Formalidades y Requisitos del Matrimonio en Uruguay

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Formalidades del Matrimonio

Ante el Oficial o Juez

  • Los contrayentes se presentan ante el oficial del Registro Civil (en Montevideo) o ante jueces de paz (en el interior).
  • Se redacta el acta de matrimonio (art. 98 Código Civil).
  • Presencia de 4 testigos, 2 por contrayente.
  • Firman los contrayentes, luego los testigos y finalmente el oficial/juez.
  • El oficial/juez debe llevar la banda pro-tribunal.

Posteriores

  • Se entrega un acta de matrimonio y una libreta de matrimonio a los contrayentes.

Por Apoderado

  • El novio y la novia otorgan un poder a una persona específica para contraer matrimonio con ellos.
  • Uno de los contrayentes debe estar en el país.

In-Extremis

  • Se realiza cuando uno o ambos contrayentes están en peligro de muerte (art. 84-87 CC).
  • Se prueba con certificado médico o dos testigos.
  • Se invierte el orden de las formalidades:
    1. El oficial casa inmediatamente.
    2. No tiene efectos civiles hasta que se comprueben los requisitos y no existan impedimentos.

De un Uruguayo Contraído en el Extranjero

  • Regulado por las normas del país donde se casen.
  • Se convalida dentro de los tres meses en Uruguay en el Registro de Estado Civil, elaborando el acta correspondiente.

Secreto o Clandestino

  • Se casan ante una persona que no es el oficial del Registro Civil.

Impedimentos para Contraer Matrimonio

Impedimentos Dirimentes

  • Falta de edad establecida por la ley (16 años).
  • Falta de consentimiento entre los contrayentes.
  • Vínculo no disuelto de un matrimonio anterior.
  • Parentesco en línea recta por consanguinidad o afinidad (suegros, yernos, nueras).

Impedimentos Prohibitivos

  • Obstan pero no anulan el matrimonio porque son subsanables.
  • Se debe probar la buena fe de los contrayentes al momento del acto (art. 105-115 CC).

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