empresario Individual en la que se excluye la vivienda habitual de la responsabilidad ante deudas empresariales (con ciertas condiciones).
Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL):
- Uno o varios socios.
- Responsabilidad Limitada (al capital aportado).
- Capital mínimo: 3.000€.
- Se pueden traspasar sus participaciones a otros socios (con ciertas restricciones).
Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE):
- Máximo cinco socios fundadores.
- El nombre de la empresa será el nombre y apellidos de uno de los socios, seguido de un código alfanumérico.
- Capital mínimo: 3.000€, máximo: 120.000€.
- Órganos de gobierno: Junta General de Socios y uno o dos administradores.
Sociedad Limitada de Formación Sucesiva:
- Permite constituir una SL sin aportar el capital mínimo de 3.000€ inicialmente.
- Se aporta el capital inicial de forma paulatina con los beneficios.
Sociedad Anónima (SA):
- Formada por uno o varios socios.
- Responsabilidad Limitada (al capital aportado).
- Capital mínimo: 60.000€, dividido en acciones.
Sociedad Laboral Anónima (SAL):
- Similar a SL y SA, pero con un mínimo de 3 socios trabajadores que posean la mayoría del capital social.
Sociedad Cooperativa:
- Mínimo 3 socios.
- Principios democráticos y de ayuda mutua.
Formas Jurídicas Menos Habituales
Sociedad Civil: Contrato de colaboración por el cual dos o más personas se obligan a poner en común bienes o dinero con ánimo de lucro.
Comunidad de Bienes: Agrupación de varias personas que comparten la propiedad de una cosa o derecho pro indiviso.
Sociedad Comanditaria: Integra socios colectivos (responsabilidad ilimitada) y comanditarios (responsabilidad limitada a su aportación).
Sociedad Colectiva: Sociedad mercantil de carácter personalista en la que al menos dos socios actúan en nombre colectivo y tienen responsabilidad ilimitada.
Trámites para la Creación de una Empresa
Existen diferentes vías para realizar los trámites:
Ventanilla Única Empresarial (VUE): Ofrece servicios integrados de tramitación y asesoramiento empresarial. Asimismo, puede realizar funciones propias de un PAIT (Punto de Atención al Emprendedor).
Sistema RED: Para gestiones con la Seguridad Social (SS).
Sistema CONTRATA: Para trámites ante el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal).
"