Formación Profesional para el Empleo: Claves y Acreditaciones
Enviado por Chuletator online y clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en español con un tamaño de 3,46 KB
Formación Profesional para el Empleo: Marco Legal y Acreditaciones
Marco legal de la Formación Profesional para el Empleo:
- Estatuto de los Trabajadores: art. 4.2.b) sobre el derecho a la formación.
- Ley de Empleo 30/2015, de 23 de octubre: art. 40: Sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.
Tipos de Formación Profesional en España
- Formación Profesional Reglada (Inicial): Ministerio de Educación.
- Formación Profesional para el Empleo: Ministerio de Trabajo.
Cualificación Profesional
Se define como las competencias, conocimientos y capacidades que permiten ejercer una profesión conforme a las exigencias propias de la producción y del empleo.
Puede acreditarse a través de:
- Títulos de formación profesional.
- Certificados de Profesionalidad: Documento que acredita, en el ámbito laboral, que se posee una cualificación profesional (CNCCPP).
Certificados de Profesionalidad (CCPP)
- Es una titulación oficial de profesionalidad.
- Adquirida por procesos formativos o reconocimiento de experiencia.
- Los CCPP son emitidos por el Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) o, en su caso, por los Servicios Públicos de las CCAA.
- Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales.
- Certificados de Profesionalidad Asturias.
Sistema de Formación para el Empleo
Regulado por la Ley 30/2016 y el RD 694/2017, comprende programas e instrumentos para impulsar y extender la formación entre las empresas y los trabajadores.
Objetivos del Sistema
- Responder a las necesidades del mercado laboral.
- Mejorar la empleabilidad de los trabajadores ocupados y/o desempleados.
Papel del Estado (Ley 30/2016 y RD 694/2017)
Este sistema de Formación Profesional para el empleo se encuentra impulsado y coordinado por la Administración laboral del Estado, gestionado por las administraciones laborales estatales y autonómicas a través de los servicios públicos de empleo, con participación de las organizaciones empresariales y sindicales, y financiado con cargo a la cuota de formación profesional y con aportaciones complementarias de los servicios públicos de empleo.
La Formación Profesional puede ser impartida por los siguientes agentes:
- Administraciones Públicas.
- Organizaciones Empresariales/Organizaciones Sindicales.
- Empresas directamente o por otras vías.
- Centros FP y demás centros acreditados por las Administraciones.
- Centros o entidades de formación del Registro (establecido por la autoridad competente).
Formación en Alternancia con Prácticas en las Empresas
Formación Profesional Dual
Sistema que combina formación teórica y estancias prácticas. Se trata de proyectos entre centros educativos autorizados y empresas, bajo la supervisión de la Administración Pública. La formación se realiza en un centro educativo y/o acreditado o en la propia empresa.
- El RD 1529/2012, de 8 de noviembre, desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y establece las bases para la formación dual.
- La Orden ESS 2518/2013, de 26 de diciembre, regula los aspectos formativos de este contrato.