Formas Jurídicas y Tipos de Empresas en España

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Tipos de Empresas por Propiedad

Empresas públicas: Empresas que están bajo el control del gobierno, ya sea central, autonómico o local. La administración es titular de la compañía o de parte de ella.

Empresas privadas: Entidades creadas por individuos particulares con el fin de desarrollar una actividad económica y obtener beneficios. Según el número de personas, el capital social mínimo y la responsabilidad, adquieren una denominación u otra.

Formas Jurídicas Habituales

Según el número de socios y la estructura, las formas más comunes son:

  • Empresario Individual:

    • 1 socio.
    • No puede tener socios, pero sí contratar trabajadores.
    • Es la forma más sencilla.
  • Sociedades:

    • Empresas constituidas por uno o varios socios (aunque sean unipersonales).
    • Sí pueden tener socios y contratar trabajadores.
  • Franquicias:

    • Cesión por parte de un empresario a una tercera persona del derecho de explotación de una propiedad industrial o intelectual propia y la asesoría técnica necesaria.
    • A cambio de una compensación económica y de un porcentaje de los beneficios producidos.
    • El franquiciado debe abonar unas cuotas periódicas que se denominan cánones o royalties.
    • El acuerdo suele durar entre 5 y 30 años, con posibilidad de cancelación anticipada.

Elección de la Forma Jurídica

La elección implica considerar exigencias en cuanto a:

  • El número de socios.
  • El capital mínimo.
  • La protección del patrimonio personal de los socios en caso de deudas.
  • Los impuestos a pagar.
  • Los trámites para su constitución.

Funcionamiento de la Sociedad

Cada socio aporta una cantidad de dinero y con ello adquiere una parte de la propiedad de la empresa. No todos aportan el mismo capital. Los socios acuerdan cuándo reunirse, si pueden vender su parte a cualquiera, etc. Esto se recoge en los estatutos.

Carga Fiscal

Las principales figuras impositivas para empresas son:

  • Impuesto de Sociedades (IS):

    • Tipo fijo.
    • No cambia si la empresa tiene buenos o malos resultados.
    • Tipos impositivos: 25% (General), 15% (Dos primeros años de actividad con beneficios).
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF):

    • Incrementa cuando el empresario tiene grandes beneficios, pero se reduce cuando no.
    • Sin embargo, el tipo suele ser mayor al del Impuesto de Sociedades.
    • Tramos IRPF (ejemplo orientativo, pueden variar): 19%, 24%, 30%, 37%, 45%.

Cálculo de Beneficios

Existen dos métodos principales:

  • Estimación Directa: Suman ingresos y descuentan deducciones para obtener los beneficios.

  • Estimación por Módulos: Se tienen en cuenta las características de la empresa, como el número de trabajadores, el tamaño del local, etc., para calcular una estimación.

Formas Jurídicas Más Habituales Detalladas

  • Empresario Individual:

    • 1 socio.
    • Responsabilidad Ilimitada (responde con todo su patrimonio personal).
    • Paga IRPF.
    • No hay órgano de gestión formal.
    • Tiene más difícil acceso a préstamos grandes.
  • Empresario de Responsabilidad Limitada (ERL):

    • Variante del Empresario Individual en la que se excluye la vivienda habitual de la responsabilidad ante deudas empresariales (con ciertas condiciones).
  • Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL):

    • Uno o varios socios.
    • Responsabilidad Limitada (al capital aportado).
    • Capital mínimo: 3.000€.
    • Se pueden traspasar sus participaciones a otros socios (con ciertas restricciones).
  • Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE):

    • Máximo cinco socios fundadores.
    • El nombre de la empresa será el nombre y apellidos de uno de los socios, seguido de un código alfanumérico.
    • Capital mínimo: 3.000€, máximo: 120.000€.
    • Órganos de gobierno: Junta General de Socios y uno o dos administradores.
  • Sociedad Limitada de Formación Sucesiva:

    • Permite constituir una SL sin aportar el capital mínimo de 3.000€ inicialmente.
    • Se aporta el capital inicial de forma paulatina con los beneficios.
  • Sociedad Anónima (SA):

    • Formada por uno o varios socios.
    • Responsabilidad Limitada (al capital aportado).
    • Capital mínimo: 60.000€, dividido en acciones.
  • Sociedad Laboral Anónima (SAL):

    • Similar a SL y SA, pero con un mínimo de 3 socios trabajadores que posean la mayoría del capital social.
  • Sociedad Cooperativa:

    • Mínimo 3 socios.
    • Principios democráticos y de ayuda mutua.

Formas Jurídicas Menos Habituales

  • Sociedad Civil: Contrato de colaboración por el cual dos o más personas se obligan a poner en común bienes o dinero con ánimo de lucro.

  • Comunidad de Bienes: Agrupación de varias personas que comparten la propiedad de una cosa o derecho pro indiviso.

  • Sociedad Comanditaria: Integra socios colectivos (responsabilidad ilimitada) y comanditarios (responsabilidad limitada a su aportación).

  • Sociedad Colectiva: Sociedad mercantil de carácter personalista en la que al menos dos socios actúan en nombre colectivo y tienen responsabilidad ilimitada.

Trámites para la Creación de una Empresa

Existen diferentes vías para realizar los trámites:

  • Ventanilla Única Empresarial (VUE): Ofrece servicios integrados de tramitación y asesoramiento empresarial. Asimismo, puede realizar funciones propias de un PAIT (Punto de Atención al Emprendedor).

  • Sistema RED: Para gestiones con la Seguridad Social (SS).

  • Sistema CONTRATA: Para trámites ante el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal).

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