Formas Jurídicas Empresariales y la Cadena de Valor: Conceptos Clave en Economía
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Este documento explora las principales formas jurídicas que puede adoptar una empresa, detallando sus características esenciales, así como conceptos fundamentales de la economía empresarial como la definición de empresa y la cadena de valor.
1. Formas Jurídicas de la Empresa
1.1. Sociedad Anónima (S.A.)
La Sociedad Anónima es una forma jurídica de empresa con características específicas:
- En la denominación de la empresa deberá figurar necesariamente la indicación "Sociedad Anónima" o su abreviatura "S.A.".
- Puede emitir obligaciones para captar recursos ajenos.
1.2. Empresario Individual
1.2.1. Definición y Alcance
Se define como empresario individual a aquella persona física que, contando con la capacidad legal necesaria, ejerce de forma habitual y por cuenta propia, por sí o por medio de representantes, una actividad empresarial, respondiendo de sus obligaciones de forma ilimitada, sin que haya diferencias entre su patrimonio empresarial y personal.
1.2.2. Características Clave del Empresario Individual
- Los empresarios individuales cotizan a la Seguridad Social en el régimen de autónomos.
- La responsabilidad del empresario es ilimitada.
- No necesita capital mínimo para su creación.
- La razón social (nombre legal de la empresa) es el nombre del titular.
- El empresario individual tributa en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
1.2.3. Órganos de Gobierno
Es el propio empresario quien dirige la empresa, por sí mismo o por medio de un representante, y él es el propietario de la empresa.
1.3. Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.)
1.3.1. Concepto y Constitución
Es una sociedad mercantil capitalista formada por al menos un socio que no responde con su patrimonio ante las deudas de la empresa, sino solo con la aportación realizada. El capital social será como mínimo de 3.005,05 euros, dividido en participaciones sociales.
1.3.2. Características Esenciales de la S.L.
- Es una sociedad capitalista, de modo que lo más importante es el capital que aportan los socios.
- La responsabilidad está limitada al capital aportado.
- El número mínimo de socios para constituir la sociedad limitada es de uno; cuando solo hay un socio se denomina Sociedad Limitada Unipersonal.
- El capital mínimo de constitución es de 3.005,06 euros.
- El capital se divide en participaciones sociales que deben estar suscritas y desembolsadas al 100%.
- Se limita notablemente la libertad de transmisión de las participaciones de capital, es decir, los socios no pueden vender libremente las participaciones a quien quieran.
- Por el beneficio tributa en el Impuesto de Sociedades.
- En la denominación de la compañía deberá figurar necesariamente la indicación "Sociedad de Responsabilidad Limitada", "Sociedad Limitada" o sus abreviaturas "S.L." o "S.R.L.".
2. La Empresa como Unidad Económica y su Cadena de Valor
2.1. Definición de Empresa
La empresa es la unidad económica de producción.
2.2. La Cadena de Valor (Según PAU)
La cadena de valor es una forma de análisis de la actividad empresarial mediante la cual una empresa desagrega su actividad global en diferentes partes con el objetivo de identificar fuentes de ventajas competitivas en las actividades que generan valor.
2.3. Michael Porter y el Concepto de Cadena de Valor
Es un concepto que lo definió por primera vez Michael Porter, economista americano de la Universidad de Harvard.