Formación Profesional en España: Sistema, Legislación y Empleabilidad

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La Formación Profesional en el Estado del Bienestar: Política y Legislación

Contexto y Necesidades del Mercado Laboral

La Formación Profesional busca la adecuación de la formación a la realidad productiva, ofreciendo el aprendizaje de las competencias que requiere el mercado de trabajo y la cualificación de todos los trabajadores, ya estén en organismos públicos o privados. Debe anticiparse a las demandas presentes y futuras del mercado, realizando políticas activas de empleo e integrándolas en la estructura del sistema.

Este contexto se caracteriza por:

  • Tasas elevadas de desempleo.
  • Alta volatilidad del nivel de empleo: Esto se corresponde con la facilidad que tiene nuestro sistema de crear y destruir empleo en muy poco tiempo.
  • Cambios bruscos en los ciclos económicos y el bajo nivel de cualificación: Históricamente, se han buscado mecanismos de cualificación para los trabajadores industriales. A finales de los años 60, las empresas percibieron la necesidad de mano de obra cualificada y comenzaron a solicitar trabajadores con un nivel de educación superior. Fue entonces cuando aparecieron los llamados JASP (Jóvenes Aunque Sobradamente Preparados), un elemento fundamental para su evolución y promoción dentro de la empresa.

El Sistema Español de Formación Profesional

El sistema español de Formación Profesional se estructura en tres grandes modalidades:

  • Formación Profesional Reglada (de tipo inicial)
  • Formación Profesional Ocupacional
  • Formación Profesional Continua

Formación Profesional Reglada (Inicial)

Se estructura fundamentalmente en dos ciclos formativos, creados con la Ley Orgánica 1/1990 (LOGSE).

Grado Medio

Orientados a la obtención de la titulación de Técnico de la profesión. Se puede acceder una vez obtenido el título de Graduado en E.S.O.

Grado Superior

Permiten la obtención de la titulación de Técnico Superior y se encuadran dentro de la educación superior no universitaria. Se accede con el título de Bachillerato. La LOGSE también permite el acceso a personas mayores de 17 años con experiencia profesional.

Los ciclos formativos suelen incluir:

  • Un primer módulo teórico-práctico.
  • Un segundo módulo práctico en empresas (Formación en Centros de Trabajo - FCT).

Este sistema es de carácter público.

Formación Profesional Ocupacional

Orientada al reciclaje de trabajadores desempleados. Está tutelada por el Ministerio de Trabajo. El Real Decreto 395/2007 regula esta modalidad, que incluye:

  • Formación de demanda: Incluye acciones formativas de las empresas y los llamados Permisos Individuales de Formación (PIF).
  • Formación de oferta: No es la empresa o el trabajador quien la solicita, sino que surge a través de intermediarios.

Dentro de la Formación Profesional Ocupacional, se encuentran:

  • Formación en alternancia: Consiste en programas públicos de formación y empleo en los que los trabajadores participan.
  • Acciones de apoyo y acompañamiento a la formación: Destinadas a mejorar la eficiencia de la formación.

La Inserción Laboral y sus Procesos

Esta sección aborda programas específicos para la inserción laboral, que consisten en la inclusión de jóvenes desempleados en centros de trabajo y formación para que reciban formación profesional y práctica laboral. Estos programas están dirigidos a personas de 16 a 25 años inscritas en la oficina de empleo. Pueden ser promovidos por entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro.

Programas de Inserción Laboral

Escuelas Taller y Casas de Oficio

Programas que combinan formación y empleo:

  • Escuelas Taller: Se estructuran en dos etapas, una inicial de 6 meses y una segunda de 6 a 18 meses.
  • Casas de Oficios: Tienen una duración de 1 año, dividida en dos etapas de 6 meses. Realizan un trabajo de utilidad pública.

Talleres de Empleo

Programas con una duración mínima de 6 meses y máxima de 1 año. Permiten desarrollar proyectos de iniciativa de formación y empleo. Pueden ser promovidos por:

  • Organismos autónomos de las comunidades autónomas o la Administración General del Estado.
  • Las entidades locales (ayuntamientos) y sus organismos autónomos.
  • Las entidades con competencias en materia de promoción de empleo que dependan de los ayuntamientos.
  • Los consorcios.
  • Las asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro.

Para crear un proyecto de Taller de Empleo se exigen tres requisitos fundamentales:

  1. Un colectivo de desempleados sin cualificación profesional y con especiales dificultades para acceder al empleo.
  2. Un proyecto de utilidad pública o social en el territorio en el que vaya a desarrollarse.
  3. Que el proyecto ofrezca posibilidades reales de empleo para los participantes una vez finalizado.

Talleres de Ocupación

En estos talleres, el tiempo dedicado a la formación computa como jornada de trabajo y no puede ser inferior al 25%.

Empresas de Inserción Laboral

Son empresas que, realizando un trabajo productivo y participando en el mercado, tienen como fin principal la integración social y profesional de personas en situación o amenaza de exclusión social.

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